I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2022-18042)
Orden PCM/1049/2022, de 1 de noviembre, por la que se crea la Comisión Interministerial de Biomonitorización Humana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 3 de noviembre de 2022

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permite conocer los niveles de exposición individuales, de la población general o de
grupos específicos, así como las rutas de exposición e identificación de los factores
determinantes de la misma y, en algunos casos, de sus posibles efectos en la salud.
Asimismo, permite diseñar políticas enfocadas a la reducción de la exposición, con
objeto de reducir el daño en las personas y controlar la eficacia de las mismas.
La Comisión Europea ha venido apoyando el desarrollo de la BMH mediante la
financiación de diferentes proyectos a través de sus programas de investigación. En este
sentido, destaca la Iniciativa Europea de Biomonitorización Humana (HBM4EU). Se trata
de un programa plurianual que tiene como objetivo el establecimiento, coordinación y el
avance en la vigilancia de la salud humana en la Unión Europea. Su finalidad última es
contribuir a la mejora de la salud y del bienestar de la población generando conocimiento
acerca de la exposición de los ciudadanos a los contaminantes químicos y sus efectos
sobre la salud y acercando adicionalmente posturas entre el conocimiento científico y las
políticas sanitarias.
Uno de los puntos clave de esta iniciativa es la necesidad de desarrollar estructuras
nacionales estables de BMH que garanticen la sostenibilidad y la continuidad de la red
europea y que cubran las necesidades de cada país participante en materia de
biomonitorización humana. El objetivo global a medio y largo plazo es la constitución de
una estructura estable para el intercambio de información, experiencia y buenas
prácticas en materia de gestión del riesgo de las sustancias químicas.
A su vez, en relación con la Iniciativa Europea de Biomonitorización Humana
(BMH4EU) y dentro del Programa Horizonte Europa de la Unión Europea, que es el
programa marco de investigación e innovación de la Unión Europea para el
período 2021-2027, se ha creado el Partenariado Europeo para la Evaluación de
Riesgos de Sustancias Químicas. Se trata de una fórmula asociativa de investigación e
innovación cuya función es dar apoyo a las autoridades e instituciones encargadas de la
evaluación de riesgo de sustancias químicas, aportando nuevos datos, conocimiento,
métodos y herramientas para abordar los retos y dificultades actuales y también los
futuros con respecto a sustancias químicas emergentes. Entre las áreas principales de
actuación de este programa se incluyen los métodos de BMH.
A diferencia de algunos países de nuestro entorno, España no cuenta con un
programa estable y sostenible de BMH que permita el estudio y vigilancia de la
exposición a sustancias químicas de la población española mediante la realización de
estudios de BMH. No obstante, el Plan Estratégico de Salud y Medio Ambiente,
aprobado el 24 de noviembre de 2021 por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional
de Salud y por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, contempla entre sus
principales líneas de actividad el desarrollo de una estructura de biomonitorización
humana que permita el cumplimiento de sus objetivos.
La Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública establece en su
artículo 12.2 que la vigilancia de salud pública tendrá en cuenta, al menos y entre otros
factores, los riesgos ambientales y sus efectos en la salud, incluida la presencia de los
agentes contaminantes en el medio ambiente y en las personas. A su vez, acorde con su
artículo 3.b), el principio de salud en todas las políticas conlleva conciliar los objetivos de
las diferentes políticas sectoriales con la protección y la mejora de la salud humana.
Por otro lado, el artículo 28 establece las características de las actuaciones de
protección de la salud, identificando el análisis de los riesgos para la salud como la
herramienta de referencia en la que se deben basar las actuaciones de las
administraciones públicas. Dicho análisis incluirá la evaluación, gestión y comunicación
de los riesgos para la salud que puedan derivarse de la exposición de las personas al
entorno en el que viven y a los agentes presentes en el medio que puedan afectar a su
salud. En la evaluación del riesgo, los datos obtenidos de los programas de
monitorización humana frente a sustancias químicas o sus metabolitos, junto con los
datos de los programas de vigilancia de los factores ambientales relacionados con
aquellas, permiten establecer la posible correlación entre la exposición humana y el
efecto potencial en la salud de los mismos.

cve: BOE-A-2022-18042
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Núm. 264