I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Información geográfica. (BOE-A-2022-18555)
Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272

Sábado 12 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 154508

5. Las herramientas de explotación del Sistema de Indicadores Territoriales de
Aragón serán las siguientes:
a) Informe digital anual del Sistema de Indicadores Territoriales de Aragón. Informe
que recoge las variables, indicadores e índice sintético de desarrollo territorial. Se
realizará tras la actualización anual programada del Sistema de Indicadores Territoriales
de Aragón y se publicará dentro de ICEARAGÓN.
b) El Atlas de Aragón publicará dentro de ICEARAGÓN el conjunto de mapas,
datos gráficos y tabulares sobre cada variable territorial.
c) El Mapa Sintético de Desarrollo Territorial desarrollará y difundirá de forma
gráfica el conjunto de indicadores territoriales y calculará de forma dinámica el índice
sintético de desarrollo territorial. La herramienta permitirá calcular los diferentes estadios
de trabajo para conocer el nivel de desarrollo territorial de los municipios y comarcas
aragonesas, con base en los indicadores de los distintos factores territoriales de
desarrollo o actuaciones territoriales que se quieran realizar sobre el territorio aragonés.
Sección 11.ª
Artículo 32.

Documentos Informativos Territoriales

Documentos Informativos Territoriales.

1. Los Documentos Informativos Territoriales son el conjunto de datos
georreferenciados que permiten el análisis temático y estadístico del territorio y su
representación cartográfica, gráfica o por cualquier otra técnica de visualización
2. Los Documentos Informativos Territoriales contendrán, como mínimo:
a) Memoria donde se defina el documento, la metodología aplicada y el análisis de
datos y conclusiones.
b) Caracterización de los datos y análisis geoestadísticos, incluyendo tipología,
fuente, ámbito territorial, unidades, método estadístico y representación gráfica y tabular.
c) Mapas y bases de datos ajustados a los estándares y protocolos establecidos
conforme a la legislación reguladora de las infraestructuras y los servicios de información
geográfica en España.
3. Corresponde al Instituto Geográfico de Aragón elaborar y mantener actualizados
los Documentos Informativos Territoriales que constituyan la base del conocimiento
territorial para la elaboración y revisión de la Estrategia de Ordenación Territorial de
Aragón, de las diferentes modalidades de Directrices de Ordenación Territorial y de los
Programas de Gestión Territorial.
Sección 12.ª
Artículo 33.

Mapas de Paisaje

Mapas de Paisaje.

cve: BOE-A-2022-18555
Verificable en https://www.boe.es

Corresponde al Instituto Geográfico de Aragón coordinar la elaboración y mantener
actualizados los Mapas de Paisaje, que serán tenidos en cuenta al elaborar el
planeamiento y la programación en materia territorial, urbanística, ambiental, de
patrimonio cultural, hidrológica, forestal, de protección civil y de cualesquiera otras
políticas públicas con incidencia territorial.