III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-18583)
Orden ICT/1080/2022, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa "Generación Digital: Agentes del Cambio", y se procede a su convocatoria en el año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272

Sábado 12 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 154692

gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando para ello cuanta
información le sea requerida.
5. Conforme a lo establecido en el artículo 21 del Real Decreto-ley 36/2020 de 30
de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) tendrá a su
cargo el ejercicio de las funciones y competencias que le atribuye la normativa europea a
la autoridad de control del Instrumento Europeo de Recuperación. Asimismo, dicho
artículo establece que el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude promoverá las
labores de prevención, detección e investigación del fraude que sean precisas.
6. A efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 22.2.d) del Reglamento
(UE) n.º 2021/241, la Administración y cuantos órganos se contemplan en dicho artículo
podrán recabar en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base
de datos única los datos contenidos en dicho artículo, así como acceder a la información
contenida en el Registro de Titularidades Reales, creado por la Orden JUS/319/2018, o
el acceso a otras bases de datos de la Administración que puedan suministrar dichos
datos sobre los titulares reales. También será posible la cesión de información entre
estos sistemas y el Sistema de Fondos Europeos, según las previsiones contenidas en la
normativa europea y nacional aplicable.
Disposición final primera.

Título competencial.

Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Disposición final segunda.

Rango no reglamentario de las convocatorias.

La convocatoria prevista en el capítulo III de esta orden carece de rango
reglamentario. Por ello, contra la convocatoria, podrá interponerse recurso ante el orden
jurisdiccional civil de acuerdo con lo indicado en las bases reguladoras.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 7 de noviembre de 2022.–La Ministra de Industria, Comercio y Turismo,
María Reyes Maroto Illera.
ANEXO 1

La digitalización es hoy la base fundamental donde residen las mayores ganancias
en crecimiento y competitividad para las empresas. Las necesidades de digitalización en
las empresas requieren a su vez de profesionales altamente cualificados que les ayuden
en su transformación digital. Esto pasará por abordar los cambios que deben producirse
en las personas, en las organizaciones y los modelos de negocio, más allá del uso de
una tecnología en concreto.
Los objetivos de este programa se pueden resumir en:
– Ofrecer a los participantes los conocimientos y habilidades necesarias para su
incorporación al mercado laboral como agentes de transformación digital, desarrollando
e implementando la hoja de ruta de la Digitalización de la Pyme.
– Dotar al tejido empresarial de talento con la capacidad de implementar actuaciones
concretas y específicas bajo un Plan de Acción.

cve: BOE-A-2022-18583
Verificable en https://www.boe.es

Programa formativo «Generación Digital (Agentes del Cambio)»