III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-18400)
Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Programa Plurirregional de España Feder 2021-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 153202
la huella de carbono del programa en su sistema de indicadores de seguimiento
ambiental.
En lo relativo a protección del patrimonio cultural, la Dirección General de Patrimonio
Cultural del Gobierno de Aragón, la Dirección General de Patrimonio Cultural de Castilla
y León, la Dirección General de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica de Cantabria, y
la Dirección General de Patrimonio Cultural de Galicia señalan la necesidad de ser
informadas en fase de proyecto y en caso de posible afección de la inversión al
patrimonio cultural, en particular cuando pueden verse afectadas figuras de protección
del tipo de bienes de interés cultural, patrimonio mundial de la UNESCO, parques
culturales o paisajes culturales, o sus respectivos entornos de protección, para adoptar
las medidas de protección que en cada caso procedan. En un sentido similar se
pronuncian la, requiriendo pronunciarse que en fase de proyecto para las intervenciones
que afecten al patrimonio cultural. Por su parte, la Dirección General de Patrimonio
Cultural de Murcia plantea incluir expresamente entre las actuaciones del objetivo
político 5 a la mejora, rehabilitación o puesta en valor del patrimonio cultural.
En lo que se refiere al impacto sobre la salud, la Dirección General de Salud Pública
de Castilla-La Mancha incide en la aplicabilidad del programa a la mejora de la calidad
de las aguas de consumo humano (RSO2.5) y de las aguas de baño (RSO2.7). Ambos
tipos se encuentran incluidos en el conjunto de zonas protegidas identificadas por los
planes hidrológicos, y las actuaciones para mejora de su calidad deben encontrarse
incluidas en sus programas de medidas. La Dirección General de Salud Pública y
Adicciones de la Generalitat Valenciana también incide en las intervenciones de
abastecimiento de agua para consumo humano, que deben adaptarse a la
Directiva 2020/2184, pendiente de transposición en España. En relación con la gestión
de residuos e implantación de la economía circular, plantea la necesidad de analizar los
riesgos para la salud asociados y de cumplir la normativa de protección de la salud en
los productos obtenidos. También recalca la necesidad de adaptación al cambio climático
en la Comunidad y la consideración de la salud en la gestión de riesgos.
En lo relativo a urbanismo y ordenación del territorio, la Dirección General de Ordenación
del Territorio del Gobierno de Aragón considera que los planes y proyectos del Estado deben
someterse a dictamen del Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón, en aplicación de
lo dispuesto en el artículo 60 del Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del
Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del
Territorio de Aragón, indicando que se dará traslado al órgano sustantivo del Dictamen del
Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón, una vez que se produzca. Considera que el
estudio ambiental estratégico no ha abordado el análisis del paisaje con herramientas de
actuales de detalle adecuado, y señala un conjunto de normas y de planes a considerar en el
territorio de Aragón, con los que indica que debe ser conforme la aplicación del programa.
También indica la falta de un análisis de efectos acumulados y sinérgicos, y que la
proliferación de proyectos energéticos está produciendo una importante pérdida de valores
naturales y paisajísticos, especialmente por su concentración en determinados territorios, con
efectos socioeconómicos no suficientemente evaluados. También solicita al promotor abrir la
posibilidad de aplicar en Aragón ayudas del objetivo específico RSO5.2. «Promover un
desarrollo social, económico y medioambiental integrado e inclusivo, la cultura y el patrimonio
natural, el turismo sostenible y la seguridad, en las zonas no urbanas», a pesar de su
clasificación como región más desarrollada. Por su parte, la Dirección General de Política
Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana plantea reforzar inversiones en
infraestructura verde y prevención de riesgos. Y la Dirección de Planificación Territorial y
Agenda Urbana del Gobierno Vasco requiere adaptación de las actuaciones financiadas a las
Directrices de ordenación territorial de la CAPV, sustentadas en 10 principios rectores, que
están globalmente alineados con los objetivos del programa.
SEO/Birdlife pone de manifiesto las dificultades a la participación pública derivadas
de la tramitación de urgencia y la coincidencia de la información pública y consultas con
el periodo estival, y señala aspectos a su juicio mejorables del estudio ambiental
estratégico. En lo relativo a las operaciones del objetivo político 1, requiere incorporar
cve: BOE-A-2022-18400
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 269
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 153202
la huella de carbono del programa en su sistema de indicadores de seguimiento
ambiental.
