I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-18345)
Real Decreto 883/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, y Fabricación Mecánica, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se suprime una cualificación profesional de la familia profesional Energía y Agua, establecida por el Real Decreto 716/2010, de 28 de mayo, recogida en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 151935

CR1.3 Las palmeras afectadas por problemas sanitarios o plagas de gestión
diferenciada se eliminan, cuando no hay posibilidad de recuperación, según el Plan
de Sanidad Vegetal Integral de la explotación, con medidas especiales de control de
las autoridades autonómicas de Sanidad Vegetal, arrancándolas y comprobando su
estado vegetal para proceder a su gestión en vertedero autorizado.
CR1.4 La palmera se prepara en condiciones de calidad, según las normas técnicas
de jardinería NTJ: suministro del material vegetal e implantación del material vegetal,
cuando sea para trasplante, podando palmas de la zona media-baja de la corona, y
atando y despuntando las restantes, y en el caso de palmeras de gran porte, cuando
estas han sido depositadas completamente en el suelo.
CR1.5 La palmera se excava, respetando los tamaños mínimos de cepellón según
la norma técnica de jardinería: suministro del material vegetal, manualmente, con
cepellonadora mecánica o excavadora, de acuerdo a las condiciones de la ubicación
original (tipo de suelo, tamaño de palmera, presencia de hijuelos, accesibilidad y
riesgo de vuelco), redondeando el cepellón con el huché (pala de corte) para quitar
raíces deshilachadas y reacondicionando el lugar de extracción.
CR1.6 La palmera se carga con grúa, atándola con una eslinga por encima del centro
de masas, con cuidado de no golpearla o provocarle daños en la zona de la balona
y cumpliendo los requisitos de seguridad laboral.
CR1.7 Las palmeras destinadas a viveros de comercialización se preparan, adaptando
el tamaño del cepellón en función de su altura y técnica de plantación (contenedor
plástico, jaula de malla electrosoldada, entre otras) para su posterior carga en camión,
mientras que las destinadas a jardín o plantación regular, acondicionándolas en su
lugar de plantación con tempero, aportando sustrato orgánico, eliminando bolsas de
aire e hidratando para garantizar su asiento y viabilidad, haciendo posteriormente
seguimiento de marras para evaluar la eficacia operativa de las labores de plantación
de trasplante.
CR1.8 La documentación necesaria para el transporte de palmeras en el caso de
palmeras destinadas a transacciones comerciales y trasplante a parcelas diferentes de
las originales se prepara, comprobando que están presentes pasaporte fitosanitario,
albarán y documento de transporte CMR (Convenio de Transporte Internacional de
Mercancías por Carretera).
RP2: Recoger palma, trasladándola con medios de transporte homologados para su
clasificación y acondicionamiento.
CR2.1 Las herramientas y material de trabajo (corvilla, navaja, cuchillo de corte, corvellot y
horquilla, entre otros) se mantienen en estado de uso, mediante revisiones, limpiándolas,
desinfectándolas y afilándolas con amoladora de agua o piedra de afilar.
CR2.2 La palma se recoge del suelo tras su caída, pelando y retirando las pinchas
de la base del cascabote, desde la última hoja hasta el final, recortando este, si fuera
necesario, para darle el tamaño adecuado para su agrupamiento.
CR2.3 Las palmas ya peladas se recogen, agrupándolas por haces atados con los
vencejos del capuchón para cargarlas en el medio de transporte, optimizando el
espacio y favoreciendo la posterior descarga.

cve: BOE-A-2022-18345
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Núm. 269