III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-18586)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para el seguimiento y evaluación con base científica del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 12 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 154765

– En los casos en que el MAPA contrate o encargue a terceras entidades la recogida
de datos, información y muestras correspondientes con cargo a financiación distinta a la
directamente comprometida en el presente convenio, el Ministerio se compromete a
ceder al CSIC los datos obtenidos que guarden relación directa con el objeto del
presente convenio, los cuales serán de titularidad compartida entre ambas Partes, de
conformidad con lo previsto en la cláusula séptima.
– Fomentar el intercambio de datos, información y generación de conocimiento en
torno al PEPAC en estrecha colaboración con el CSIC.
– Realizar acciones de difusión de resultados y sensibilización, citando siempre a las
Partes firmantes del presente convenio.
– Colaborar en la organización y participar en acciones formativas conjuntas.
– Aportar conocimientos sobre las cuestiones competencia de MAPA que sean de
interés para la consecución del objeto del presente convenio.
– Aportar la financiación prevista en la cláusula tercera.
– Coordinación de las actuaciones convenidas mediante la supervisión de los
informes parciales y finales que ha de elaborar el CSIC.
B. Compromisos que asume la Agencia Estatal CSIC.
La Agencia Estatal CSIC aportará al convenio sus medios y su experiencia en la
realización de las siguientes actuaciones:
– Aportará con cargo a las asignaciones que, con carácter general, se fijan
anualmente en sus presupuestos en los capítulos correspondientes, los medios y
servicios humanos, materiales y técnicos que resulten necesarios para el cumplimiento
de los compromisos adquiridos.
– Asumirá con sus propios recursos los costes del proyecto previstos en la cláusula
tercera.
– Colaborará con el MAPA en el trabajo de supervisión de las entidades contratadas
y/o a las que se encargue la recogida de datos relacionados con el objeto del presente
convenio.
– Llevará a cabo el diseño de indicadores, la planificación de muestreos y, cuando
se determine, la validación de la recogida de datos, información y muestras
correspondientes, realizadas por las entidades a las que el MAPA contrate o se lo
encargue, en los siguientes ámbitos:
– Contenido en materia orgánica de los suelos.
– Aves ligadas a hábitats agrarios.
– Polinizadores.
– Otros indicadores de biodiversidad y de servicios ecosistémicos.
– Realizará protocolos de toma de muestras, acciones formativas y controles de
calidad en materia de recogida de datos para los indicadores, de manera que se pueda
garantizar que las entidades que se hagan cargo de dicha recogida lo hagan con criterios
de la validez, calidad y homogeneidad. En ningún caso, el CSIC asumirá la
responsabilidad sobre la calidad de los datos que finalmente obtengan las citadas
entidades.
– Utilizará las herramientas informáticas y desarrollará los modelos necesarios para
realizar las evaluaciones.
– Se hará cargo de la recopilación y conservación de toda la información que resulte
de las acciones a realizar derivadas del presente convenio y del mantenimiento de las
bases de datos generadas con toda esta información en repositorios de trabajo alojados
en servidores del CSIC.
– Fomentará con el MAPA el intercambio de datos, información, procesos y sistemas
de gestión del conocimiento.
– Participará en grupos de trabajo estables entre CSIC y la Administración Pública
para la definición de estrategias, cronograma de acciones estratégicas y seguimiento a
través de las herramientas de planificación disponibles.

cve: BOE-A-2022-18586
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Núm. 272