I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Seguridad Social. Contabilidad presupuestaria. (BOE-A-2022-17978)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se aprueba la Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social y se modifica la de 3 de julio de 2014, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
82 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263

Miércoles 2 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 149452

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Intervención General de la
Seguridad Social, por la que se aprueba la Instrucción de operatoria contable
para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social y se
modifica la de 3 de julio de 2014, por la que se aprueba la Instrucción de
contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad
Social.

La Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la
Seguridad Social, aprobada por Resolución de 3 de julio de 2014 de la Intervención
General de la Seguridad Social, recoge en su título V, denominado operatoria contable
una regulación del procedimiento general que se debe seguir para la contabilización de
la gestión del presupuesto de gastos y de ingresos, las operaciones de cierre del
ejercicio y las operaciones de rectificación.
En el citado título, se recogen instrucciones relacionadas con la contabilización de la
gestión de los créditos del presupuesto de gastos (apertura, modificación de los créditos
iniciales y disponibilidad de créditos), de la ejecución del presupuesto de gastos, con el
conjunto de fases de ejecución presupuestarias y de las operaciones relativas a obligaciones
de ejercicios cerrados. En términos equivalentes, se recogen las reglas aplicables a la
contabilización de la gestión del presupuesto de ingresos (apertura y actualización de las
previsiones iniciales), de las distintas fases de ejecución del presupuesto de ingresos y de las
operaciones de relativas a derechos de ejercicios cerrados.
Asimismo, se regulan las instrucciones para el cierre contable, como las relativas a la
clasificación correcta de cuentas, a las operaciones relacionadas con la aplicación del
principio contable de devengo, a las correcciones valorativas como amortizaciones y
deterioros de valor y las actuaciones para la regularización de resultados. Por último, se
recogen los procedimientos contables específicos ante supuestos de errores cometidos
en el registro de operaciones de naturaleza presupuestaria, no presupuestaria y
patrimonial.
Sin embargo, dicho título V carece, por un lado, de instrucciones contables relativas
a otros aspectos que se encuentran regulados en otras resoluciones aprobadas por este
Centro Directivo en materia contable, como son los procedimientos especiales de pago
que conforman el fondo de maniobra y los pagos a justificar, así como de reglas que
regulen procedimientos específicos para el registro contable en función del tipo de gasto
(personal, prestaciones, gastos corrientes en bienes y servicios, etc.) que no se
encuentran expresamente regulados en el ámbito de las entidades que integran el
sistema de la Seguridad Social, debiendo aplicar como norma supletoria la Instrucción de
operatoria contable a seguir en la ejecución de gasto del Estado, aprobada por Orden
de 1 de febrero de 1996 del entonces Ministerio de Economía y Hacienda.
Por todo ello, para resolver la carencia regulatoria existente en dicho ámbito y,
asimismo, mejorar la organización y estructura normativa de las instrucciones contables
aplicables a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, se hace
preciso dictar por parte de esta Intervención General de la Seguridad Social, una
resolución que disponga:
Primero.
La aprobación de una nueva instrucción que integre el conjunto de la operatoria
contable a seguir por las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social,

cve: BOE-A-2022-17978
Verificable en https://www.boe.es

17978