III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-18032)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Muel de 200 MWp, y su infraestructura de evacuación, en Muel, Zaragoza, La Muela y María de Huerva (Zaragoza)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 2 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 150220
se ha identificado la presencia de chova piquirroja (Pyhrrocorax pyhrrocorax). Además, la
infraestructura afectará a la conectividad entre los núcleos poblacionales de algunas
especies. En cuanto a la LAAT, señala que, en su zona central discurre cerca de un
punto de nidificación de águila real (Aquila chrysaetos; a menos de 300 metros), y en la
zona final a unos 2 kilómetros de un punto de nidificación de alimoche (Neophron
percnopterus). También en la zona hay presencia como nidificante de aguilucho cenizo
(Circus pygargus), y presencia esporádica de avutarda (Otis tarda), y de Milano real
(Milvus milvus), este último en invernada. Por último, señala que las medidas propuestas
por el promotor, pese a ser correctas, son insuficientes para el impacto generado.
Ecologistas en Acción manifiesta su preocupación por la disminución del hábitat de
las especies de avifauna en términos análogos a los expresados en el informe de la
citada Dirección General.
El Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del Gobierno de Aragón señala
una reducción del hábitat disponible para aves esteparias en zonas del futuro plan de
recuperación de especies esteparias. Añade, que el proyecto se sitúa dentro de áreas
críticas definidas por el plan de conservación del Cernícalo Primilla y, si bien reconoce
que no hay datos de ocupación importantes en los primillares cercanos, señala que se
deberá garantizar la consecución de los objetivos del Plan de Conservación, aplicando
medidas de gestión del hábitat, permitiendo la consolidación de la expansión poblacional.
Añade que el ámbito del Plan de recuperación de águila azor perdicera es atravesado
por la LAAT, aunque el proyecto podría ser compatible de seguirse las medidas
establecidas en el Decreto 326/2011. Manifiesta que la LAAT supondrá un riesgo de
colisión para la avifauna, citando la presencia de un águila real y su posible
incompatibilidad con su zona de nidificación, lo cual podría verse minimizado con
diseños subterráneos o bien aprovechando otras líneas existentes o proyectadas. La
longitud del vallado se considera excesiva, por lo que señala que se debe realizar una
propuesta de unificación de vallado en recintos contiguos. El diseño del vallado podría no
garantizar su permeabilidad, por lo que debería incorporar pasos para fauna para evitar
que se convierta en una barrera. El plan de Vigilancia ambiental deberá comprobar que
se mantiene la viabilidad de la avifauna esteparia, realizando censos, seguimientos, etc.
En función de los resultados, se podrán adoptar medidas preventivas, correctoras o
complementarias.
La Dirección General de Ordenación del Territorio. Departamento de Vertebración del
Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón añade que otro impacto será el
derivado de la proliferación de luminarias en el entorno, lo que puede provocar cambios
de comportamiento en la fauna con hábitos nocturnos. (señala la similitud que adquieren
estas plantas desde el aire con láminas de agua, lo que puede provocar cambios en los
movimientos migratorios de las aves que atraviesan la península).
El promotor contesta a todas estas cuestiones y realiza una propuesta de
optimización del proyecto en los siguientes términos:
– En cuanto al vallado, señala que este tendrá una luz de malla superior a 15 cm, no
se enterrará la malla, o se dejará una luz suficiente, para que puedan pasar pequeños
vertebrados. Además, hace una propuesta para la reducción de la longitud del vallado
que supone la ocupación de algunos caminos públicos y, para garantizar el tránsito,
propone alternativas de paso por otros caminos cercanos, aunque estas permutas
requerirán sus correspondientes autorizaciones.
– Adjunta como Anexo un documento de medidas compensatorias que se han
consensuado con el Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de Medio Natural
y Gestión Forestal del Gobierno de Aragón; en concreto propone las siguientes medidas:
a) Para minimizar la potencial afección al Falco naumanii (cernícalo primilla),
propone la construcción de un primillar, situado a más de 4.000 metros de las
instalaciones de producción de energía (parques eólicos o plantas solares), que actuará
como colonia de cría, a través de la puesta en marcha de técnicas de cría campestre.
Además, propone la colocación en el exterior, en un radio de 100 m, de 6 posaderos de
cve: BOE-A-2022-18032
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 263
Miércoles 2 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 150220
se ha identificado la presencia de chova piquirroja (Pyhrrocorax pyhrrocorax). Además, la
infraestructura afectará a la conectividad entre los núcleos poblacionales de algunas
especies. En cuanto a la LAAT, señala que, en su zona central discurre cerca de un
punto de nidificación de águila real (Aquila chrysaetos; a menos de 300 metros), y en la
zona final a unos 2 kilómetros de un punto de nidificación de alimoche (Neophron
percnopterus). También en la zona hay presencia como nidificante de aguilucho cenizo
(Circus pygargus), y presencia esporádica de avutarda (Otis tarda), y de Milano real
(Milvus milvus), este último en invernada. Por último, señala que las medidas propuestas
por el promotor, pese a ser correctas, son insuficientes para el impacto generado.
Ecologistas en Acción manifiesta su preocupación por la disminución del hábitat de
las especies de avifauna en términos análogos a los expresados en el informe de la
citada Dirección General.
El Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del Gobierno de Aragón señala
una reducción del hábitat disponible para aves esteparias en zonas del futuro plan de
recuperación de especies esteparias. Añade, que el proyecto se sitúa dentro de áreas
críticas definidas por el plan de conservación del Cernícalo Primilla y, si bien reconoce
que no hay datos de ocupación importantes en los primillares cercanos, señala que se
deberá garantizar la consecución de los objetivos del Plan de Conservación, aplicando
medidas de gestión del hábitat, permitiendo la consolidación de la expansión poblacional.
Añade que el ámbito del Plan de recuperación de águila azor perdicera es atravesado
por la LAAT, aunque el proyecto podría ser compatible de seguirse las medidas
establecidas en el Decreto 326/2011. Manifiesta que la LAAT supondrá un riesgo de
colisión para la avifauna, citando la presencia de un águila real y su posible
incompatibilidad con su zona de nidificación, lo cual podría verse minimizado con
diseños subterráneos o bien aprovechando otras líneas existentes o proyectadas. La
longitud del vallado se considera excesiva, por lo que señala que se debe realizar una
propuesta de unificación de vallado en recintos contiguos. El diseño del vallado podría no
garantizar su permeabilidad, por lo que debería incorporar pasos para fauna para evitar
que se convierta en una barrera. El plan de Vigilancia ambiental deberá comprobar que
se mantiene la viabilidad de la avifauna esteparia, realizando censos, seguimientos, etc.
En función de los resultados, se podrán adoptar medidas preventivas, correctoras o
complementarias.
La Dirección General de Ordenación del Territorio. Departamento de Vertebración del
Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón añade que otro impacto será el
derivado de la proliferación de luminarias en el entorno, lo que puede provocar cambios
de comportamiento en la fauna con hábitos nocturnos. (señala la similitud que adquieren
estas plantas desde el aire con láminas de agua, lo que puede provocar cambios en los
movimientos migratorios de las aves que atraviesan la península).
El promotor contesta a todas estas cuestiones y realiza una propuesta de
optimización del proyecto en los siguientes términos:
– En cuanto al vallado, señala que este tendrá una luz de malla superior a 15 cm, no
se enterrará la malla, o se dejará una luz suficiente, para que puedan pasar pequeños
vertebrados. Además, hace una propuesta para la reducción de la longitud del vallado
que supone la ocupación de algunos caminos públicos y, para garantizar el tránsito,
propone alternativas de paso por otros caminos cercanos, aunque estas permutas
requerirán sus correspondientes autorizaciones.
– Adjunta como Anexo un documento de medidas compensatorias que se han
consensuado con el Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de Medio Natural
y Gestión Forestal del Gobierno de Aragón; en concreto propone las siguientes medidas:
a) Para minimizar la potencial afección al Falco naumanii (cernícalo primilla),
propone la construcción de un primillar, situado a más de 4.000 metros de las
instalaciones de producción de energía (parques eólicos o plantas solares), que actuará
como colonia de cría, a través de la puesta en marcha de técnicas de cría campestre.
Además, propone la colocación en el exterior, en un radio de 100 m, de 6 posaderos de
cve: BOE-A-2022-18032
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 263