I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Seguridad Social. Contabilidad presupuestaria. (BOE-A-2022-17978)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se aprueba la Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social y se modifica la de 3 de julio de 2014, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263
Miércoles 2 de noviembre de 2022
Sec. I. Pág. 149453
recogiendo el contenido del citado título V de la actual Instrucción de contabilidad, junto
con otros aspectos que hasta ahora no estaban contemplados en la misma, sino en otras
resoluciones aprobadas por este Centro Directivo (fondo de maniobra y pagos a
justificar) que se integran en la nueva instrucción. Asimismo, la nueva instrucción
incorpora reglas específicas para regular diferentes procedimientos contables en función
del tipo de gasto que se va a contabilizar.
Para ello, se ha tomado como referencia la estructura y el contenido recogido en la
Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución de gasto del Estado, con las
precisas adaptaciones al ámbito de las entidades de la Seguridad Social.
Segundo.
La modificación de la Resolución de 3 de julio de 2014, de la Intervención General de
la Seguridad Social, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para las
entidades que integran el sistema de la Seguridad Social para, en primer lugar, suprimir
el citado título V sobre operatoria contable, cuyo contenido pasa a integrarse en la
Instrucción de operatoria contable y, en segundo lugar, efectuar modificaciones en
algunas disposiciones dirigidas a incluir en esta resolución aspectos relacionados con la
elaboración de los documentos contables y con los libros de contabilidad del fondo de
maniobra y pagos a justificar. De esta forma la actual Instrucción de contabilidad se
desprende de las reglas que determinan la operatoria contable y pasa a regular
exclusivamente aquellas propias de la gestión contable, considerada esta como el
conjunto de elementos y actuaciones que permiten el registro contable de las
operaciones económicas de la Seguridad Social que se enmarcan dentro del Sistema de
Información Contable de la Seguridad Social, tales como documentos, trámites,
anotaciones y libros contables.
Esta circunstancia, unida a la necesidad de evitar posibles confusiones
terminológicas, hace conveniente modificar el título de la Instrucción de contabilidad, la
cual, pasa a denominarse Instrucción de gestión contable para las entidades que
integran el sistema de la Seguridad Social.
Finalmente, la hasta ahora denominada Instrucción de contabilidad, también es
objeto de modificación para adaptar una serie de reglas de su título preliminar al
contenido recogido en el Real Decreto 1077/2021, de 7 de diciembre, por el que se
regulan los principios generales y la organización del Sistema de Información Contable
de la Seguridad Social.
Esta Resolución consta de dos artículos, una disposición derogatoria, una
disposición final, y dos anexos.
De acuerdo con lo anterior, y en orden a las competencias directivas y gestoras de la
contabilidad pública en el ámbito de las entidades que integran el sistema de la
Seguridad Social, que otorga el artículo 125.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria a la Intervención General de la Seguridad Social, dispone:
Se aprueba la Instrucción de operatoria contable que figura en el anexo I de esta
Resolución, cuyas normas serán de aplicación a las entidades que integran el sistema de
la Seguridad Social.
cve: BOE-A-2022-17978
Verificable en https://www.boe.es
Artículo primero. Aprobación de la Instrucción de operatoria contable para las
entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
Núm. 263
Miércoles 2 de noviembre de 2022
Sec. I. Pág. 149453
recogiendo el contenido del citado título V de la actual Instrucción de contabilidad, junto
con otros aspectos que hasta ahora no estaban contemplados en la misma, sino en otras
resoluciones aprobadas por este Centro Directivo (fondo de maniobra y pagos a
justificar) que se integran en la nueva instrucción. Asimismo, la nueva instrucción
incorpora reglas específicas para regular diferentes procedimientos contables en función
del tipo de gasto que se va a contabilizar.
Para ello, se ha tomado como referencia la estructura y el contenido recogido en la
Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución de gasto del Estado, con las
precisas adaptaciones al ámbito de las entidades de la Seguridad Social.
Segundo.
La modificación de la Resolución de 3 de julio de 2014, de la Intervención General de
la Seguridad Social, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para las
entidades que integran el sistema de la Seguridad Social para, en primer lugar, suprimir
el citado título V sobre operatoria contable, cuyo contenido pasa a integrarse en la
Instrucción de operatoria contable y, en segundo lugar, efectuar modificaciones en
algunas disposiciones dirigidas a incluir en esta resolución aspectos relacionados con la
elaboración de los documentos contables y con los libros de contabilidad del fondo de
maniobra y pagos a justificar. De esta forma la actual Instrucción de contabilidad se
desprende de las reglas que determinan la operatoria contable y pasa a regular
exclusivamente aquellas propias de la gestión contable, considerada esta como el
conjunto de elementos y actuaciones que permiten el registro contable de las
operaciones económicas de la Seguridad Social que se enmarcan dentro del Sistema de
Información Contable de la Seguridad Social, tales como documentos, trámites,
anotaciones y libros contables.
Esta circunstancia, unida a la necesidad de evitar posibles confusiones
terminológicas, hace conveniente modificar el título de la Instrucción de contabilidad, la
cual, pasa a denominarse Instrucción de gestión contable para las entidades que
integran el sistema de la Seguridad Social.
Finalmente, la hasta ahora denominada Instrucción de contabilidad, también es
objeto de modificación para adaptar una serie de reglas de su título preliminar al
contenido recogido en el Real Decreto 1077/2021, de 7 de diciembre, por el que se
regulan los principios generales y la organización del Sistema de Información Contable
de la Seguridad Social.
Esta Resolución consta de dos artículos, una disposición derogatoria, una
disposición final, y dos anexos.
De acuerdo con lo anterior, y en orden a las competencias directivas y gestoras de la
contabilidad pública en el ámbito de las entidades que integran el sistema de la
Seguridad Social, que otorga el artículo 125.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria a la Intervención General de la Seguridad Social, dispone:
Se aprueba la Instrucción de operatoria contable que figura en el anexo I de esta
Resolución, cuyas normas serán de aplicación a las entidades que integran el sistema de
la Seguridad Social.
cve: BOE-A-2022-17978
Verificable en https://www.boe.es
Artículo primero. Aprobación de la Instrucción de operatoria contable para las
entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.