I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-18346)
Real Decreto 884/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Hostelería y Turismo, Informática y Comunicaciones, Instalación y Mantenimiento, y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. I. Pág. 152465
CR5.3 Las actividades alternativas de inmersión en la cultura marinera como
participación en la limpieza del pescado, mantenimiento de las instalaciones
acuícolas, reparación de redes, entre otras, se ofrecen, comprobando las situaciones
en su caso, de intolerancias y/o alergias, de manera empática y motivadora para
garantizar la seguridad y transmisión de los valores de protección al medio local.
CR5.4 Las actividades alternativas de participación en elaboración de platos en
el pesquero se ofrecen, coordinando con ellos funciones, para que la experiencia
resulte lúdica y la información de propiedades del producto, recetas tradicionales,
cultura gastronómica de la zona entre otras, quede transmitida.
CR5.5 La degustación de productos locales en la embarcación se inicia, incluyendo
en su caso especies capturadas o extraídas durante la actividad, y de forma que
los turistas estén atendidos en caso de situaciones de intolerancias y/o alergias,
disfruten y conozcan los productos del territorio.
CR5.6 La divulgación de información de las subastas, se transmite, visitando la lonja
o el punto de venta de la cofradía, de forma que los turistas observen la importancia
de la actividad para la economía local y el disfrute de la actividad lúdica quede
satisfecho.
CR5.7 Las actividades de venta vinculadas con la pesca-turismo se aplican,
ofreciendo a los turistas la compra directa del pescado capturado o de los productos
acuícolas extraídos durante la excursión de forma que la normativa aplicable de
control y calidad quede asegurada.
CR5.8 Las actividades de venta y/o degustación del pescado comprado durante la
excursión se ofrecen, acordando con establecimientos hosteleros como restaurantes,
hoteles, entre otros, ofertas gastronómicas para los turistas y/o autóctonos de forma
que la economía circular del territorio quede satisfecha.
RP6: Evaluar los servicios guiados, mediante métodos estandarizados, aplicando la
perspectiva de género, y los principios de inclusividad tales como entrevistas, sondeos,
cuestionarios o preguntas dirigidas, entre otros, para valorar la efectividad y sostenibilidad
de los mismos y aplicar la retroalimentación para la mejora de futuras intervenciones
guiadas, así como dar a conocer en redes sociales la actividad desarrollada.
CR6.1 La consecución de los objetivos se comprueba, con documentos de apoyo,
formularios, entre otros, corroborando el disfrute de la actividad de pesca-turismo y
la seguridad de los turistas.
CR6.2 El material gráfico como fotografías, vídeos, entre otros, recopilados durante
la actividad de pesca-turismo, se envía a los turistas y/o publica en RRSS (redes
sociales) previa autorización de los mismos con la firma de consentimiento y de
protección de datos personales, para garantizar la comunicación, fidelización y
satisfacción entre ambas partes.
CR6.3 Las encuestas recogidas propias del organizador y/o empresa se evalúan
cualitativa y cuantitativamente, segmentando la información según el servicio o
atributo de la actividad de pesca-turismo.
CR6.4 La información obtenida como resultado de la evaluación de la actividad,
se analiza, mediante memorias periódicas desarrolladas según las técnicas de
recopilación, sistematización, archivo y actualización de la información obtenida,
entre otras, para orientar la mejora continua de las actividades posteriores.
cve: BOE-A-2022-18346
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 269
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. I. Pág. 152465
CR5.3 Las actividades alternativas de inmersión en la cultura marinera como
participación en la limpieza del pescado, mantenimiento de las instalaciones
acuícolas, reparación de redes, entre otras, se ofrecen, comprobando las situaciones
en su caso, de intolerancias y/o alergias, de manera empática y motivadora para
garantizar la seguridad y transmisión de los valores de protección al medio local.
CR5.4 Las actividades alternativas de participación en elaboración de platos en
el pesquero se ofrecen, coordinando con ellos funciones, para que la experiencia
resulte lúdica y la información de propiedades del producto, recetas tradicionales,
cultura gastronómica de la zona entre otras, quede transmitida.
CR5.5 La degustación de productos locales en la embarcación se inicia, incluyendo
en su caso especies capturadas o extraídas durante la actividad, y de forma que
los turistas estén atendidos en caso de situaciones de intolerancias y/o alergias,
disfruten y conozcan los productos del territorio.
CR5.6 La divulgación de información de las subastas, se transmite, visitando la lonja
o el punto de venta de la cofradía, de forma que los turistas observen la importancia
de la actividad para la economía local y el disfrute de la actividad lúdica quede
satisfecho.
CR5.7 Las actividades de venta vinculadas con la pesca-turismo se aplican,
ofreciendo a los turistas la compra directa del pescado capturado o de los productos
acuícolas extraídos durante la excursión de forma que la normativa aplicable de
control y calidad quede asegurada.
CR5.8 Las actividades de venta y/o degustación del pescado comprado durante la
excursión se ofrecen, acordando con establecimientos hosteleros como restaurantes,
hoteles, entre otros, ofertas gastronómicas para los turistas y/o autóctonos de forma
que la economía circular del territorio quede satisfecha.
RP6: Evaluar los servicios guiados, mediante métodos estandarizados, aplicando la
perspectiva de género, y los principios de inclusividad tales como entrevistas, sondeos,
cuestionarios o preguntas dirigidas, entre otros, para valorar la efectividad y sostenibilidad
de los mismos y aplicar la retroalimentación para la mejora de futuras intervenciones
guiadas, así como dar a conocer en redes sociales la actividad desarrollada.
CR6.1 La consecución de los objetivos se comprueba, con documentos de apoyo,
formularios, entre otros, corroborando el disfrute de la actividad de pesca-turismo y
la seguridad de los turistas.
CR6.2 El material gráfico como fotografías, vídeos, entre otros, recopilados durante
la actividad de pesca-turismo, se envía a los turistas y/o publica en RRSS (redes
sociales) previa autorización de los mismos con la firma de consentimiento y de
protección de datos personales, para garantizar la comunicación, fidelización y
satisfacción entre ambas partes.
CR6.3 Las encuestas recogidas propias del organizador y/o empresa se evalúan
cualitativa y cuantitativamente, segmentando la información según el servicio o
atributo de la actividad de pesca-turismo.
CR6.4 La información obtenida como resultado de la evaluación de la actividad,
se analiza, mediante memorias periódicas desarrolladas según las técnicas de
recopilación, sistematización, archivo y actualización de la información obtenida,
entre otras, para orientar la mejora continua de las actividades posteriores.
cve: BOE-A-2022-18346
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 269