T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2022-17971)
Pleno. Sentencia 115/2022, de 27 de septiembre de 2022. Recurso de amparo 7442-2019. Promovido por don Carlos Carrizosa Torres y otros treinta y un diputados del grupo parlamentario Ciutadans del Parlamento de Cataluña respecto de los acuerdos de la mesa de la Cámara que admitieron a trámite una moción parlamentaria, y las resoluciones y actuaciones del presidente del Parlamento destinadas a llevarlos a efecto. Vulneración del derecho al ejercicio de las funciones representativas, en relación con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes: resoluciones que incumplen manifiestamente lo acordado por el Tribunal Constitucional (STC 259/2015 y ATC 16/2020). Votos particulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 1 de noviembre de 2022

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advertía explícitamente de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, por el
incumplimiento de dichos requerimientos. Exponen que, a su juicio, la moción citada en
el encabezamiento supone reiterar o dar efectividad jurídica a diversas iniciativas
previamente anuladas por el Tribunal Constitucional en diversos pronunciamientos (entre
otros, SSTC 42/2014, 259/2015, 114/2017, 124/2017, 136/2018 y 98/2019) como la
Resolución 1/XI y las Leyes 19/2017 y 20/2017.
d) La mesa del Parlamento, oída la junta de portavoces, acordó, en la sesión del 5
de noviembre de 2019, desestimar la solicitud de reconsideración presentada por la
portavoz del grupo parlamentario Ciutadans. En dicha reunión se expresaron a favor de
las solicitudes de reconsideración el vicepresidente segundo, y los secretarios segundo y
tercero, recordando los requerimientos del Tribunal Constitucional.
e) En el acta de la sesión 138 de la Presidencia del Parlamento del día 7 de
noviembre de 2019 consta que se admitieron a trámite por el presidente del Parlamento,
de acuerdo con el art. 161.4 RPC, las enmiendas presentadas a la «moció subseguent a
la interpel·lació al Govern sobre l’autogovern» presentada por los grupos parlamentarios
Catalunya en Comú Podem (reg. 50689) i Junts per Catalunya (reg. 50855), que fueron
publicadas en el «Boletín Oficial del Parlamento de Cataluña», de 11 de noviembre
de 2019.
f) El día 8 de noviembre, el presidente del Parlamento convocó la sesión del pleno,
para el día 12 de noviembre a las 15:00 horas. Incluyó la moción como punto número 6
del orden del día.
g) Con fecha de 8 de noviembre de 2019, el abogado del Estado, en representación
del Gobierno y al amparo de los arts. 87 y 92.1, 3, 4 y 5 de la Ley Orgánica del Tribunal
Constitucional (LOTC), formuló incidente de ejecución de la STC 259/2015 y de las
providencias de 10 y 16 de octubre de 2019 (sobre los incidentes de ejecución
promovidos respectivamente en relación con determinados apartados de las
Resoluciones del Parlamento de Cataluña 534/XII y 546/XII). El incidente de ejecución se
refiere al acuerdo de la mesa del Parlamento de Cataluña de 29 de octubre de 2019, por
el que se admite a trámite la «moció subsegüent a la interpel·lació al Govern sobre
l’autogovern» (302-00155/12), presentada el 28 de octubre por el subgrupo
parlamentario Candidatura d’Unitat Popular-Crida Constituent y publicada en el «Boletín
Oficial del Parlamento de Cataluña» núm. 453, de 30 de octubre de 2019. También al
acuerdo de la mesa de 5 de noviembre de 2019 por el que se rechazan las solicitudes de
reconsideración formuladas por los grupos parlamentarios Socialistes i Units per Avançar
y Ciutadans y el subgrupo Partido Popular.
h) Con fecha de 11 de noviembre de 2019, el vicepresidente segundo y la
secretaria tercera de la mesa solicitaron la suspensión de la tramitación de la moción y la
exclusión de su debate y votación en el orden del día del pleno. Indican que la moción
supone reiterar iniciativas anuladas por el Tribunal Constitucional, y hacen referencia a
los requerimientos a los miembros de la mesa realizados por el Tribunal Constitucional
durante los meses de octubre y noviembre de 2019, de su deber de impedir o paralizar
cualquier iniciativa como la moción objeto del referido escrito.
i) En la sesión plenaria de 12 de noviembre intervienen los portavoces de diferentes
grupos parlamentarios, entre otros, el señor Carrizosa, ahora recurrente en amparo, en
relación con el cambio de horario del pleno y el posible requerimiento del Tribunal
Constitucional en relación con la impugnación del Gobierno. Asimismo, se puso de
manifiesto por el secretario segundo que la moción contravenía sentencias del Tribunal
Constitucional (cita las SSTC 259/2015 y 136/2018) y once requerimientos del Tribunal
Constitucional. También el vicepresidente segundo advierte de los requerimientos del
Tribunal Constitucional, y se manifestaron quejas y oposición explícita de los portavoces
de diversos grupos parlamentarios, incluido el de Ciutadans, en el que se integran los
ahora recurrentes en amparo. Según la documentación aportada con la demanda, los
diputados del grupo parlamentario de Ciutadans abandonaron el hemiciclo antes de la
votación. En dicha sesión se aprobó la moción por sesenta y un votos a favor y ocho
abstenciones.

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Núm. 262