III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2022-18543)
Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Córdoba y la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de formación digital agro-rural en el marco de la Estrategia de Digitalización del Sector Agroalimentario y Forestal y del Medio Rural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271
Viernes 11 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154409
– Designar un gestor técnico encargado de las tareas administrativas necesarias
para la ejecución de las actividades a desarrollar en el marco del convenio y de
coordinación ejecutiva entre las partes.
– Canalizar los pagos a docentes de entidades adheridas.
– Ejecutar la dirección académica, organización y docencia de las actividades
indicadas en la cláusula segunda.
– Desarrollar un sistema de vigilancia tecnológica, que permita la detección de
tecnologías emergentes en fase temprana o innovaciones disruptivas.
– Difundir, en el marco de la CCUIAF, el programa formativo previsto, con el objetivo
de recabar docentes e instalaciones procedentes de otras Escuelas de Ingeniería
Agraria, Agroalimentaria y Forestal.
– Consensuar con las Partes el contenido de eventos, notas de prensa o cualquier
otro contenido que contribuya a difundir el presente convenio.
– Realizar la difusión y divulgación de los cursos a través de los medios que estime
oportunos (página web, redes sociales…).
– Realizar el seguimiento y apoyo al alumnado en la implementación de lo aprendido
en los cursos.
– Proporcionar al MAPA informes de ejecución y justificación económica, según se
refiere en la cláusula novena. Dichos informes también permitirán reorientar, en su caso,
las actividades de los periodos siguientes.
3.
Obligaciones de la Universidad Politécnica de Madrid.
– Identificar, junto con el MAPA y la UCO, el contenido formativo de los cursos a
llevar a cabo en el desarrollo del presente convenio, de acuerdo con la cláusula
segunda, conforme a los términos del mismo.
– Coordinar los aspectos generales relativos a la estructura básica de gestión y
administración de los cursos
– Designar un gestor técnico encargado de las tareas administrativas necesarias
para la ejecución de las actividades a desarrollar en el marco del convenio y de
coordinación ejecutiva entre las partes.
– Canalizar los pagos a docentes de entidades adheridas.
– Ejecutar la dirección académica, organización y docencia de las actividades
indicadas en la cláusula segunda.
– Desarrollar un sistema de vigilancia tecnológica, que permita la detección de
tecnologías emergentes en fase temprana o innovaciones disruptivas.
– Difundir, en el marco de la CCUIAF, el programa formativo previsto, con el objetivo
de recabar docentes e instalaciones procedentes de otras Escuelas de Ingeniería
Agraria, Agroalimentaria y Forestal.
– Consensuar con las partes el contenido de eventos, notas de prensa o cualquier
otro contenido que contribuya a difundir el presente convenio.
– Realizar la difusión y divulgación de los cursos a través de los medios que estime
oportunos (página web, redes sociales…).
– Realizar el seguimiento y apoyo al alumnado en la implementación de lo aprendido
en los cursos.
– Proporcionar al MAPA informes de ejecución y justificación económica, según se
refiere en la cláusula novena. Dichos informes también permitirán reorientar, en su caso,
las actividades de los periodos siguientes.
Las partes se comprometen a realizar cuantas acciones resulten precisas para la
correcta y completa ejecución de los trabajos previstos en este convenio.
cve: BOE-A-2022-18543
Verificable en https://www.boe.es
En virtud de este convenio la UPM pondrá a disposición del mismo los recursos
humanos y materiales necesarios para desarrollar correctamente los cursos
programados, y se obliga a:
Núm. 271
Viernes 11 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154409
– Designar un gestor técnico encargado de las tareas administrativas necesarias
para la ejecución de las actividades a desarrollar en el marco del convenio y de
coordinación ejecutiva entre las partes.
– Canalizar los pagos a docentes de entidades adheridas.
– Ejecutar la dirección académica, organización y docencia de las actividades
indicadas en la cláusula segunda.
– Desarrollar un sistema de vigilancia tecnológica, que permita la detección de
tecnologías emergentes en fase temprana o innovaciones disruptivas.
– Difundir, en el marco de la CCUIAF, el programa formativo previsto, con el objetivo
de recabar docentes e instalaciones procedentes de otras Escuelas de Ingeniería
Agraria, Agroalimentaria y Forestal.
– Consensuar con las Partes el contenido de eventos, notas de prensa o cualquier
otro contenido que contribuya a difundir el presente convenio.
– Realizar la difusión y divulgación de los cursos a través de los medios que estime
oportunos (página web, redes sociales…).
– Realizar el seguimiento y apoyo al alumnado en la implementación de lo aprendido
en los cursos.
– Proporcionar al MAPA informes de ejecución y justificación económica, según se
refiere en la cláusula novena. Dichos informes también permitirán reorientar, en su caso,
las actividades de los periodos siguientes.
3.
Obligaciones de la Universidad Politécnica de Madrid.
– Identificar, junto con el MAPA y la UCO, el contenido formativo de los cursos a
llevar a cabo en el desarrollo del presente convenio, de acuerdo con la cláusula
segunda, conforme a los términos del mismo.
– Coordinar los aspectos generales relativos a la estructura básica de gestión y
administración de los cursos
– Designar un gestor técnico encargado de las tareas administrativas necesarias
para la ejecución de las actividades a desarrollar en el marco del convenio y de
coordinación ejecutiva entre las partes.
– Canalizar los pagos a docentes de entidades adheridas.
– Ejecutar la dirección académica, organización y docencia de las actividades
indicadas en la cláusula segunda.
– Desarrollar un sistema de vigilancia tecnológica, que permita la detección de
tecnologías emergentes en fase temprana o innovaciones disruptivas.
– Difundir, en el marco de la CCUIAF, el programa formativo previsto, con el objetivo
de recabar docentes e instalaciones procedentes de otras Escuelas de Ingeniería
Agraria, Agroalimentaria y Forestal.
– Consensuar con las partes el contenido de eventos, notas de prensa o cualquier
otro contenido que contribuya a difundir el presente convenio.
– Realizar la difusión y divulgación de los cursos a través de los medios que estime
oportunos (página web, redes sociales…).
– Realizar el seguimiento y apoyo al alumnado en la implementación de lo aprendido
en los cursos.
– Proporcionar al MAPA informes de ejecución y justificación económica, según se
refiere en la cláusula novena. Dichos informes también permitirán reorientar, en su caso,
las actividades de los periodos siguientes.
Las partes se comprometen a realizar cuantas acciones resulten precisas para la
correcta y completa ejecución de los trabajos previstos en este convenio.
cve: BOE-A-2022-18543
Verificable en https://www.boe.es
En virtud de este convenio la UPM pondrá a disposición del mismo los recursos
humanos y materiales necesarios para desarrollar correctamente los cursos
programados, y se obliga a: