III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2022-18529)
Resolución 420/38434/2022, de 8 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Confederación de Empresarios de Pontevedra, para el desarrollo de actividades que complementen la formación e impulsen el aprovechamiento de las capacidades profesionales del personal militar fomentando su incorporación al ámbito laboral civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271

Viernes 11 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 154160

interés común destinados a lograr la formación en la excelencia del personal militar, así
como otras actuaciones que permitan la incorporación laboral de los militares que vayan
a desvincularse voluntariamente de las Fuerzas Armadas y alcanzar su completa
identificación con la sociedad española mediante la puesta en valor del trabajo de sus
miembros.
Por lo expuesto, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, ambas partes
acuerdan suscribir este convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del Convenio.

El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre el Ministerio de
Defensa (MINISDEF) y la Confederación de Empresarios de Pontevedra (CEP) para el
desarrollo de actividades que complementen la formación y faciliten el acceso de los
militares profesionales, preferentemente Militares de Tropa y Marinería (MTM)
destinados en las Unidades, Centros y Organismos de Pontevedra y de los Reservistas
de Especial Disponibilidad (RED), a puestos de trabajo en el ámbito laboral civil.
Segunda.

Actuaciones del Ministerio de Defensa.

El MINISDEF será responsable de:
a) Promover y facilitar la participación de los candidatos en las acciones de
formación que se determinen, relacionadas con el proceso de incorporación de los
militares al ámbito civil y de la empresa.
b) Difundir las ofertas de empleo, de formación u otras actividades, a través de la
aplicación informática SAPROMIL o de los medios internos de información del
MINISDEF.
c) Gestionar las autorizaciones y los permisos necesarios para el personal militar y
de los RED seleccionados en los programas de formación y salidas profesionales que se
establezcan.
d) Designar un interlocutor para el seguimiento del convenio.
Tercera.

Actuaciones de la Confederación de Empresarios de Pontevedra.

a) Difundir entre sus asociados el contenido de este convenio, en aras de facilitar la
incorporación del personal militar y de los RED al mercado laboral.
b) Propiciar, por parte de las empresas de su demarcación, la identificación de
puestos de trabajo susceptibles de ser ofertados al personal militar y RED objeto de este
convenio, para facilitar su eventual incorporación laboral con sujeción a la normativa
vigente. Las empresas podrán inscribir la oferta de empleo que consideren oportuno en
la aplicación informática SAPROMIL (www.sapromil.es).
c) Facilitar información sobre los cursos de formación programados por la CEP, por
si fueran de interés para el personal militar y los RED al que se refiere este convenio.
d) Facilitar la asistencia a las jornadas informativas que se puedan programar en
materia de orientación laboral y emprendimiento y autoempleo al personal de las
Fuerzas Armadas destinado en la provincia de Pontevedra o que tengan arraigo en esta
provincia.
e) Designar un interlocutor para el seguimiento del convenio.

cve: BOE-A-2022-18529
Verificable en https://www.boe.es

La CEP será responsable de: