III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-18518)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la denegación a rectificar una inmatriculación de dos fincas practicada por el registrador de la propiedad interino de Cangas del Narcea-Tineo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271

Viernes 11 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 154063

protección de la propiedad privada. Además, en ambas contestaciones del Registro de la
propiedad se hace referencia al pueblo de “Boiro” y no al de “Busto”; cometiendo además,
errores añadidos al plantear que el servicio de montes les remite escrito planteando que una
de las fincas se encuentra “dentro del MVMC” y que la otra “linda con dicho monte”; cuando
en las dos cartas recibidas por nuestra comunidad se refiere claramente que ambas
“ocupan terrenos del MVMC de Busto”. Errores añadidos que nos plantean incertidumbres,
inquietud y perplejidad sobre el grado de protección jurídica que desde este Registro se
está ofreciendo a nuestro monte vecinal, registrado desde el año 2005.
Solicita:
Teniendo en cuenta lo aquí expuesto, procedan a intervenir sobre los errores
identificados, corrigiendo y rectificando esta segunda inscripción por una particular de
parcelas pertenecientes al MVMC de Busto; así como cualquier otra acción para corregir
la grave situación generada por la cadena de errores del Registro de la propiedad de
Cangas del Narcea (consultar al servicio del montes y no a la propiedad; realizar una
doble inscripción de algo que ya estaba inscrito; daños sobre la naturaleza jurídica de un
monte vecinal en mano común; alterar hechos literales del servicio de montes en sus
escritos y referirlos a otro monte;…)»
IV
El registrador de la Propiedad emitió informe en defensa de su nota de calificación el
día 5 de agosto de 2022, ratificándola en todos sus extremos, y elevó el expediente a
este Centro Directivo.
Fundamentos de Derecho

1. Se debate en el presente expediente si el recurso ante esta Dirección General es
el medio adecuado para rectificar una inmatriculación ya practicada, mediante la
presentación de una instancia suscrita por la Junta Vecinal Rectora de Montes Vecinales
en Mano Común, alegando la invasión de un monte vecinal en mano común.
Se presenta el día 21 de julio de 2021 copia auténtica de escritura otorgada el día 24 de
diciembre de 2020 ante don Vicente Martorell García, notario de Oviedo, siendo suspendida
la inmatriculación de dos fincas por lindar con Monte Vecinal en Mano Común.
El Servicio de Montes del Principado de Asturias fue notificado por escrito de fecha 3
de agosto de 2021, entregado el día 12 del mismo mes, sin atender al referido
requerimiento. Presentado nuevamente el mencionado título público el día 28 de
diciembre de 2021, se practicó la correspondiente inmatriculación en fecha 10 de enero
de 2022 al haber transcurrido el plazo de tres meses sin recibir contestación alguna.
El día 18 de enero de 2022, ya practicada la inscripción, se recibe en el Registro de la
Propiedad de Cangas del Narcea-Tineo escrito de contestación alegando que una de las fincas
objeto de inmatriculación invade Monte Vecinal en Mano Común y la otra linda con el mismo.
El día 8 de abril de 2022 se presenta instancia suscrita por la Junta Rectora Vecinal
de Montes en Mano Común indicando de las dos fincas inmatriculadas forman parte del
Monte Vecinal, solicitando la rectificación de la inmatriculación practicada mediante
escrito de fecha 1 de abril de 2022.
2. Como ha sostenido de manera reiterada este Centro Directivo (vid., por todas,
Resolución de 18 de abril de 2018), los tres primeros párrafos del artículo 19 bis de la Ley

cve: BOE-A-2022-18518
Verificable en https://www.boe.es

Vistos los artículos 9.3 de la Constitución; 1, 18, 19 bis, 38, 40 y 322 y siguientes de
la Ley Hipotecaria; la Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de mayo de 2000; las
Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 28 de julio y 14
de octubre de 2014, 29 de julio de 2016, 6 de junio de 2017, 18 de abril, 17 de mayo y 13
de septiembre de 2018 y 14 de marzo y 28 de noviembre de 2019, y la Resolución de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 11 de junio de 2020.