III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-18449)
Orden TED/1071/2022, de 8 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para los programas de concesión de ayudas a la inversión en la repotenciación de instalaciones eólicas, en la renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW y en instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU (Programas Repotenciación Circular).
55 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270
Jueves 10 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 153550
d) El Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se
establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades
del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de
hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los
componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
e) En todo lo no previsto en esta orden será de aplicación lo establecido en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y su
normativa de desarrollo, así como en las demás disposiciones que resulten de
aplicación.
f) La normativa aplicable en materia de prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y el conflicto de intereses:
En aplicación de la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 5 de julio de 2017, la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero por la que se modifica la
Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal para transponer directivas
de la Unión Europea en los ámbitos financieros y de terrorismo, y abordar cuestiones de
índole internacional.
El Reglamento (CE, Euratom) n.º 2988/1995 del consejo, de 18 de diciembre
de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades
Europeas;
El artículo 61 del Reglamento (EU, Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al
Presupuesto General de la Unión europea (Reglamento financiero).
El artículo 53 del real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, relativo a
los principios éticos; el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, relativo a la
abstención, y el artículo 24 del mismo cuerpo legal, relativo a la recusación.
El artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021.
El artículo 6 de la Orden HFP 1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se
configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
g) La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que
se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en caso de que en la
ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban someterse a esta Ley.
Artículo 5.
Características de las ayudas y régimen de compatibilidad.
1. Estas ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo
con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación
que rigen en la gestión de ayudas y subvenciones públicas, de conformidad con lo
establecido en el artículo 22 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
cve: BOE-A-2022-18449
Verificable en https://www.boe.es
3. Asimismo, será de aplicación la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2021 y el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, en
lo que se refiere a la vinculación legal a finalidad de los fondos recibidos por transferencia a
IDAE procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el
Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, así como el tipo de concurrencia, la publicación de las bases, las obligaciones de
control, el seguimiento de la ejecución y el reingreso de fondos.
Núm. 270
Jueves 10 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 153550
d) El Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se
establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades
del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de
hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los
componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
e) En todo lo no previsto en esta orden será de aplicación lo establecido en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y su
normativa de desarrollo, así como en las demás disposiciones que resulten de
aplicación.
f) La normativa aplicable en materia de prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y el conflicto de intereses:
En aplicación de la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 5 de julio de 2017, la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero por la que se modifica la
Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal para transponer directivas
de la Unión Europea en los ámbitos financieros y de terrorismo, y abordar cuestiones de
índole internacional.
El Reglamento (CE, Euratom) n.º 2988/1995 del consejo, de 18 de diciembre
de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades
Europeas;
El artículo 61 del Reglamento (EU, Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al
Presupuesto General de la Unión europea (Reglamento financiero).
El artículo 53 del real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, relativo a
los principios éticos; el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, relativo a la
abstención, y el artículo 24 del mismo cuerpo legal, relativo a la recusación.
El artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021.
El artículo 6 de la Orden HFP 1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se
configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
g) La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que
se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en caso de que en la
ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban someterse a esta Ley.
Artículo 5.
Características de las ayudas y régimen de compatibilidad.
1. Estas ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo
con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación
que rigen en la gestión de ayudas y subvenciones públicas, de conformidad con lo
establecido en el artículo 22 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
cve: BOE-A-2022-18449
Verificable en https://www.boe.es
3. Asimismo, será de aplicación la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2021 y el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, en
lo que se refiere a la vinculación legal a finalidad de los fondos recibidos por transferencia a
IDAE procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el
Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, así como el tipo de concurrencia, la publicación de las bases, las obligaciones de
control, el seguimiento de la ejecución y el reingreso de fondos.