III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2022-17776)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Castilla y León, en materia de acceso a datos sanitarios de interés forense.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Lunes 31 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 148348

XI. En consideración con lo anterior, las partes estiman conveniente la
formalización del presente convenio para la implantación de un protocolo de acceso de
los IMLCF de Castilla y León a la aplicación informática MEDORA de SACyL.
Por todo ello, formalizan el presente convenio de acuerdo con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

Es objeto del presente convenio la implantación de un punto de acceso al sistema
informático MEDORA de SACyL en cada sede de los IMLCF de Castilla y León, para la
consulta del historial clínico de pacientes, cuando sea necesario en su actividad tanto
pericial de auxilio judicial como en la realización de pericias a solicitud de los particulares
en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a
motor, en ese último supuesto previo consentimiento informado de la víctima (artículo 5
del Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre) y puedan recabar la información
necesaria para cumplir con las funciones que les son propias, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 479.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Compromisos de las Partes.

1. SACyL se compromete a facilitar a la Dirección de los IMLCF de Castilla y León
el acceso al sistema informático MEDORA y, a través de éste a los sistemas de atención
hospitalaria, para la realización de las consultas que resultaran necesarias con el fin de
la elaboración de los informes periciales solicitados por la autoridad judicial, fiscal o
particulares en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de
vehículos a motor.
2. El Ministerio de Justicia se compromete a través de los IMLCF de Castilla y León
a mantener el deber de secreto y confidencialidad de los datos a los que tengan acceso,
el cual quedará restringido a lo estrictamente necesario para la elaboración de los
informes periciales, así como al riguroso cumplimiento de la normativa de protección de
datos personales.
Con el fin de garantizar los extremos del párrafo anterior, el acceso al sistema
informático MEDORA se limitará a las Direcciones de los IMLCF de Castilla y León o a la
persona o personas a las que se autorice, que estarán en posesión de tarjeta
identificativa y contraseña y el sistema guardará auditoría de los accesos realizados.
3. Asimismo, los IMLCF de Castilla y León, dispondrán de un protocolo de acceso a
MEDORA que garantice el cumplimiento de la normativa de protección de datos referida
en la cláusula tercera del presente convenio. Para acceder al sistema, se deberá contar
previamente con el consentimiento escrito del interesado, del que quedará constancia en
el aplicativo correspondiente. En caso de negativa, el acceso requerirá autorización
judicial previa. En los supuestos de fallecimiento, el consentimiento escrito lo podrán
prestar las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o, de hecho.
Quedando justificado el tratamiento de esta categoría especial de datos de conformidad
con lo previsto en el artículo 9.2.a) y el 9.2.f) del Reglamento General de Protección de
Datos.
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 del Decreto de la Junta de
Castilla y León 01/2005, de 22 de diciembre, por el que se regula la Historia Clínica, no
será necesario el previo consentimiento del interesado –o de las personas a él
vinculadas en caso de fallecimiento-, cuando el acceso al sistema venga motivado por
una orden o investigación de la autoridad judicial o del Ministerio Fiscal, destinatarios
últimos del informe forense que se emita.

cve: BOE-A-2022-17776
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.