I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-18345)
Real Decreto 883/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, y Fabricación Mecánica, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se suprime una cualificación profesional de la familia profesional Energía y Agua, establecida por el Real Decreto 716/2010, de 28 de mayo, recogida en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. I. Pág. 152016
RP3: Supervisar las zonas de alojamiento, esparcimiento y medios de transporte,
comprobando que se mantienen en condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad, para
garantizar a los animales condiciones físicas y psíquicas.
CR3.1 Las condiciones higiénico-sanitarias de las áreas del centro de protección
se supervisan, comprobando que se mantienen con la periodicidad y técnica de
ejecución indicadas en el protocolo de higiénico-sanitario establecido en el mismo.
CR3.2 La limpieza de las zonas de alojamiento se comprueba diariamente, verificando
que se efectúa de forma intensiva, en dos ocasiones a lo largo de la jornada laboral,
que quedan secas e higienizadas, listas para el descanso del animal y que se registra
en los partes de trabajos establecidos para tal fin.
CR3.3 Las áreas de esparcimiento se revisan con carácter diario, comprobando la
retirada de las secreciones, la aplicación de desinfectante y su higienización para
la siguiente jornada, así como, la selección de productos a usar, atendiendo a su
impacto sobre el animal.
CR3.4 La desinfección de los medios de transporte y del material de contención se
revisa tras cada uso, verificando que se sigue el protocolo higiénico-sanitario y que
el material en contacto con positivos a enfermedades infecto-contagiosas se retira y
pone en cuarentena.
CR3.5 La higiene y limpieza de las áreas de cuarentena y sanitarias, se supervisan,
comprobando que se aplican los protocolos higiénicos-sanitarios, que se extreman
las medidas preventivas en ellas y que se atiende a la observación de las posibles
enfermedades (parásitos, infectocontagiosas, entre otras).
CR3.6 Las instalaciones se revisan, periódicamente, comprobando que garantizan la
imposibilidad de fugas del centro de protección, así como que el material usado no
provoca daños al animal.
RP4: Controlar el estado de instalaciones, cerramientos, espacios exteriores, dormitorios,
recintos y otras instalaciones del centro de protección animal, para su mantenimiento,
atendiendo a las condiciones higiénico-sanitarias y ambientales del mismo, así como a las
condiciones físicas óptimas para el bienestar de los animales.
CR4.1 Las instalaciones, recintos y equipos del centro de protección se comprueban,
verificando la ventilación, calefacción, funcionamiento y limpieza de comederos,
bebederos, filtros de los estanques, equipos de monitorización, neveras para
alimentos, medicamentos, arcones congeladores, entre otros, según los estándares
sanitarios y de bienestar animal establecidos internamente referidos a las necesidades
de los animales.
CR4.2 El estado de higiene de estancias interiores, incluidas jaulas y recintos
exteriores se controla, comprobando que se depositan en contenedores específicos
que facilitan su recogida separada.
CR4.3 Los recintos y estancias para animales se comprueban, verificando que se
baldean con agua, utilizando mangueras u otros mecanismos de agua caliente a
presión (de varios tamaños para cheniles, trasportines, entre otros), empleando
detergentes y desinfectantes, manipulando los instrumentos, vestuario y equipo
cve: BOE-A-2022-18345
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 269
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. I. Pág. 152016
RP3: Supervisar las zonas de alojamiento, esparcimiento y medios de transporte,
comprobando que se mantienen en condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad, para
garantizar a los animales condiciones físicas y psíquicas.
CR3.1 Las condiciones higiénico-sanitarias de las áreas del centro de protección
se supervisan, comprobando que se mantienen con la periodicidad y técnica de
ejecución indicadas en el protocolo de higiénico-sanitario establecido en el mismo.
CR3.2 La limpieza de las zonas de alojamiento se comprueba diariamente, verificando
que se efectúa de forma intensiva, en dos ocasiones a lo largo de la jornada laboral,
que quedan secas e higienizadas, listas para el descanso del animal y que se registra
en los partes de trabajos establecidos para tal fin.
CR3.3 Las áreas de esparcimiento se revisan con carácter diario, comprobando la
retirada de las secreciones, la aplicación de desinfectante y su higienización para
la siguiente jornada, así como, la selección de productos a usar, atendiendo a su
impacto sobre el animal.
CR3.4 La desinfección de los medios de transporte y del material de contención se
revisa tras cada uso, verificando que se sigue el protocolo higiénico-sanitario y que
el material en contacto con positivos a enfermedades infecto-contagiosas se retira y
pone en cuarentena.
CR3.5 La higiene y limpieza de las áreas de cuarentena y sanitarias, se supervisan,
comprobando que se aplican los protocolos higiénicos-sanitarios, que se extreman
las medidas preventivas en ellas y que se atiende a la observación de las posibles
enfermedades (parásitos, infectocontagiosas, entre otras).
CR3.6 Las instalaciones se revisan, periódicamente, comprobando que garantizan la
imposibilidad de fugas del centro de protección, así como que el material usado no
provoca daños al animal.
RP4: Controlar el estado de instalaciones, cerramientos, espacios exteriores, dormitorios,
recintos y otras instalaciones del centro de protección animal, para su mantenimiento,
atendiendo a las condiciones higiénico-sanitarias y ambientales del mismo, así como a las
condiciones físicas óptimas para el bienestar de los animales.
CR4.1 Las instalaciones, recintos y equipos del centro de protección se comprueban,
verificando la ventilación, calefacción, funcionamiento y limpieza de comederos,
bebederos, filtros de los estanques, equipos de monitorización, neveras para
alimentos, medicamentos, arcones congeladores, entre otros, según los estándares
sanitarios y de bienestar animal establecidos internamente referidos a las necesidades
de los animales.
CR4.2 El estado de higiene de estancias interiores, incluidas jaulas y recintos
exteriores se controla, comprobando que se depositan en contenedores específicos
que facilitan su recogida separada.
CR4.3 Los recintos y estancias para animales se comprueban, verificando que se
baldean con agua, utilizando mangueras u otros mecanismos de agua caliente a
presión (de varios tamaños para cheniles, trasportines, entre otros), empleando
detergentes y desinfectantes, manipulando los instrumentos, vestuario y equipo
cve: BOE-A-2022-18345
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 269