III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Real Federación Española de Balonmano. Estatutos. (BOE-A-2022-17958)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Balonmano.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Martes 1 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 149207

Artículo 74.
Son funciones de la Comisión Delegada de la Asamblea General:
A) Aprobar y, en su caso, modificar los reglamentos de la Real Federación
Española de Balonmano en todos los extremos que no estén atribuidos al pleno de la
Asamblea General.
B) Dar vista en la Asamblea General, de todos los acuerdos adoptados desde la
última reunión, para su ratificación.
C) Estudio y aprobación, en su caso, de las propuestas de los asambleístas y/o de
su Junta Directiva referentes a los reglamentos de la Real Federación Española de
Balonmano.
D) La modificación dentro de cada temporada del calendario deportivo.
E) La modificación de los presupuestos aprobados previamente por la Asamblea
General.
F) Elaborar un informe previo a la aprobación de los presupuestos por la Asamblea
General.
G) Elaborar un informe previo anual en que se contemple el seguimiento de las
gestiones deportivas y económicas de la Real Federación Española de Balonmano, en
forma de memoria y liquidación.
H) Aprobar las medidas económicas que sean precisas para el funcionamiento de
la Real Federación Española de Balonmano, incluyéndose la potestad de poder pedir
dinero a cuenta o préstamos de cualquier tipo.
I) Aquellas otras que tengan que resolverse de manera urgente, o que hayan sido
delegadas por la Asamblea
Artículo 75.
Las propuestas referentes a las cinco primeras funciones corresponden,
exclusivamente al Presidente de la Real Federación Española de Balonmano y/o a dos
tercios de los miembros de la Comisión Delegada, que deberán ser remitidas por escrito
con una antelación mínima de cinco (5) días naturales a la fecha de su celebración.
Artículo 76.
La Comisión Delegada de la Asamblea General estará compuesta por doce
miembros electos, más el Presidente de la Real Federación Española de Balonmano,
según sufragio por y entre los asambleístas de cada uno de los miembros integrantes del
balonmano, según la siguiente distribución:
A) Cuatro asambleístas elegidos por el estamento de clubs.
B) Cuatro asambleístas elegidos por los presidentes de las Federaciones
territoriales.
C) Dos asambleístas elegidos por los jugadores.
D) Un asambleísta elegido por los entrenadores.
E) Un asambleísta elegido por los árbitros.

En el caso de existir vacantes de miembros de la Comisión Delegada, se cubrirán
anualmente a partir de la siguiente Asamblea General, mediante los suplentes, si los
hubiere, o por elecciones parciales, siempre referidas al estamento afectado.

cve: BOE-A-2022-17958
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Artículo 77.