III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-18583)
Orden ICT/1080/2022, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa "Generación Digital: Agentes del Cambio", y se procede a su convocatoria en el año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154654
de las partidas presupuestarias en los Presupuestos Generales del Estado». No
obstante, eso solo es posible «cuando el Estado ostente algún título competencial,
genérico o específico, sobre la materia y en las circunstancias ya señaladas en nuestra
doctrina anterior, a saber: que resulte imprescindible para asegurar la plena efectividad
de las medidas dentro de la ordenación básica del sector y para garantizar las mismas
posibilidades de obtención y disfrute por parte de sus potenciales destinatarios en todo el
territorio nacional, evitando al propio tiempo que se sobrepase la cuantía global de los
fondos estatales destinados al sector. Su procedencia en cada caso habrá de aparecer
razonablemente justificada o deducirse sin esfuerzo de la naturaleza y contenido de la
medida de fomento de que se trate».
La apreciación de la necesidad de esa centralización es, por otra parte, competencia
del Estado, único competente para establecer los casos en los que concurren esas
circunstancias y para valorar la participación en ese proceso de las comunidades
autónomas (STC 31/10, FJ 62).
Dado que el ámbito de aplicación es todo el territorio nacional, y en beneficio de su
efectividad y operatividad, es conveniente la concentración de fondos que los financian.
Esta orden se dicta de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, y con su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio. Para ello, de acuerdo con los artículos 9.2 y 17 y con la disposición adicional
decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, mediante esta orden se establecen
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la formación de
personas con objeto de impulsar la trasformación digital de las pymes a través de la
iniciativa «Programa de Transformación Digital de Pymes» de la Fundación EOI, así
como la convocatoria correspondiente a 2022.
La disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
establece que, las fundaciones del sector público únicamente podrán conceder
subvenciones cuando así se autorice a la correspondiente fundación de forma expresa
mediante acuerdo del Ministerio de adscripción u órgano equivalente de la
Administración a la que la fundación esté adscrita y sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 10.2. Asimismo, establece que la aprobación de las bases reguladoras, la
autorización previa de la concesión, las funciones derivadas de la exigencia del reintegro
y de la imposición de sanciones, así como las funciones de control y demás que
comporten el ejercicio de potestades administrativas, serán ejercidas por los órganos de
la Administración que financien en mayor proporción la subvención correspondiente; en
caso de que no sea posible identificar tal Administración, las funciones serán ejercidas
por los órganos de la Administración que ejerza el Protectorado de la fundación.
Teniendo en cuenta que la Fundación EOI se encuentra adscrita al Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo, será la persona titular del Ministerio, la competente para
establecer estas bases reguladoras. El procedimiento de concesión es el de
concurrencia competitiva.
Por su parte, la competencia para realizar las convocatorias y la concesión de las
subvenciones que se realicen a futuro recaerá en la Dirección General de la
Fundación EOI, en virtud de lo dispuesto en la citada disposición adicional decimosexta
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como en la Orden ICT/1291/2018, de 27 de
noviembre, por la que se autoriza a la Fundación EOI, F.S.P., a conceder subvenciones.
VI
La presente orden se estructura en tres capítulos que, de conformidad con el
artículo 61 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, contienen tanto las bases reguladoras (los dos primeros),
como una convocatoria de subvenciones (el tercero) este último con rango no
reglamentario. Por último, se incluyen tres disposiciones finales, sobre el título
competencial, el rango no reglamentario de la convocatoria y la entrada en vigor.
cve: BOE-A-2022-18583
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154654
de las partidas presupuestarias en los Presupuestos Generales del Estado». No
obstante, eso solo es posible «cuando el Estado ostente algún título competencial,
genérico o específico, sobre la materia y en las circunstancias ya señaladas en nuestra
doctrina anterior, a saber: que resulte imprescindible para asegurar la plena efectividad
de las medidas dentro de la ordenación básica del sector y para garantizar las mismas
posibilidades de obtención y disfrute por parte de sus potenciales destinatarios en todo el
territorio nacional, evitando al propio tiempo que se sobrepase la cuantía global de los
fondos estatales destinados al sector. Su procedencia en cada caso habrá de aparecer
razonablemente justificada o deducirse sin esfuerzo de la naturaleza y contenido de la
medida de fomento de que se trate».
La apreciación de la necesidad de esa centralización es, por otra parte, competencia
del Estado, único competente para establecer los casos en los que concurren esas
circunstancias y para valorar la participación en ese proceso de las comunidades
autónomas (STC 31/10, FJ 62).
Dado que el ámbito de aplicación es todo el territorio nacional, y en beneficio de su
efectividad y operatividad, es conveniente la concentración de fondos que los financian.
Esta orden se dicta de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, y con su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio. Para ello, de acuerdo con los artículos 9.2 y 17 y con la disposición adicional
decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, mediante esta orden se establecen
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la formación de
personas con objeto de impulsar la trasformación digital de las pymes a través de la
iniciativa «Programa de Transformación Digital de Pymes» de la Fundación EOI, así
como la convocatoria correspondiente a 2022.
La disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
establece que, las fundaciones del sector público únicamente podrán conceder
subvenciones cuando así se autorice a la correspondiente fundación de forma expresa
mediante acuerdo del Ministerio de adscripción u órgano equivalente de la
Administración a la que la fundación esté adscrita y sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 10.2. Asimismo, establece que la aprobación de las bases reguladoras, la
autorización previa de la concesión, las funciones derivadas de la exigencia del reintegro
y de la imposición de sanciones, así como las funciones de control y demás que
comporten el ejercicio de potestades administrativas, serán ejercidas por los órganos de
la Administración que financien en mayor proporción la subvención correspondiente; en
caso de que no sea posible identificar tal Administración, las funciones serán ejercidas
por los órganos de la Administración que ejerza el Protectorado de la fundación.
Teniendo en cuenta que la Fundación EOI se encuentra adscrita al Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo, será la persona titular del Ministerio, la competente para
establecer estas bases reguladoras. El procedimiento de concesión es el de
concurrencia competitiva.
Por su parte, la competencia para realizar las convocatorias y la concesión de las
subvenciones que se realicen a futuro recaerá en la Dirección General de la
Fundación EOI, en virtud de lo dispuesto en la citada disposición adicional decimosexta
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como en la Orden ICT/1291/2018, de 27 de
noviembre, por la que se autoriza a la Fundación EOI, F.S.P., a conceder subvenciones.
VI
La presente orden se estructura en tres capítulos que, de conformidad con el
artículo 61 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, contienen tanto las bases reguladoras (los dos primeros),
como una convocatoria de subvenciones (el tercero) este último con rango no
reglamentario. Por último, se incluyen tres disposiciones finales, sobre el título
competencial, el rango no reglamentario de la convocatoria y la entrada en vigor.
cve: BOE-A-2022-18583
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 272