III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-18180)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el X Convenio colectivo de Lufthansa Cargo AG.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266
Sábado 5 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 151135
Grupo C2: Funciones con responsabilidad directiva ante empleados/as de hasta el
Grupo C1, o tareas del Grupo C1, cuyo grado de dificultad tiene exigencias claramente
mayores en cuanto a conocimientos profesionales y capacidad de decisión
Por ejemplo:
Jefe/a de Servicio.
Promotores/as de ventas I.
Encargados/as (Jefe) I.
Grupo D: Funciones com responsabilidad directiva ante empleados/as de hasta el
grupo C2, o tareas del Grupo C2, cuyo grado de dificultad tiene exigencias claramente
mayores en cuanto a conocimientos profesionales y capacidad de decisión y
organización.
Definición de los niveles III, II y I de las actividades laborales
Se definen los niveles como sigue:
Nivel III: Empleados/as sin formación profesional del ramo o experiencia durante la
formación interna para llegar el nivel II.
Nivel II: Empleados/as con conocimiento profesionales profundos y experiencia en el ramo.
Nivel I: Empleados/as que, por sus amplias actividades, sobresalen del Nivel I.
ANEXO II
LCAG
Group
Appendix II
A
B1
B2
B3
C1
C2
D
Minimum
1.054,49
1.159,97
1.275,92
1.403,53 1.614,05 1.856,17
2.546,85
Maximum
1.538,36
1.861,41
2.252,31
2.721,53 3.425,35 4.129,23
4.457,61
COUNTRY:
Spain
eff.
01/01/2022
currency: €
from: MAD CAL
Suplemento transporte:
Zona 1: 0-12 km, 3,03 euros/día.
Zona 2: 12,1-24,0 km, 3,85 euros/día.
Zona 3: > 24,0 km, 5.10 euros/día.
Suplemento casa:
Importe de 140 euros × 12.
cve: BOE-A-2022-18180
Verificable en https://www.boe.es
El suplemento de transporte se abonará a mes vencido.
Se calcula con importes iguales para todos los meses de dieciocho días hábiles al
mes.
Del plus de transporte se descontarán sólo los días de ausencia por enfermedad.
Para todos los empleados nuevos se usa solamente este sistema de cálculo, para los
empleados con antigüedad posterior al 1 de Julio de 2008, en el caso de que con el
nuevo sistema el suplemento fuera menor se mantiene el importe pagado hasta ese
momento.
La distancia se mide del domicilio del empleado o empleada hasta el centro de
trabajo de la empresa, mediante Vía Michelin (www.viamichelin.es), con el modelo de vía
corta. Dependiendo de la distancia hay tres zonas:
Núm. 266
Sábado 5 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 151135
Grupo C2: Funciones con responsabilidad directiva ante empleados/as de hasta el
Grupo C1, o tareas del Grupo C1, cuyo grado de dificultad tiene exigencias claramente
mayores en cuanto a conocimientos profesionales y capacidad de decisión
Por ejemplo:
Jefe/a de Servicio.
Promotores/as de ventas I.
Encargados/as (Jefe) I.
Grupo D: Funciones com responsabilidad directiva ante empleados/as de hasta el
grupo C2, o tareas del Grupo C2, cuyo grado de dificultad tiene exigencias claramente
mayores en cuanto a conocimientos profesionales y capacidad de decisión y
organización.
Definición de los niveles III, II y I de las actividades laborales
Se definen los niveles como sigue:
Nivel III: Empleados/as sin formación profesional del ramo o experiencia durante la
formación interna para llegar el nivel II.
Nivel II: Empleados/as con conocimiento profesionales profundos y experiencia en el ramo.
Nivel I: Empleados/as que, por sus amplias actividades, sobresalen del Nivel I.
ANEXO II
LCAG
Group
Appendix II
A
B1
B2
B3
C1
C2
D
Minimum
1.054,49
1.159,97
1.275,92
1.403,53 1.614,05 1.856,17
2.546,85
Maximum
1.538,36
1.861,41
2.252,31
2.721,53 3.425,35 4.129,23
4.457,61
COUNTRY:
Spain
eff.
01/01/2022
currency: €
from: MAD CAL
Suplemento transporte:
Zona 1: 0-12 km, 3,03 euros/día.
Zona 2: 12,1-24,0 km, 3,85 euros/día.
Zona 3: > 24,0 km, 5.10 euros/día.
Suplemento casa:
Importe de 140 euros × 12.
cve: BOE-A-2022-18180
Verificable en https://www.boe.es
El suplemento de transporte se abonará a mes vencido.
Se calcula con importes iguales para todos los meses de dieciocho días hábiles al
mes.
Del plus de transporte se descontarán sólo los días de ausencia por enfermedad.
Para todos los empleados nuevos se usa solamente este sistema de cálculo, para los
empleados con antigüedad posterior al 1 de Julio de 2008, en el caso de que con el
nuevo sistema el suplemento fuera menor se mantiene el importe pagado hasta ese
momento.
La distancia se mide del domicilio del empleado o empleada hasta el centro de
trabajo de la empresa, mediante Vía Michelin (www.viamichelin.es), con el modelo de vía
corta. Dependiendo de la distancia hay tres zonas: