I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-18345)
Real Decreto 883/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, y Fabricación Mecánica, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se suprime una cualificación profesional de la familia profesional Energía y Agua, establecida por el Real Decreto 716/2010, de 28 de mayo, recogida en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269

Miércoles 9 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 152006

se evalúan (acontecimientos, pautas, indicaciones, entre otros) para la atención y
trazabilidad del animal.
RP6: Gestionar la información relativa a las obligaciones fiscales y contables para conocer
el balance económico de la entidad, presentando la documentación ante la Agencia
Tributaria.
CR6.1 El alta del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de la entidad se
gestiona, al inicio de su constitución, tramitando la documentación en la Agencia
Tributaria.
CR6.2 El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), en el caso que exista actividad
económica, se declara, presentando la documentación en el plazo establecido dentro
del calendario Fiscal de la Agencia Tributaria y registrándolo en papel o formato
digital.
CR6.3 Las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF),
en el caso que se tengan trabajadores y/o proveedores profesionales con retenciones
se declaran, presentando la documentación en el plazo establecido dentro del
calendario Fiscal de la Agencia Tributaria y registrándolo en papel o formato digital.
CR6.4 El Impuesto de Actividades, en el caso que se supere una facturación superior
indicada en la normativa vigente, se declara, presentando la documentación en el
plazo establecido dentro del calendario Fiscal de la Agencia Tributaria y registrándolo
en papel o formato digital.
CR6.5 El Balance anual contable se presenta ante la Agencia Tributaria, con fecha
tope indicada en la normativa vigente, para aportar información sobre lo que se
ingresa y se gasta y registrándolo en papel o formato digital.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Equipos informáticos, de archivo y documentales.
Productos y resultados:

Información utilizada o generada:
Protocolos de actuación y de gestión. Protocolo higiénico-sanitario y de seguridad.
Protocolos de compra y aprovisionamiento. Protocolos de recepción y de registro.
Documentación relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Contabilidad, Impuestos de Actividades. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Impuesto
de Actividades Económicas (IAE). Libros de Registros internos. Manuales, guías o
documentos técnicos para recogida y captura de animales. Manuales sobre manipulación
y manejo de animales. Normativa reguladora de la actividad. Normativa sobre protección

cve: BOE-A-2022-18345
Verificable en https://www.boe.es

Protocolos de actuación del personal laboral y del voluntariado elaborados. Protocolo
higiénico sanitario y de seguridad elaborado. Objetivos y calendario de actividades
anuales determinados. Protocolos de compra y aprovisionamiento con los proveedores
elaborados. Protocolos de recepción y registro de los animales elaborados. Información
relativa a las obligaciones fiscales y contables gestionadas.