I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-18346)
Real Decreto 884/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Hostelería y Turismo, Informática y Comunicaciones, Instalación y Mantenimiento, y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. I. Pág. 152478
CR1.1 Los medios de producción asociados a las actividades profesionales se
detectan para garantizar su identificación en una situación de trabajo, garantizando
su comprensión global en función del contexto en el que se utilicen.
CR1.2 La información oral emitida por distintos medios (comunicación, materiales
audiovisuales técnicos, videos, CD, DVD u otros, retransmitidos o grabados) se
interpreta de forma precisa para favorecer el desarrollo de la actividad, empleando
estrategias que permitan inferir los datos recibidos de manera incompleta
discriminando los posibles patrones sonoros, acentuales, rítmicos y de entonación
de uso común o específicos del medio.
CR1.3 Las instrucciones de trabajo, advertencias y consejos de operaciones definidas
se interpretan, intercambiando información sobre el tema a tratar, a fin de aplicarlas
en el desempeño de su competencia, identificando el contexto de la intervención.
CR1.4 Las necesidades, reclamaciones, incidencias y malentendidos sobre las
actividades profesionales manifestadas oralmente por diferentes interlocutores se
interpretan, practicando una escucha atenta para extraer las claves principales y
presentando, a la vez que transmitiendo distintas soluciones a la persona responsable.
RP2: Interpretar la información y documentación escrita en lengua inglesa con un nivel
de usuario básico que contengan estructuras y un léxico de uso común, tanto de carácter
general como más específico, para realizar la actividad profesional.
CR2.1 La información escrita en un registro técnico, relativa a documentación referida
a la actividad profesional se extrae, procediendo a su resumen y/o interpretación,
utilizando herramientas de traducción, manuales o informáticas (diccionarios y/o
diccionarios técnicos).
CR2.2 La documentación técnica escrita se extrae, procediendo a su resumen
y/o interpretación, adecuándola a los condicionantes que la pueden afectar (canal
de la comunicación: fax, e-mail o carta, costumbres en el uso de la lengua, grafía
deficiente, impresión de baja calidad, entre otros).
CR2.3 La información implícita en informes y/o documentos se extrae, procediendo
a su resumen y/o interpretación, para facilitar el análisis de la situación aplicando
criterios de contextualización y coherencia relacionados con el sector.
CR2.4 Las interfaces de los soportes informáticos que se visualicen se interpretan
en función de la actividad profesional para garantizar el registro y la transmisión de
los datos.
CR2.5 Las necesidades, reclamaciones, incidencias y malentendidos sobre las
actividades profesionales que interactúan con otros interlocutores se interpretan
practicando una escucha atenta para extraer las claves principales, presentando y
transmitiendo distintas soluciones a la persona responsable.
CR2.6 Los avisos, carteles, rótulos de advertencia y peligro situados en el área
de trabajo vinculados a su actividad profesional se interpretan para garantizar la
seguridad del trabajador como un acto de preservación de su integridad física.
CR2.7 Los textos escritos traducidos con herramientas de traducción, manuales
o informáticas se revisan para su mejor interpretación, aplicando criterios de
contextualización a su actividad.
cve: BOE-A-2022-18346
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 269
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. I. Pág. 152478
CR1.1 Los medios de producción asociados a las actividades profesionales se
detectan para garantizar su identificación en una situación de trabajo, garantizando
su comprensión global en función del contexto en el que se utilicen.
CR1.2 La información oral emitida por distintos medios (comunicación, materiales
audiovisuales técnicos, videos, CD, DVD u otros, retransmitidos o grabados) se
interpreta de forma precisa para favorecer el desarrollo de la actividad, empleando
estrategias que permitan inferir los datos recibidos de manera incompleta
discriminando los posibles patrones sonoros, acentuales, rítmicos y de entonación
de uso común o específicos del medio.
CR1.3 Las instrucciones de trabajo, advertencias y consejos de operaciones definidas
se interpretan, intercambiando información sobre el tema a tratar, a fin de aplicarlas
en el desempeño de su competencia, identificando el contexto de la intervención.
CR1.4 Las necesidades, reclamaciones, incidencias y malentendidos sobre las
actividades profesionales manifestadas oralmente por diferentes interlocutores se
interpretan, practicando una escucha atenta para extraer las claves principales y
presentando, a la vez que transmitiendo distintas soluciones a la persona responsable.
RP2: Interpretar la información y documentación escrita en lengua inglesa con un nivel
de usuario básico que contengan estructuras y un léxico de uso común, tanto de carácter
general como más específico, para realizar la actividad profesional.
CR2.1 La información escrita en un registro técnico, relativa a documentación referida
a la actividad profesional se extrae, procediendo a su resumen y/o interpretación,
utilizando herramientas de traducción, manuales o informáticas (diccionarios y/o
diccionarios técnicos).
CR2.2 La documentación técnica escrita se extrae, procediendo a su resumen
y/o interpretación, adecuándola a los condicionantes que la pueden afectar (canal
de la comunicación: fax, e-mail o carta, costumbres en el uso de la lengua, grafía
deficiente, impresión de baja calidad, entre otros).
CR2.3 La información implícita en informes y/o documentos se extrae, procediendo
a su resumen y/o interpretación, para facilitar el análisis de la situación aplicando
criterios de contextualización y coherencia relacionados con el sector.
CR2.4 Las interfaces de los soportes informáticos que se visualicen se interpretan
en función de la actividad profesional para garantizar el registro y la transmisión de
los datos.
CR2.5 Las necesidades, reclamaciones, incidencias y malentendidos sobre las
actividades profesionales que interactúan con otros interlocutores se interpretan
practicando una escucha atenta para extraer las claves principales, presentando y
transmitiendo distintas soluciones a la persona responsable.
CR2.6 Los avisos, carteles, rótulos de advertencia y peligro situados en el área
de trabajo vinculados a su actividad profesional se interpretan para garantizar la
seguridad del trabajador como un acto de preservación de su integridad física.
CR2.7 Los textos escritos traducidos con herramientas de traducción, manuales
o informáticas se revisan para su mejor interpretación, aplicando criterios de
contextualización a su actividad.
cve: BOE-A-2022-18346
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 269