III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-18449)
Orden TED/1071/2022, de 8 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para los programas de concesión de ayudas a la inversión en la repotenciación de instalaciones eólicas, en la renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW y en instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU (Programas Repotenciación Circular).
55 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 10 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 153546

requeriría que el presupuesto de cada Comunidad Autónoma estuviera limitado al inicio
de las convocatorias, para evitar que se sobrepase la cuantía global de los fondos
disponibles. Ahora bien, como la demanda de solicitudes de ayudas es difícilmente
previsible, no existe un criterio claro que permitiese asignar estos fondos de una forma
eficiente, la territorialización daría como resultado, por un lado, un presupuesto sobrante
en las Comunidades Autónomas con una baja demanda de solicitudes y, por otro, un
presupuesto insuficiente para aquellas con una alta demanda. Esta situación de
desequilibrio solo podría conocerse a la finalización de la correspondiente convocatoria,
ya que hasta el último día de su período de vigencia podrían seguir realizándose
solicitudes. Por tanto, su corrección, al final del ejercicio, mediante una reasignación de
fondos entre Comunidades, conllevaría un importante retraso en la implantación de las
medidas y de los ahorros acumulados, así como en el cumplimiento de los exigentes
plazos de ejecución previstos tanto por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
como por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Por otra parte, la selección de los proyectos a subvencionar, aunque la instalación
afectase inclusive a una sola comunidad autónoma requeriría de una valoración técnica
compleja y homogénea, que especialmente en el caso de las instalaciones innovadoras
de reciclaje de palas de aerogeneradores que se pretenden fomentar, garantizará la
igualdad de acceso únicamente si es realizada por una misma entidad.
De este modo, atendiendo a los dispuesto en la Sentencia del Tribunal
Constitucional 13/1992, la gestión centralizada de estas subvenciones resulta
imprescindible para asegurar la plena efectividad de las medidas dentro de la ordenación
básica del sector y para garantizar las mismas posibilidades de obtención y disfrute por
parte de sus potenciales destinatarios en todo el territorio nacional, evitando al propio
tiempo que se sobrepase la cuantía global de los fondos estatales destinados al sector y
optimizando la aplicación del presupuesto disponible.
En este contexto, se prevé realizar varias convocatorias a nivel nacional con una
gestión centralizada de solicitudes por parte del IDAE, como órgano concedente, en
régimen de concurrencia competitiva, otorgándose las ayudas a los solicitantes con
mejor valoración según los criterios establecidos en las bases reguladoras contenida en
esta orden y en cada convocatoria.
Adicionalmente, a efectos de garantizar la coordinación entre la gestión centralizada
del Programa destinado a la inversión en instalaciones innovadoras de reciclaje de palas
de aerogeneradores y las políticas autonómicas, se incluye la posibilidad de presentar un
informe de la comunidad autónoma donde se vaya a ubicar la actuación, en el que el
gobierno autonómico podrá valorar la adecuación del proyecto a las prioridades de su
política autonómica.
La recepción de solicitudes, instrucción, selección, gestión, resolución, verificación y
control y, en su caso, publicación de las convocatorias de estas ayudas serán realizados
por E.P.E Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P.
En todas las fases del procedimiento se establece la obligación de relacionarse
electrónicamente a todos los sujetos implicados.
Por otra parte, la gestión centralizada de las subvenciones ha sido informada a las
comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla en la reunión de la Conferencia
Sectorial de Energía de fecha 28 de julio de 2022.
Asimismo, esta orden se ajusta a lo establecido en el Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de
la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, con la finalidad de acometer un proceso de modernización de la
Administración Pública que le proporcione las herramientas necesarias para acometer la
ejecución del Plan y la mejor gestión de fondos, impulsando la colaboración públicoprivada entre las Administraciones Públicas y el sector privado.
Por ello, en la tramitación de esta orden, adoptada para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, se ha aplicado lo previsto por los
artículos 47, 60 y 61 del citado Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre,

cve: BOE-A-2022-18449
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 270