En lo relativo a protección del patrimonio cultural, la Dirección General de Patrimonio
Cultural del Gobierno de Aragón, la Dirección General de Patrimonio Cultural de Castilla
y León, la Dirección General de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica de Cantabria, y
la Dirección General de Patrimonio Cultural de Galicia señalan la necesidad de ser
informadas en fase de proyecto y en caso de posible afección de la inversión al
patrimonio cultural, en particular cuando pueden verse afectadas figuras de protección
del tipo de bienes de interés cultural, patrimonio mundial de la UNESCO, parques
culturales o paisajes culturales, o sus respectivos entornos de protección, para adoptar
las medidas de protección que en cada caso procedan. En un sentido similar se
pronuncian la, requiriendo pronunciarse que en fase de proyecto para las intervenciones
que afecten al patrimonio cultural. Por su parte, la Dirección General de Patrimonio
Cultural de Murcia plantea incluir expresamente entre las actuaciones del objetivo
político 5 a la mejora, rehabilitación o puesta en valor del patrimonio cultural.
En lo que se refiere al impacto sobre la salud, la Dirección General de Salud Pública
de Castilla-La Mancha incide en la aplicabilidad del programa a la mejora de la calidad
de las aguas de consumo humano (RSO2.5) y de las aguas de baño (RSO2.7). Ambos
tipos se encuentran incluidos en el conjunto de zonas protegidas identificadas por los
planes hidrológicos, y las actuaciones para mejora de su calidad deben encontrarse
incluidas en sus programas de medidas. La Dirección General de Salud Pública y
Adicciones de la Generalitat Valenciana también incide en las intervenciones de
abastecimiento de agua para consumo humano, que deben adaptarse a la
Directiva 2020/2184, pendiente de transposición en España. En relación con la gestión
de residuos e implantación de la economía circular, plantea la necesidad de analizar los
riesgos para la salud asociados y de cumplir la normativa de protección de la salud en
los productos obtenidos. También recalca la necesidad de adaptación al cambio climático
en la Comunidad y la consideración de la salud en la gestión de riesgos.
En lo relativo a urbanismo y ordenación del territorio, la Dirección General de Ordenación
del Territorio del Gobierno de Aragón considera que los planes y proyectos del Estado deben
someterse a dictamen del Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón, en aplicación de
lo dispuesto en el artículo 60 del Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del
Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del
Territorio de Aragón, indicando que se dará traslado al órgano sustantivo del Dictamen del
Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón, una vez que se produzca. Considera que el
estudio ambiental estratégico no ha abordado el análisis del paisaje con herramientas de
actuales de detalle adecuado, y señala un conjunto de normas y de planes a considerar en el
territorio de Aragón, con los que indica que debe ser conforme la aplicación del programa.
También indica la falta de un análisis de efectos acumulados y sinérgicos, y que la
proliferación de proyectos energéticos está produciendo una importante pérdida de valores
naturales y paisajísticos, especialmente por su concentración en determinados territorios, con
efectos socioeconómicos no suficientemente evaluados. También solicita al promotor abrir la
posibilidad de aplicar en Aragón ayudas del objetivo específico RSO5.2. «Promover un
desarrollo social, económico y medioambiental integrado e inclusivo, la cultura y el patrimonio
natural, el turismo sostenible y la seguridad, en las zonas no urbanas», a pesar de su
clasificación como región más desarrollada. Por su parte, la Dirección General de Política
Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana plantea reforzar inversiones en
infraestructura verde y prevención de riesgos. Y la Dirección de Planificación Territorial y
Agenda Urbana del Gobierno Vasco requiere adaptación de las actuaciones financiadas a las
Directrices de ordenación territorial de la CAPV, sustentadas en 10 principios rectores, que
están globalmente alineados con los objetivos del programa.
SEO/Birdlife pone de manifiesto las dificultades a la participación pública derivadas
de la tramitación de urgencia y la coincidencia de la información pública y consultas con
el periodo estival, y señala aspectos a su juicio mejorables del estudio ambiental
estratégico. En lo relativo a las operaciones del objetivo político 1, requiere incorporar
cve: BOE-A-2022-18400
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 269