II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2022-18491)
Orden HFP/1076/2022, de 7 de noviembre, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la subescala de Secretaría-Intervención, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271

Viernes 11 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 153839

5.4 En cualquier momento del proceso selectivo los órganos de selección podrán
requerir a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.
5.5 Si en cualquier momento del procedimiento los órganos de selección tuvieran
conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumplen todos los requisitos
exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberán
proponer su exclusión a la persona titular de la Dirección del Instituto Nacional de
Administración Pública o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia
de esta circunstancia, para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al
respecto.
5.6 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal Calificador
hará públicas, en la sede del Instituto Nacional de Administración Pública señalada en la
base 13.7 y en las direcciones de Internet señaladas en la base 11, la relación de
personas aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con
indicación de la puntuación obtenida.
5.7 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos dispuesto
en esta convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la Subescala de SecretaríaIntervención, de la Escala de funcionarios de Administración local con habilitación de
carácter nacional.
6.

Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de
esta convocatoria.
7.

Requisitos de las personas aspirantes

1.º Nacionalidad: Tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el
anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre el acceso al empleo público de
la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros
Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
2.º Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones
que se deriven del puesto por desempeñar.
3.º Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad
máxima de jubilación forzosa.
4.º Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los organismos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso a la Escala de funcionarios Administración local con habilitación de
carácter nacional.
5.º Titulación: Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o
en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de
instancias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, según lo previsto en el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el ingreso en los cuerpos o escalas
clasificados en el subgrupo A1.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
Este requisito no será de aplicación a aquellas personas aspirantes que hubieran
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

cve: BOE-A-2022-18491
Verificable en https://www.boe.es

7.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, las personas
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: