III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Dominio público radioeléctrico. (BOE-A-2022-18181)
Orden ETD/1059/2022, de 3 de noviembre, por la que se aprueba el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas para el otorgamiento por subasta de concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico en la banda de 26 GHz y se convoca la correspondiente subasta, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266
Sábado 5 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 151165
mayor de ellos. El procedimiento de generación de índices aleatorios está implementado
en la PES.
En la primera ronda los licitadores deberán pujar por, al menos, una concesión
demanial, no pudiendo utilizar una dispensa (ver apartado 4.3), y siendo, en todo caso,
aplicables las reglas de actividad establecidas en el apartado 4.2.
En las rondas sucesivas, los licitadores deberán pujar o utilizar una dispensa si:
– No tienen la MPV de alguna o todas las concesiones, y
– Quieren continuar pujando en futuras rondas por las concesiones en las que no
tenga la MPV.
Los licitadores con la MPV en una concesión pueden presentar una puja por esa
misma concesión en futuras rondas sujetos a las mismas restricciones que el resto de
licitadores.
Las rondas se programarán a criterio de la Mesa de Adjudicación, dentro de los
siguientes límites:
– Las rondas tendrán una duración típica de 30 minutos, siendo la duración mínima
de 15 minutos y la máxima de 60 minutos.
– Las rondas se programarán entre las 10:00 y las 18:00, de lunes a viernes.
– La Mesa de Adjudicación podrá acordar la finalización anticipada de la ronda una
vez que todos los licitadores que mantengan puntos de elegibilidad hayan formulado
pujas.
La Mesa de Adjudicación programará cada ronda, como mínimo, diez minutos antes
de la hora de comienzo. En todo caso, cuando la Mesa de Adjudicación decida que no va
a haber más rondas en el mismo día, deberá informar de ello a los licitadores. La
información de la programación de las rondas estará disponible para los licitadores
desde la interfaz de la PES. Es responsabilidad del licitador acceder en todo momento a
la información y comunicaciones que se lleven a cabo a través de la interfaz de la PES.
Para cada ronda, la Mesa de Adjudicación proporcionará la siguiente información:
– La hora de comienzo de la ronda.
– La duración de la ronda.
– El precio vigente para cada concesión en dicha ronda.
Toda esta información estará disponible para los licitadores desde la interfaz de la
PES.
La PES no permitirá introducir pujas que excedan de los límites en la disponibilidad
de frecuencias por un mismo operador a que se refiere la cláusula 14 del pliego, así
como las pujas que superen la Elegibilidad del licitador en esa ronda.
Incrementos de precio en cada una de las rondas.
El precio vigente para cada concesión demanial en la primera ronda será el precio de
salida.
En las sucesivas rondas el precio vigente de una concesión demanial será
determinado por la Mesa de Adjudicación. En concreto, el precio vigente se verá
incrementado si ha recibido pujas válidas en la ronda previa, por una cantidad
determinada por la Mesa de Adjudicación, la cual no podrá ser superior en más de
un 15 % de la puja válida de la ronda previa, mientras que el precio vigente de una
concesión demanial se mantendrá en la misma cantidad que en la ronda anterior si no ha
recibido pujas válidas en la ronda previa.
cve: BOE-A-2022-18181
Verificable en https://www.boe.es
4.1
Núm. 266
Sábado 5 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 151165
mayor de ellos. El procedimiento de generación de índices aleatorios está implementado
en la PES.
En la primera ronda los licitadores deberán pujar por, al menos, una concesión
demanial, no pudiendo utilizar una dispensa (ver apartado 4.3), y siendo, en todo caso,
aplicables las reglas de actividad establecidas en el apartado 4.2.
En las rondas sucesivas, los licitadores deberán pujar o utilizar una dispensa si:
– No tienen la MPV de alguna o todas las concesiones, y
– Quieren continuar pujando en futuras rondas por las concesiones en las que no
tenga la MPV.
Los licitadores con la MPV en una concesión pueden presentar una puja por esa
misma concesión en futuras rondas sujetos a las mismas restricciones que el resto de
licitadores.
Las rondas se programarán a criterio de la Mesa de Adjudicación, dentro de los
siguientes límites:
– Las rondas tendrán una duración típica de 30 minutos, siendo la duración mínima
de 15 minutos y la máxima de 60 minutos.
– Las rondas se programarán entre las 10:00 y las 18:00, de lunes a viernes.
– La Mesa de Adjudicación podrá acordar la finalización anticipada de la ronda una
vez que todos los licitadores que mantengan puntos de elegibilidad hayan formulado
pujas.
La Mesa de Adjudicación programará cada ronda, como mínimo, diez minutos antes
de la hora de comienzo. En todo caso, cuando la Mesa de Adjudicación decida que no va
a haber más rondas en el mismo día, deberá informar de ello a los licitadores. La
información de la programación de las rondas estará disponible para los licitadores
desde la interfaz de la PES. Es responsabilidad del licitador acceder en todo momento a
la información y comunicaciones que se lleven a cabo a través de la interfaz de la PES.
Para cada ronda, la Mesa de Adjudicación proporcionará la siguiente información:
– La hora de comienzo de la ronda.
– La duración de la ronda.
– El precio vigente para cada concesión en dicha ronda.
Toda esta información estará disponible para los licitadores desde la interfaz de la
PES.
La PES no permitirá introducir pujas que excedan de los límites en la disponibilidad
de frecuencias por un mismo operador a que se refiere la cláusula 14 del pliego, así
como las pujas que superen la Elegibilidad del licitador en esa ronda.
Incrementos de precio en cada una de las rondas.
El precio vigente para cada concesión demanial en la primera ronda será el precio de
salida.
En las sucesivas rondas el precio vigente de una concesión demanial será
determinado por la Mesa de Adjudicación. En concreto, el precio vigente se verá
incrementado si ha recibido pujas válidas en la ronda previa, por una cantidad
determinada por la Mesa de Adjudicación, la cual no podrá ser superior en más de
un 15 % de la puja válida de la ronda previa, mientras que el precio vigente de una
concesión demanial se mantendrá en la misma cantidad que en la ronda anterior si no ha
recibido pujas válidas en la ronda previa.
cve: BOE-A-2022-18181
Verificable en https://www.boe.es
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