I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. Sector vitivinícola. (BOE-A-2022-18151)
Ley 6/2022, de 29 de julio, de la Viña y del Vino de Castilla-La Mancha.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266

Sábado 5 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 151068

CAPÍTULO II
De la vertebración del sector
Artículo 52.

Vertebración del sector.

1. La consejería promoverá la constitución, en el sector vitivinícola de Castilla-La
Mancha, de una organización interprofesional de carácter regional que pueda ser
reconocida de conformidad con la normativa existente en la materia.
2. La consejería en sus líneas de actuación, para una mayor vertebración dentro
del sector vitivinícola, promoverá los siguientes objetivos:
a) Fomentar el asociacionismo dentro de la cadena de producción como
herramienta para mejorar las estructuras agroalimentarias, aumentar su dimensión, su
poder de negociación, disminuir costes y mejorar la comercialización, con la finalidad de
aumentar su competitividad basándose en incrementos del valor añadido de sus
productos.
b) Impulsar el relevo generacional favoreciendo la incorporación de jóvenes en
todas las fases del proceso productivo, fomentando su formación como parte de ese
proceso.
c) Fomentar la incorporación de las mujeres en todos los eslabones de la cadena
de producción, normalizando su presencia, y promoviendo la igualdad de oportunidades,
priorizando las políticas de género hasta que la igualdad de hombres y mujeres se haya
hecho efectiva.
3. Los objetivos descritos en el punto anterior, siempre que la normativa lo permita,
deberán establecerse como criterios preferenciales en las disposiciones de ayudas y
subvenciones que se otorguen al sector vitivinícola.
Artículo 53.

El Comité Regional Vitivinícola.

a) La persona titular de la consejería, que lo presidirá.
b) Una persona representante de la Dirección General competente en materia
agroalimentaria.
c) Una persona representante de la Dirección General competente en materia de
agricultura.
d) Una persona representante del Iriaf.
e) Una persona representante de cada una de las organizaciones profesionales
agrarias que sean de carácter general y de ámbito regional, que formen parte de una
estructura a nivel estatal, la cual sea a su vez miembro del Comité de Organizaciones
Profesionales Agrarias.
f) Una persona en representación de las cooperativas agroalimentarias de la región
designada a propuesta de Cooperativas Agro-alimentarias de Castilla-La Mancha.
g) Cinco personas de las organizaciones representativas del sector industrial de los
distintos productos: mosto, vino, vinagre y alcohol.
h) Una persona en representación de las indicaciones geográficas.
i) Una persona en representación del Colegio Oficial de Enología de Castilla-La
Mancha.

cve: BOE-A-2022-18151
Verificable en https://www.boe.es

1. Se crea el Comité Regional Vitivinícola de naturaleza consultiva, adscrito a la
consejería, con el objetivo de coordinar e impulsar el fomento en el sector vitivinícola
entre los diferentes representantes del mismo y la administración.
2. El Comité estará formado por: