I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-18345)
Real Decreto 883/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, y Fabricación Mecánica, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se suprime una cualificación profesional de la familia profesional Energía y Agua, establecida por el Real Decreto 716/2010, de 28 de mayo, recogida en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269

Miércoles 9 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 152007

medioambiental y planificación de la actividad preventiva en cuanto a seguridad y
bioseguridad. Normativa sobre bienestar, sanidad y transporte de animales. Normativa
sobre protección animal. Normativa sobre uso sostenible de los productos fitosanitarios.
Normativa sobre régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos. Normativa sobre
prevención de riesgos laborales.
UNIDAD DE COMPETENCIA 2: TRAMITAR LA DOCUMENTACIÓN DE ENTRADA
Y SALIDA DE ANIMALES DEL CENTRO DE PROTECCIÓN, LA DEL NÚCLEO
ZOOLÓGICO Y LA RELATIVA A LAS INSPECCIONES
Nivel: 3
Código: UC2602_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Tramitar la entrada de los animales al centro de protección, según su procedencia,
especie y características, cumpliendo los protocolos de recepción de animales establecidos
por la dirección del mismo.
CR1.1 Los animales entregados por sus dueños en el centro de protección se
examinan, requiriendo su documentación y preparando los impresos reglamentarios
para su entrega legal.
CR1.2 Los animales recogidos en vía pública se identifican (mediante lectura
de microchip, crotal, anilla, entre otros), llevando a cabo las actuaciones que
correspondan, según la situación que se encuentra asociada a su estado de
reconocimiento.
CR1.3 Los animales identificados recogidos en vía pública se custodian, alojándolos
en el centro de protección mientras se intenta la localización de sus propietarios
legales, procurando que tengan sus necesidades de bienestar cubiertas.
CR1.4 Los animales no identificados recogidos en vía pública se custodian,
alojándolos en el centro de protección, iniciando el procedimiento de identificación y
sanitario establecidos por el mismo.

CR1.6 Los animales que ingresan en el centro de protección se clasifican inicialmente,
mediante examen veterinario y de comportamiento, estableciendo con esos datos su
alojamiento y pautas de alimentación y manejo.

cve: BOE-A-2022-18345
Verificable en https://www.boe.es

CR1.5 Los animales que ingresen en el centro de protección procedentes de una
incautación asociada a un proceso judicial se custodian en el mismo hasta que el
proceso concluya o se determine por la autoridad judicial competente, atendiendo
sus necesidades sanitarias, comportamentales y de alojamiento.