III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-18522)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Vitigudino, por la que se suspende la inscripción de una escritura de división horizontal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 11 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 154093

– Dña. P./F. M. P. G. M., DÑA. M. T. C. G., D. A. C. G. y Dña. M. P. C. G., son nudo
propietarios, propietario, usufructuaria respectivamente por aceptación de la herencia del
causante D. A. C. E., esposo y padre respectivamente de sus herederos de las
siguientes fincas o parcelas, como se constata (…), Escritura de Aceptación y
Adjudicación de Herencia de fecha 10 marzo 2004 siendo comparecientes Dña. P./F. M.
P. G. M., Dña. M. T. C. G., D. A. C. G. y Dña. M. P. C. G., ante el Notario Sustituto de D.
Juan Bolás Alfonso, D. Javier Barreiros Fernández y Núm. de Protocolo 442:
Atendiendo al Inventario consignado en la Escritura de Aceptación y Adjudicación de
herencia de 10 marzo 2004, (…) respecto a Bienes de Carácter privativo, aparece con la
numeración doce, 12, la siguiente Parcela: “Parcela de terreno en término de La
Fregeneda, que mide una superficie de una hectárea y ochenta áreas. Linda al norte con
parcela que se describirá al número tres y con parcela descrita al número uno. Al Sur
con finca de D. C. B. Al Este con parcela descrita al número uno; Y al Oeste con línea
férrea. Forma parte integrante de esta parcela, la mitad de la casa y dependencias de
dos plantas.
Que atendiendo a la literalidad de lo consignado en dicha Escritura de Aceptación y
Adjudicación de Herencia de 10 marzo 2004 relativo a la Parcela enumerada como
Número 12, “Parcela de terreno en término de La Fregeneda, que mide una superficie de
una hectárea y ochenta áreas se confirma que no consta inscrita.
Es más, se consigna que “Para su inmatriculación yo el notario advierto expresamente
de la necesidad de aportar certificación descriptiva y gráfica de la Gerencia Territorial del
Catastro competente y de lo dispuesto en el art. 298 del Reglamento Hipotecario.” (art. 298
R.H., es decir aportar el original de la escritura de donación de 4 diciembre 1979).
Si traemos a colación (…), copia de Escritura de Donación de fecha 4
diciembre 1979, es evidente que D. A. C. E., adquirió la propiedad de la Parcela
enumerada en la Escritura de Aceptación y Adjudicación de Herencia de 10 marzo 2004
como Número 12, “Parcela de terreno en término de La Fregeneda, que mide una
superficie de una hectárea y ochenta áreas formando parte integrante de esta parcela, la
mitad de la casa y dependencias de dos plantas”, por donación.
Que, atendiendo al contenido de la referenciada Escritura de Aceptación y
Adjudicación de Herencia de 10 marzo 2004, respecto de la parcela enumerada como
número 12, “Parcela de terreno en término de La Fregeneda, que mide una superficie de
una hectárea y ochenta áreas formando parte integrante de esta parcela, la mitad de la
casa y dependencias de dos plantas”, se la asigna como referencia catastral la
número 37132A0030044970000SQ.
Es más, en la propia Escritura de Aceptación y Adjudicación de Herencia de 10
marzo 2004, respecto Parcela enumerada como Número 12, se consigna que esta
referencia catastral comprende la finca a la que se refiere la presente y otra de la que se
segregó.
Segregación que tuvo lugar como consecuencia de la Escritura de Donación de 4
diciembre 1979, (…) al dividirse la finca donada en tres fincas nuevas e independientes
para cada uno de los donatarios, entre ellos D. A. C. E., Dña. T. C. E.
Que como continúa expresando la Escritura de Aceptación y Adjudicación de
Herencia de 10 marzo 2004, (…) la parcela enumerada como número 12, “Parcela de
terreno en término de La Fregeneda, que mide una superficie de una hectárea y ochenta
áreas formando parte integrante de esta parcela, la mitad de la casa y dependencias de
dos plantas” fue adquirida por D. A. C. E. por donación de Dña. T. E. R. mediante
escritura autorizada por el Notario de Salamanca D. Ignacio Sáenz de Santa M. Tituré el
día 4 diciembre 1979 con el número 6988 de su protocolo.”
Tercero. Que si consecuencia de la Escritura de Aceptación y Adjudicación de
Herencia de 10 marzo 2004, la parcela enumerada como número 12, “Parcela de terreno
en término de La Fregeneda, que mide una superficie de una hectárea y ochenta áreas,
formando parte integrante de esta parcela la mitad de la casa y dependencias de dos
plantas” no está inscrita en el registro de la propiedad, es óbice que registralmente no

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Núm. 271