III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2022-18543)
Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Córdoba y la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de formación digital agro-rural en el marco de la Estrategia de Digitalización del Sector Agroalimentario y Forestal y del Medio Rural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271
Viernes 11 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154408
– Actividades de vigilancia, comunicación y divulgación:
• Blog interactivo (que realizaría al menos 2 publicaciones mensuales).
• Vigilancia tecnológica y comunicación al sector de los resultados a través de la
plataforma (al menos una publicación mensual), que permitirá actualizar permanentemente
los conocimientos, las herramientas y las utilidades en relación con los procesos de
digitalización en el sector y muy particularmente con los procesos de formación asociados.
La temática de las diferentes actividades del Programa Formativo se detalla en el
anexo I.
La definición final de los cursos se realizará en el ámbito de una Comisión Técnica
cuya estructura, composición y funciones corresponde concretar por parte de la Comisión
de Seguimiento y Control prevista en la cláusula séptima del presente convenio.
Asimismo, en dicho anexo se recogen la descripción de los responsables de la
dirección y coordinación de las distintas actividades en el marco del correcto
funcionamiento del Centro de Competencias.
Se prevé la realización de los cursos en modalidad mixta online/presencial,
dependiendo de la temática de cada curso, combinando los módulos demostrativos, que
se harían preferentemente de forma presencial, con aquellos módulos más teóricos y
que se puedan impartir de forma virtual.
Estos cursos contarán con una fase de seguimiento y apoyo a la implementación de
lo aprendido en ellos, que permita evaluar lo aprendido, así como las habilidades
adquiridas.
Tercera.
1.
Obligaciones de las partes.
Obligaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Corresponderá a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación
Agroalimentaria del MAPA, a través de la Subdirección General de Innovación y
Digitalización:
– Proporcionar en su caso, una plataforma virtual para la realización de los cursos
en formato online, así como para alojar los contenidos de los mismos. Dicha plataforma
será el lugar de reunión del profesorado con los alumnos, y servirá para la resolución de
todo tipo dudas y la realización de las tutorías. A través de dicha plataforma se
gestionará administrativamente todo el programa formativo a desarrollar.
– Aportar la financiación prevista en la cláusula novena.
– Aprobación del diseño y uso de la marca Centro de Competencias, así como de
todos los elementos de la misma.
– Supervisión de la Dirección académica, organización y docencia del plan de
formación.
– Consensuar con las partes el contenido de eventos, notas de prensa o cualquier
otro contenido que contribuya a difundir el presente convenio.
– Realizar la difusión y divulgación de los cursos a través de los medios que estime
oportunos (página web, redes sociales, Red Rural Nacional…).
Obligaciones de la Universidad de Córdoba.
En virtud de este convenio la UCO pondrá a disposición del mismo los recursos
humanos y materiales necesarios para desarrollar correctamente los cursos
programados, y se obliga a:
– Identificar, junto con el MAPA y la UPM, el contenido formativo de los cursos a
llevar a cabo en el desarrollo del presente convenio, de acuerdo con la cláusula
segunda, conforme a los términos del mismo.
– Coordinar los aspectos generales relativos a la estructura básica de gestión y
administración de los cursos.
cve: BOE-A-2022-18543
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 271
Viernes 11 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154408
– Actividades de vigilancia, comunicación y divulgación:
• Blog interactivo (que realizaría al menos 2 publicaciones mensuales).
• Vigilancia tecnológica y comunicación al sector de los resultados a través de la
plataforma (al menos una publicación mensual), que permitirá actualizar permanentemente
los conocimientos, las herramientas y las utilidades en relación con los procesos de
digitalización en el sector y muy particularmente con los procesos de formación asociados.
La temática de las diferentes actividades del Programa Formativo se detalla en el
anexo I.
La definición final de los cursos se realizará en el ámbito de una Comisión Técnica
cuya estructura, composición y funciones corresponde concretar por parte de la Comisión
de Seguimiento y Control prevista en la cláusula séptima del presente convenio.
Asimismo, en dicho anexo se recogen la descripción de los responsables de la
dirección y coordinación de las distintas actividades en el marco del correcto
funcionamiento del Centro de Competencias.
Se prevé la realización de los cursos en modalidad mixta online/presencial,
dependiendo de la temática de cada curso, combinando los módulos demostrativos, que
se harían preferentemente de forma presencial, con aquellos módulos más teóricos y
que se puedan impartir de forma virtual.
Estos cursos contarán con una fase de seguimiento y apoyo a la implementación de
lo aprendido en ellos, que permita evaluar lo aprendido, así como las habilidades
adquiridas.
Tercera.
1.
Obligaciones de las partes.
Obligaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Corresponderá a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación
Agroalimentaria del MAPA, a través de la Subdirección General de Innovación y
Digitalización:
– Proporcionar en su caso, una plataforma virtual para la realización de los cursos
en formato online, así como para alojar los contenidos de los mismos. Dicha plataforma
será el lugar de reunión del profesorado con los alumnos, y servirá para la resolución de
todo tipo dudas y la realización de las tutorías. A través de dicha plataforma se
gestionará administrativamente todo el programa formativo a desarrollar.
– Aportar la financiación prevista en la cláusula novena.
– Aprobación del diseño y uso de la marca Centro de Competencias, así como de
todos los elementos de la misma.
– Supervisión de la Dirección académica, organización y docencia del plan de
formación.
– Consensuar con las partes el contenido de eventos, notas de prensa o cualquier
otro contenido que contribuya a difundir el presente convenio.
– Realizar la difusión y divulgación de los cursos a través de los medios que estime
oportunos (página web, redes sociales, Red Rural Nacional…).
Obligaciones de la Universidad de Córdoba.
En virtud de este convenio la UCO pondrá a disposición del mismo los recursos
humanos y materiales necesarios para desarrollar correctamente los cursos
programados, y se obliga a:
– Identificar, junto con el MAPA y la UPM, el contenido formativo de los cursos a
llevar a cabo en el desarrollo del presente convenio, de acuerdo con la cláusula
segunda, conforme a los términos del mismo.
– Coordinar los aspectos generales relativos a la estructura básica de gestión y
administración de los cursos.
cve: BOE-A-2022-18543
Verificable en https://www.boe.es
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