I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. Sector vitivinícola. (BOE-A-2022-18151)
Ley 6/2022, de 29 de julio, de la Viña y del Vino de Castilla-La Mancha.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266
Sábado 5 de noviembre de 2022
Sec. I. Pág. 151067
c) Dirigir preferentemente las actuaciones de promoción a los productos
embotellados y a aquellos acogidos a figuras de calidad en base a su mayor valor
añadido.
d) Impulsar estudios de mercado que permitan identificar las fortalezas y
debilidades, así como las oportunidades y amenazas del sector.
e) Elaborar, junto con la consejería competente en materia de comercio, una
estrategia de internacionalización con la finalidad de mejorar la imagen y el conocimiento
de los vinos castellano-manchegos, así como posicionar a las empresas vitivinícolas
regionales en los mercados que sean de interés.
f) Promover la presencia de los productos vitivinícolas de Castilla-La Mancha en las
ferias y eventos tanto nacionales como internacionales de países terceros. En este
sentido se prestará una especial atención a la participación de bodegas y cooperativas
de nuestra región en Fenavin y se promocionará el desarrollo de la misma.
g) Incentivar la inversión del sector productor, preferentemente dirigida a la
innovación, la digitalización, la economía circular y la sostenibilidad ambiental.
h) Apoyar, en colaboración con las consejerías con competencias en la materia, a
la «Fundación Castilla-La Mancha, Tierra de Viñedos» en el cumplimiento de sus fines
estatutarios dirigidos a la promoción del sector vinícola.
i) Fomentar el enoturismo, en colaboración con la consejería competente en
materia de turismo, para la divulgación y conocimiento de la riqueza vitivinícola de la
región y el patrimonio histórico, cultural y social que este sector ha generado.
Artículo 50.
Actuaciones en materia de regulación.
La consejería fomentará mecanismos para la regulación del sector vitivinícola
conforme a los siguientes objetivos:
a) Promover, con la participación de todas las partes interesadas, mecanismos de
autorregulación como herramienta para organizar la producción y adaptarla a las
demandas del mercado.
b) Impulsar la diversificación productiva del viñedo para una mayor sostenibilidad y
competitividad del sector.
c) Facilitar la adopción de acuerdos de campaña como mecanismo para orientar
determinadas producciones hacia la elaboración de mostos, vinagres y alcoholes de
productos vitícolas, promoviendo la diversificación para satisfacer las necesidades del
mercado.
d) Fomentar, como mecanismo para una mejor valorización de las producciones, el
pago diferenciado en bodega en función de los parámetros de calidad de la uva
obtenidos.
Artículo 51.
Actuaciones para el fortalecimiento de la cadena alimentaria.
a) Promover un mejor reparto del valor a lo largo de la cadena alimentaria.
b) Impulsar la transparencia de la formación de los precios, las relaciones
contractuales y de posicionamiento en los distintos eslabones.
c) Facilitar, en el seno del Comité Regional Vitivinícola y/o de la Organización
Interprofesional Regional, la interlocución de los agentes que integran la cadena
alimentaria de Castilla-La Mancha.
d) Fomentar la conformación de figuras de calidad de las establecidas en el título IV
de la ley, con especial énfasis en el sector primario de la cadena.
e) Instar al sector para que se establezcan costes de producción de referencia.
cve: BOE-A-2022-18151
Verificable en https://www.boe.es
La consejería, en sus líneas de actuación para el fortalecimiento de la cadena
alimentaria del sector vitivinícola y dentro del marco de la normativa reguladora del
funcionamiento de la cadena alimentaria, tendrá como objetivos:
Núm. 266
Sábado 5 de noviembre de 2022
Sec. I. Pág. 151067
c) Dirigir preferentemente las actuaciones de promoción a los productos
embotellados y a aquellos acogidos a figuras de calidad en base a su mayor valor
añadido.
d) Impulsar estudios de mercado que permitan identificar las fortalezas y
debilidades, así como las oportunidades y amenazas del sector.
e) Elaborar, junto con la consejería competente en materia de comercio, una
estrategia de internacionalización con la finalidad de mejorar la imagen y el conocimiento
de los vinos castellano-manchegos, así como posicionar a las empresas vitivinícolas
regionales en los mercados que sean de interés.
f) Promover la presencia de los productos vitivinícolas de Castilla-La Mancha en las
ferias y eventos tanto nacionales como internacionales de países terceros. En este
sentido se prestará una especial atención a la participación de bodegas y cooperativas
de nuestra región en Fenavin y se promocionará el desarrollo de la misma.
g) Incentivar la inversión del sector productor, preferentemente dirigida a la
innovación, la digitalización, la economía circular y la sostenibilidad ambiental.
h) Apoyar, en colaboración con las consejerías con competencias en la materia, a
la «Fundación Castilla-La Mancha, Tierra de Viñedos» en el cumplimiento de sus fines
estatutarios dirigidos a la promoción del sector vinícola.
i) Fomentar el enoturismo, en colaboración con la consejería competente en
materia de turismo, para la divulgación y conocimiento de la riqueza vitivinícola de la
región y el patrimonio histórico, cultural y social que este sector ha generado.
Artículo 50.
Actuaciones en materia de regulación.
La consejería fomentará mecanismos para la regulación del sector vitivinícola
conforme a los siguientes objetivos:
a) Promover, con la participación de todas las partes interesadas, mecanismos de
autorregulación como herramienta para organizar la producción y adaptarla a las
demandas del mercado.
b) Impulsar la diversificación productiva del viñedo para una mayor sostenibilidad y
competitividad del sector.
c) Facilitar la adopción de acuerdos de campaña como mecanismo para orientar
determinadas producciones hacia la elaboración de mostos, vinagres y alcoholes de
productos vitícolas, promoviendo la diversificación para satisfacer las necesidades del
mercado.
d) Fomentar, como mecanismo para una mejor valorización de las producciones, el
pago diferenciado en bodega en función de los parámetros de calidad de la uva
obtenidos.
Artículo 51.
Actuaciones para el fortalecimiento de la cadena alimentaria.
a) Promover un mejor reparto del valor a lo largo de la cadena alimentaria.
b) Impulsar la transparencia de la formación de los precios, las relaciones
contractuales y de posicionamiento en los distintos eslabones.
c) Facilitar, en el seno del Comité Regional Vitivinícola y/o de la Organización
Interprofesional Regional, la interlocución de los agentes que integran la cadena
alimentaria de Castilla-La Mancha.
d) Fomentar la conformación de figuras de calidad de las establecidas en el título IV
de la ley, con especial énfasis en el sector primario de la cadena.
e) Instar al sector para que se establezcan costes de producción de referencia.
cve: BOE-A-2022-18151
Verificable en https://www.boe.es
La consejería, en sus líneas de actuación para el fortalecimiento de la cadena
alimentaria del sector vitivinícola y dentro del marco de la normativa reguladora del
funcionamiento de la cadena alimentaria, tendrá como objetivos: