III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-18453)
Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Programa operativo del Fondo Europeo Marítimo, de la Pesca y la Acuicultura 2021-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270

Jueves 10 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 153654

los recursos programados por tipo de intervención, una previsión indicativa de
financiación específica, diferenciada del resto y en cuantía adecuada a las necesidades
de financiación de las actuaciones con mayor nivel de prioridad y urgencia:
Marcos de Acción Prioritaria Red Natura 2000. Al menos para los tipos de
intervenciones:
– 1.6.1
– 4.1.1

Medidas de protección del medio marino.
Conocimiento del medio marino.

Diferenciando las previsiones de financiación para actuaciones de los Marcos de
Acción Prioritaria nacional y regionales implicados, en las partes cuya ejecución
corresponderá a la AGE (Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación)
y a las administraciones de biodiversidad de las comunidades autónomas.
Programas de seguimiento y programas de medidas de las estrategias marinas. Al
menos para los tipos de operaciones:
– 1.6.1
– 4.1.1

Medidas de protección del medio marino.
Conocimiento del medio marino.

Diferenciando las previsiones de financiación de la parte que ejecutará la AGE
(Dirección General de la Costa y el Mar) del resto de administraciones competentes.
D.8

Actividades de comunicación.

Al menos en los dos primeros años tras la aprobación del programa, se realizarán
actividades de comunicación dirigidas a las administraciones medioambientales del
ámbito de aplicación del programa, organizaciones no gubernamentales de fines
medioambientales y demás agentes del territorio involucrados, con el objetivo de
dinamizar y optimizar la ejecución de las actuaciones incluidas en los Marcos de Acción
Prioritaria Natura 2000 y en las Estrategias Marina, al menos para los objetivos
específicos y tipos de operaciones indicados en el apartado D.6
Se sugiere considerar para ello el posible apoyo de la Red de Autoridades
Ambientales.
D.9

Ejecución, seguimiento, modificación y evaluación del Programa.

D.10

Programa de vigilancia ambiental.

En lo que resulten complementarias a lo indicado en la presente resolución, se
trasladarán al Programa las indicaciones de seguimiento ambiental incluidas en el
Estudio ambiental estratégico.

cve: BOE-A-2022-18453
Verificable en https://www.boe.es

El Comité de Seguimiento integrará representación de este órgano ambiental y de las
administraciones ambientales afectadas, al menos para los ámbitos de Red Natura 2000
y Estrategias Marinas.
La autoridad de gestión otorgará a los representantes de las administraciones
ambientales de la AGE y de las comunidades autónomas un rol relevante en la
preparación de los criterios de selección de operaciones de los Objetivos específicos y
tipos de operaciones indicados en el apartado D.6, y facilitará su participación o su
soporte técnico al órgano encargado de formular las propuestas de concesión de las
ayudas aplicando dichos criterios.
Igualmente, se sugiere plantear y considerar el posible apoyo de la Red de
Autoridades Ambientales como foro de mutua información y coordinación.