III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-18451)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Caparacena 220, de 99 MW instalados y sus infraestructuras de evacuación, en Moclín (Granada)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 10 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 153616
(14) La medida compensatoria propuesta por el promotor de corrección de líneas
eléctricas existentes en la zona con índices elevados de siniestralidad, deberá ser
completada, presupuestada y coordinada con la administración competente.
(15) Además de las medidas previstas por el promotor para evitar las afecciones a
la fauna durante la fase de obras, la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y
Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía informa que, si durante esta fase se
detectara la presencia de fauna amenazada, nidos o refugios, las obras se paralizarán y
se dará aviso al órgano competente de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible
en Granada.
(16) Se tendrán en cuenta las siguientes medidas compensatorias propuestas por
el promotor y detalladas en el correspondiente EsIA, que serán coordinadas con el
organismo autonómico competente:
– Creación de 7 islas de vegetación naturales (Stepping Stones). Para ello se
plantarán diversas especies de plantas arbustivas, dispuestas entre los pies de olivo
existentes dentro de las áreas especificadas. El promotor propone la plantación de
unos 2.148 pies arbustivos, entre los que se encontrarán cornicabra, coscoja, Rosa
canina, Rhamnus alaternus, etc., se ha calculado una superficie total de 5,37 ha, con una
densidad de 400 pies/ha. Las especies autóctonas que finalmente conformen estas islas
y su disposición se consensuarán con la administración competente en materia de
gestión del medio natural.
– Instalación de 3 oteaderos para aves rapaces (busardo ratonero y cernícalo vulgar).
– Construcción de 5 bebederos para la fauna silvestre de 4 m2 y 0,5 m de
profundidad. Construidos a nivel de suelo, permitirán el acceso al agua a todos los
grupos faunísticos. Se prevé el llenado por agua de lluvia y escorrentía, aunque se
contemplará el mantenimiento de un nivel mínimo de agua en las épocas de estiaje o
sequía con agua procedente de un proveedor externo.
– Creación de 11 cúmulos de piedras para refugio y reproducción de
micromamíferos, reptiles e invertebrados.
– Instalación de 3 unidades de cajas nido para cernícalo vulgar y mochuelo.
Además, según indica la Estación Experimental de Zonas Áridas del Ministerio de
Ciencia e Innovación, en los terrenos destinados a la implantación de la instalación
fotovoltaica y para mejorar la integración de las especies locales y proteger su hábitat
natural, se implementarán medidas como la instalación de nidales, charcas y lagunas
para anfibios abastecidas con bombeos, reubicación de majanos, refugios de insectos,
medidas de fomento del recurso trófico, etc. Asimismo, se contemplará la posibilidad de
restauración de construcciones tradicionales y habilitación de las mismas con fines de
sensibilización ambiental y/o para la nidificación o presencia de especies de fauna (aves,
quirópteros, etc.).
(17) El promotor contempla en el cerramiento perimetral la colocación de la malla
ganadera con la luz de mayor superficie en la parte inferior de la misma. Con objeto de
contrarrestar el efecto de riesgo de colisión de la avifauna contra el vallado, en el EsIA se
indica que se señalizará el vallado mediante 6.336 placas de poliestireno expandido (30
cm x 15 cm x 1 mm) de color blanco que se dispondrán a 2 m unas de otras y a distintas
alturas para dar heterogeneidad. Además, este cerramiento deberá ser permeable al
flujo de agua y dejará libre de ocupación por placas solares los puntos de desagüe de la
escorrentía superficial. El cerramiento perimetral permitirá la libre circulación de la fauna
silvestre, por lo que el diseño previsto se consensuará con el órgano competente en
materia de medio ambiente.
(18) Se enviará un estudio paisajístico detallado, tanto de la planta fotovoltaica
como de la línea de evacuación, con un análisis preciso de las cuencas visuales, tipos de
paisajes, etc., y en su caso con una consideración real de la eficacia de las medidas que
puedan atenuar la afección, al organismo autonómico competente para su valoración, y
se tendrán en cuenta en el proyecto las medidas ambientales que el mismo estime
cve: BOE-A-2022-18451
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 270
Jueves 10 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 153616
(14) La medida compensatoria propuesta por el promotor de corrección de líneas
eléctricas existentes en la zona con índices elevados de siniestralidad, deberá ser
completada, presupuestada y coordinada con la administración competente.
