III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-18451)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Caparacena 220, de 99 MW instalados y sus infraestructuras de evacuación, en Moclín (Granada)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270

Jueves 10 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 153608

(AR). Según se indica en el EsIA, el proyecto se desarrolla en la parte suroriental del
área AR 04 Campiñas Altas.
El Servicio de Coordinación y Gestión RENPA de la Dirección General de Medio
Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía informa, que no
es previsible que ninguno de los elementos descritos en el Proyecto Fotovoltaico
Caparacena 220 y su infraestructura de evacuación, puedan afectar de forma apreciable
a las especies o hábitats que son objeto de conservación de la ZEC Sierras del
Campanario y Las Cabras (ES6140007).
b.5

Suelo y subsuelo.

El EsIA señala, que durante la fase de obras la alteración de la estructura edáfica y
calidad del suelo puede favorecer el incremento de procesos erosivos y de
contaminación por la inadecuada gestión de los materiales o residuos. Estos efectos
serán producidos por los movimientos de tierras, el tránsito de maquinaria, la
construcción de los accesos, la apertura de zanjas, la instalación de seguidores, la
construcción de los apoyos de la LAAT, etc. Para reducir estos impactos en el EsIA se
proponen las siguientes medidas preventivas y correctoras: correcta gestión de residuos;
limitación de los movimientos de tierras; balizado de la zona de obras; circulación de
vehículos y maquinaria reducida al espacio definido en el proyecto, preferentemente por
viales o caminos existentes; correcta gestión de la tierra vegetal; restitución de las
superficies de ocupación temporal; restauración y recuperación de la vegetación natural;
las labores de abastecimiento de combustible y de mantenimiento de la maquinaria se
realizarán en las zonas previstas para ello, con suelos impermeabilizados; en caso de
vertido accidental de sustancias peligrosas se procederá a su inmediata limpieza
mediante la retirada de terreno afectado y su entrega a gestor autorizado de residuos
peligrosos, etc. La modificación de la geomorfología no se considera significativa dado el
bajo volumen de movimientos de tierras que será necesario realizar, ya que los paneles
van hincados. Durante el desmantelamiento se considerarán las mismas acciones y
efectos que durante la fase de construcción.
Durante la fase de funcionamiento, la mayor afección sobre el suelo será la debida al
cambio de uso de tierras de cultivo a suelo industrial, y a la posible contaminación por la
inadecuada gestión de materiales o residuos. El promotor indica que los depósitos de aceite
en los centros de transformación y en las subestaciones contarán con su correspondiente
foso/cubeta de retención para evitar cualquier fuga, y se utilizarán sistemas de seguridad y
vigilancia de los niveles de presión del aceite, temperatura, etc. El mantenimiento de la
vegetación intra-vallado se realizará sin productos químicos que puedan alterar la calidad del
suelo y se restaurarán las condiciones de las zonas compactadas.
El promotor tendrá en cuenta la reglamentación y medidas establecidas por la
Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Granada de la Junta de Andalucía, al
objeto de evitar estas y otras afecciones.
Aire y cambio climático.

Durante la fase de obras, el promotor indica que las afecciones relativas a la calidad
del aire se producirán por el incremento de polvo, de contaminantes atmosféricos y de
ruido, debido fundamentalmente al movimiento de tierras y a la propia maquinaria. En el
EsIA se especifican medidas de buenas prácticas ambientales para evitar estos efectos.
Respecto al cambio climático, durante la fase de construcción el promotor prevé
afecciones debidas al transporte y a la pérdida de sumideros de carbono de la zona
dedicada a superficie agrícola, que será necesario eliminar. Durante la fase de
funcionamiento se podrían producir emisiones accidentales del gas SF6. de las cabinas
de transformación y en los interruptores monofásicos y trifásicos incluidos en las celdas
de media tensión, asimismo se podrían producir emisiones accidentales del gas HFC de
las diferentes máquinas de aire acondicionado de la planta. Se establecerán las medidas
protectoras pertinentes al objeto de evitar dichos accidentes, ya que ambos gases

cve: BOE-A-2022-18451
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b.6