III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-18306)
Resolución 420/38426/2022, de 28 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas del Grado Universitario en Nutrición y Dietética.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268

Martes 8 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 151594

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es proporcionar formación práctica a los estudiantes,
cuyos datos se recogerán en el modelo que se indica en el anexo, que cursan estudios
en el grado de nutrición humana y dietética en la Universidad Autónoma de Madrid, en
adelante, UAM, en las instalaciones del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla»
Centro Sanitario de «Vida y Esperanza», en adelante HCDGU-CSVE, dependiente de la
Inspección General de Sanidad de la Defensa, en adelante IGESANDEF.
Segunda. Aportaciones del Ministerio de Defensa.
El Ministerio de Defensa ofrece por medio del HCDGU-CSVE:
a) Poner a disposición de la UAM, para fines docentes, las dependencias que se
consideren necesarias para la adecuada formación de los estudiantes en el ámbito
sanitario y que por acuerdo de la Comisión de Seguimiento se decidan incluir en el
programa docente, comprometiéndose a mantener el nivel adecuado para la finalidad del
presente convenio.
b) Acoger a los estudiantes y organizar sus actividades con arreglo a lo establecido
en el proyecto formativo.
c) Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de la práctica, y prestar ayuda al
estudiante en la resolución de las cuestiones de carácter profesional que pueda
necesitar en el desempeño de la actividad que realiza.
d) Informar sobre la organización y funcionamiento del HCDGU-CSVE y de la
normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
e) Procurar el correcto desarrollo y seguimiento de las actividades académicas del
estudiante.
f) Realizar y remitir al tutor académico del Centro el informe final y, en su caso, el
intermedio de seguimiento, según modelos facilitados por la UAM.
g) Proveer al estudiante de todo el equipo técnico necesario e imprescindible para
la adecuada realización de las prácticas, teniendo como principal criterio la seguridad del
estudiante, según lo establecido por la normativa de riesgos laborales.
Tercera. Aportaciones de la Universidad Autónoma de Madrid.

a) Favorecer la formación en el ámbito sanitario de la nutrición y dietética de
aquellos militares profesionales de tropa y marinería que estén interesados en ello.
b) Llevar a cabo la tutela del estudiante.
c) Mantener un seguro de accidentes y responsabilidad civil. A este respecto, se
proporcionará a los estudiantes que realicen prácticas relacionadas con el ámbito
sanitario de nutrición y dietética el oportuno seguro de accidentes, incluidos los
accidentes «in itinere». La responsabilidad civil derivada de las prácticas quedará, en su
caso, cubierta por un seguro específico suscrito por la UAM.
d) Respetar los aspectos confidenciales de la actividad desarrollada por el
estudiante en la entidad colaboradora. En el caso que proceda, otorgar, tras recibir el
informe del tutor del HCDGU-CSVE, la pertinente calificación de las prácticas, que se
hará constar en el expediente académico del estudiante.
e) Reconocer prácticas curriculares.

cve: BOE-A-2022-18306
Verificable en https://www.boe.es

La UAM ofrece: