III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Real Federación Española de Balonmano. Estatutos. (BOE-A-2022-17958)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Balonmano.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Martes 1 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 149218

G) Los derechos y cuotas que, en relación con las personas afiliadas, establezca la
Asamblea General y los importes de las sanciones pecuniarias que se impongan por los
órganos jurisdiccionales.
Artículo 124.
La Real Federación Española de Balonmano tiene su propio régimen de
administración y gestión de presupuesto y patrimonio, debiendo destinar la totalidad de
sus ingresos al cumplimiento de sus fines sociales, siendo de aplicación las siguientes
reglas:
A) La Real Federación Española de Balonmano no podrá aprobar presupuestos
anuales deficitarios.
B) Puede gravar y enajenar sus bienes inmuebles, tomar dinero a préstamo y emitir
títulos representativos de deuda o de parte alícuota patrimonial, siempre que en dichos
negocios jurídicos no comprometan de modo irreversible el patrimonio de la Entidad o su
objeto social.
Cuando se trate de bienes inmuebles que hayan sido financiados, en todo o en parte,
con fondos públicos del Estado, será preceptiva la autorización del Consejo Superior de
Deportes para su gravamen o enajenación.
C) Puede ejercer complementariamente, actividades de carácter industrial,
comercial, profesional o de servicios y destinar sus bienes y recursos a los mismos
objetivos deportivos, pero en ningún caso podrán repartir beneficios entre sus miembros.
D) No podrán comprometer gastos de carácter plurianual sin autorización del
Consejo Superior de Deportes, cuando el gasto anual comprometido supere el diez por
ciento de su presupuesto y rebase el período de mandato del Presidente.
E) Deberán someterse anualmente a auditorías financieras, y en su caso de
gestión, así como a informes de revisión limitada, sobre la totalidad de los gastos. Estas
actuaciones podrán ser encargadas y sufragadas por el Consejo Superior de Deportes.
F) Conceder subvenciones o ayudas deportivas a sus afiliados o Federaciones
territoriales de ámbito autonómico, con carácter de igualdad y reciprocidad, en cuyo
caso, de considerarlo conveniente, fiscalizará y controlará la gestión económica de estas
subvenciones.
G) En todos los casos expuestos se deberá estar a los «quórums» especiales
necesarios para su aprobación, como se indica en los presentes Estatutos.
Artículo 125.
La administración del presupuesto responderá al principio de caja única, debiendo
dedicar sus ingresos propios, de forma prioritaria para gastos de estructura.
Artículo 126.

cve: BOE-A-2022-17958
Verificable en https://www.boe.es

El régimen contable de la Real Federación Española de Balonmano se ajustará a las
normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las Federaciones Deportivas
Españolas que desarrolle el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas del
Ministerio de Economía y Hacienda.