(15) Además de las medidas previstas por el promotor para evitar las afecciones a
la fauna durante la fase de obras, la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y
Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía informa que, si durante esta fase se
detectara la presencia de fauna amenazada, nidos o refugios, las obras se paralizarán y
se dará aviso al órgano competente de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible
en Granada.
(16) Se tendrán en cuenta las siguientes medidas compensatorias propuestas por
el promotor y detalladas en el correspondiente EsIA, que serán coordinadas con el
organismo autonómico competente:
– Creación de 7 islas de vegetación naturales (Stepping Stones). Para ello se
plantarán diversas especies de plantas arbustivas, dispuestas entre los pies de olivo
existentes dentro de las áreas especificadas. El promotor propone la plantación de
unos 2.148 pies arbustivos, entre los que se encontrarán cornicabra, coscoja, Rosa
canina, Rhamnus alaternus, etc., se ha calculado una superficie total de 5,37 ha, con una
densidad de 400 pies/ha. Las especies autóctonas que finalmente conformen estas islas
y su disposición se consensuarán con la administración competente en materia de
gestión del medio natural.
– Instalación de 3 oteaderos para aves rapaces (busardo ratonero y cernícalo vulgar).
– Construcción de 5 bebederos para la fauna silvestre de 4 m2 y 0,5 m de
profundidad. Construidos a nivel de suelo, permitirán el acceso al agua a todos los
grupos faunísticos. Se prevé el llenado por agua de lluvia y escorrentía, aunque se
contemplará el mantenimiento de un nivel mínimo de agua en las épocas de estiaje o
sequía con agua procedente de un proveedor externo.
– Creación de 11 cúmulos de piedras para refugio y reproducción de
micromamíferos, reptiles e invertebrados.
– Instalación de 3 unidades de cajas nido para cernícalo vulgar y mochuelo.
Además, según indica la Estación Experimental de Zonas Áridas del Ministerio de
Ciencia e Innovación, en los terrenos destinados a la implantación de la instalación
fotovoltaica y para mejorar la integración de las especies locales y proteger su hábitat
natural, se implementarán medidas como la instalación de nidales, charcas y lagunas
para anfibios abastecidas con bombeos, reubicación de majanos, refugios de insectos,
medidas de fomento del recurso trófico, etc. Asimismo, se contemplará la posibilidad de
restauración de construcciones tradicionales y habilitación de las mismas con fines de
sensibilización ambiental y/o para la nidificación o presencia de especies de fauna (aves,
quirópteros, etc.).
(17) El promotor contempla en el cerramiento perimetral la colocación de la malla
ganadera con la luz de mayor superficie en la parte inferior de la misma. Con objeto de
contrarrestar el efecto de riesgo de colisión de la avifauna contra el vallado, en el EsIA se
indica que se señalizará el vallado mediante 6.336 placas de poliestireno expandido (30
cm x 15 cm x 1 mm) de color blanco que se dispondrán a 2 m unas de otras y a distintas
alturas para dar heterogeneidad. Además, este cerramiento deberá ser permeable al
flujo de agua y dejará libre de ocupación por placas solares los puntos de desagüe de la
escorrentía superficial. El cerramiento perimetral permitirá la libre circulación de la fauna
silvestre, por lo que el diseño previsto se consensuará con el órgano competente en
materia de medio ambiente.
(18) Se enviará un estudio paisajístico detallado, tanto de la planta fotovoltaica
como de la línea de evacuación, con un análisis preciso de las cuencas visuales, tipos de
paisajes, etc., y en su caso con una consideración real de la eficacia de las medidas que
puedan atenuar la afección, al organismo autonómico competente para su valoración, y
se tendrán en cuenta en el proyecto las medidas ambientales que el mismo estime
cve: BOE-A-2022-18451
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 270