III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-18584)
Orden ICT/1081/2022, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el Programa "Generación Digital Pymes: personas de equipos directivos y cualificación de personas empleadas en Pymes", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se procede a su convocatoria en el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272

Sábado 12 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 154738

3.º Plan de Promoción y captación de alumnos. Un punto por cada actividad o
acción de promoción y captación expuesta. Puntuación máxima de 5 puntos.
2. A los efectos de la valoración técnica, no se admitirán modificaciones en los
programas presentados una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
En caso de que se produzca empate entre solicitudes, el orden de prelación se
establecerá, para cada región, atendiendo a la solicitud que tenga mayor puntuación en
la valoración del criterio indicado en el apartado 1.a). 2.º Si se mantuviera el empate, se
decidirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los
criterios 1. b) 4.º, 1.a) 1.º, 1. c) 1.º, por este orden; y si persistiera el empate, éste se
arbitrará finalmente atendiendo al momento de presentación de la solicitud, favoreciendo
al de fecha de registro anterior.
Se establece un umbral de puntuación mínima de 40 puntos.
La acreditación documental del cumplimiento de cada criterio se realizará en el
momento de presentación de la solicitud.
3. En el caso de que durante la ejecución del programa de formación se produzcan
cambios o modificaciones en los criterios indicados anteriormente se entenderá que se
ha producido un incumplimiento de las condiciones de la ayuda concedida, pudiendo
iniciarse un procedimiento de reintegro en los términos establecidos en el artículo 30 de
esta orden.
Artículo 43.

Importe de la subvención y forma de acreditarla.

A

B

C

D

E

Región

Tipo de Región

Total alumnos/as

n.º de
alumnos/as
MIN (pack)

n.º max
de entidades
formadoras

Andalucía + Ceuta y Melilla.

tipo B

9.000,00

1.125,00

8

Cataluña.

tipo A

8.680,00

1.085,00

8

Comunidad de Madrid.

tipo A

8.680,00

1.085,00

8

Comunidad Valenciana.

tipo A

8.680,00

1.085,00

8

Islas Canarias.

tipo B

2.600,00

650,00

4

Castilla-La Mancha.

tipo B

2.600,00

650,00

4

cve: BOE-A-2022-18584
Verificable en https://www.boe.es

1. El presupuesto de las ayudas correspondiente a la presente convocatoria
asciende a la cantidad de 147.524.000 euros. Éste es parte del presupuesto total
disponible para el programa «Generación Digital Pymes: personas de equipos directivos
y cualificación de personas empleadas en Pyme», por considerarse esta primera
convocatoria, dirigida a 56.740 personas de equipos directivos de Pymes, como pilotaje
del programa, susceptible de mejoras en siguientes convocatorias.
Se entiende por módulo económico el coste por alumno que haya finalizado el
programa de formación de acuerdo con lo definido en la convocatoria. El importe de la
ayuda se establece a razón de 2.600 euros por alumno que finalice el programa de
formación.
El objetivo del programa es llegar a toda España, formando en cada región a un
número de personas acordes a su capacidad de absorción, conforme a lo indicado en la
siguiente tabla (columna C).
En este sentido se establece como región cada una de las 17 Comunidades
Autónomas, agrupando las Ciudades Autónomas de Ceuta y de Melilla junto con la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Estás 17 Comunidades Autónomas se categorizan a su vez en dos tipologías (Tipo A
y Tipo B), según la clasificación que establece el Fondo Social Europeo en función de su
grado de desarrollo.