III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-18451)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Caparacena 220, de 99 MW instalados y sus infraestructuras de evacuación, en Moclín (Granada)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270

Jueves 10 de noviembre de 2022

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de tramo subterráneo conectando el citado recinto con la SET Caparacena de REE,
discurriendo por los términos municipales de Moclín, Colomera y Atarfe.
2. Tramitación del procedimiento
Con fecha 19 de abril de 2021, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado»
número 93 el anuncio de la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Granada por el que se somete a información pública la solicitud de
autorización administrativa previa y de declaración de impacto ambiental del presente
proyecto. Asimismo, se publicó en el «Boletín Oficial de la Provincia de Granada»
número 74, de fecha 21 de abril de 2021.
Con fecha 7 de octubre de 2021, tuvo entrada en esta Dirección General el
expediente para el inicio del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria.
Revisada la documentación recibida, se concluyó que no constaban en el expediente
todos los informes preceptivos recogidos en el artículo 37.2 de la Ley 21/2013, según se
establece en el artículo 40.1 de la citada ley. En virtud de ello, el 29 de noviembre de 2021, se
requirió al órgano sustantivo para que se completara el informe recibido de la Dirección
General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía,
incluyendo las afecciones relativas a la PFV Caparacena 220. Además, se solicitaron los
informes de la Dirección General de Calidad y Cambio Climático y de la Delegación Territorial
de Desarrollo Sostenible en Granada, ambos organismos con competencias en materia de
medio ambiente de la Junta de Andalucía. Asimismo, se solicitó el informe de la Dirección
General de Patrimonio Histórico y Documental de la Junta de Andalucía, y de la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Democrático. Estos informes se recibieron el 24 de febrero de 2022.
El 19 de julio de 2022 se recibió documentación del promotor relativa al estudio de
fauna y al estudio hidrológico e hidráulico.
Durante el periodo de información pública, se recibieron alegaciones de un particular
y de la Estación Experimental de Zonas Áridas (EEZA) del Consejo Superior de
Investigaciones Científicas (CSIC) del Ministerio de Ciencia e Innovación. Cuando en
esta resolución se haga referencia a una de estas alegaciones, se entiende igualmente
referida a la otra. Según indica el órgano sustantivo, también se recibieron alegaciones
extemporáneas de la sociedad Energía Claridad SLU que no han sido tramitadas,
relativas a los derechos de enganche al punto de conexión de la SET Caparacena de
REE. El anexo I recoge un cuadro resumen de las consultas efectuadas a las
administraciones públicas afectadas y personas interesadas, indicando si se ha recibido
contestación.
3.

Análisis de alternativas.

En el EsIA de la PFV se han propuesto además de la alternativa 0 de no realización del
proyecto, tres alternativas de ubicación de la PFV y sus infraestructuras de evacuación
asociadas hasta la subestación eléctrica «Caparacena REE 220 kV». En la alternativa 1 la
PFV se localizaría en Moclín y la LAAT tendría una longitud de unos 7.154 m y 27 apoyos; en
la alternativa 2 la PFV se ubicaría en Íllora y la LAAT sería de 14.734 m y 56 apoyos; en la
alternativa 3 la PFV se localizaría en Iznalloz y Deifontes y la LAAT tendría una longitud de
unos 17.885 m y 68 apoyos. Según el análisis realizado, el promotor en el EsIA concluye que
el proyecto con el emplazamiento más favorable desde el punto de vista ambiental, territorial
y técnico-económico es la alternativa 1.
En el EsIA de la LAAT se describen las infraestructuras de evacuación junto a las de
otra planta fotovoltaica proyectada en la zona y se plantean tres alternativas de
corredores o pasillos. Además, para el Corredor-02 en una segunda fase, se estudiaron
tres alternativas de trazado. El promotor concluye tras el análisis comparativo realizado,

cve: BOE-A-2022-18451
Verificable en https://www.boe.es

a)

Análisis técnico del expediente