III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-18036)
Resolución de 25 de octubre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Privada Instituto de Salud Global Barcelona, para participar en el proyecto "AIR-NB".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263

Miércoles 2 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 150257

VI. Relación laboral entre las partes.
6.1 La colaboración objeto de este convenio no implica vínculo laboral alguno entre
las Partes firmantes y su personal, y se basa en los principios de buena fe y de eficacia
para que la labor investigadora pueda ser realizada con éxito.
Ambas Partes se comprometen a que todo su personal y/o colaboradores adscritos a
la realización del Proyecto cumpla las obligaciones convenidas en este documento en
cuanto a la forma y modo de su cumplimiento, seguridad, confidencialidad, protección de
datos de carácter personal y respeto de los derechos de propiedad intelectual e
industrial, de conformidad con lo previsto en el mismo.
6.2 Ambas Partes se obligan a estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de
seguridad social, así como del pago de salarios y de cotizaciones a la Seguridad Social
del personal afecto, en su caso, a este convenio, manteniendo indemne a la otra Parte
por dichos conceptos.
6.3 Nada de lo contenido en el presente convenio pretende crear una relación de
asociación conjunta de ningún tipo entre las Partes, ni autorizar a ninguna de las Partes
a actuar como agente de la otra, y ninguna de las Partes tendrá autoridad para actuar en
nombre o en representación de la otra ni para vincularla de ninguna otra forma (incluido,
a título enunciativo y no limitativo, la realización de cualquier manifestación o garantía, la
asunción de cualquier obligación o responsabilidad y el ejercicio de cualquier derecho o
poder).
VII.

Causas de extinción.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 51.1 de la LRJSP, este convenio se
extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir
en alguna de las siguientes causas de resolución, según lo establecido en el apartado 2
del mismo artículo:

En caso de que existiesen actuaciones en curso de ejecución, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 52.3 de la LRJSP, se podrá acordar la continuación y finalización
de éstas en un plazo improrrogable, transcurrido el cual el convenio deberá liquidarse.
Dicho plazo se fijaría por las Partes cuando se resolviera el convenio.
Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 52 de la LRJSP en relación con
los efectos de la resolución de los convenios, a lo que las Partes firmantes quedan
sometidas en lo que les sea de aplicación.
VIII. Protección de datos.
A los efectos de lo que dispone el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en
lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos

cve: BOE-A-2022-18036
Verificable en https://www.boe.es

i. El mutuo acuerdo entre las Partes.
ii. El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
iii. El incumplimiento de las obligaciones y responsabilidades derivadas del
presente convenio. En este caso, cualquiera de las Partes podrá notificar a la Parte
incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las
obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será
comunicado a la Comisión de Seguimiento. Si trascurrido el plazo indicado en el
requerimiento persistiera el incumplimiento, la Parte que lo dirigió notificará a la otra la
concurrencia de causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución
del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados
si así se hubiera previsto.
iv. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio
v. Cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en la normativa vigente.