III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2022-17776)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Castilla y León, en materia de acceso a datos sanitarios de interés forense.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 31 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 148347

IV. Las Órdenes JUS/2968/2002, JUS/3344/2002 y JUS/3346/2002 crean
respectivamente los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (en adelante
IMLCF) de Palencia, Salamanca y Valladolid, de Ávila, Burgos, Segovia y Soria, y de
León y Zamora estableciendo las siguientes funciones:
a) La práctica de pruebas periciales propias de la actividad médico forense, tanto
tanatológicas como clínicas y de laboratorio.
b) La realización de actividades de docencia e investigación relacionadas con la
medicina forense.
V. De acuerdo con el artículo 22.2 de las Órdenes de creación de estos IMLCF, el
Ministerio de Justicia «podrá establecer conciertos con entidades sanitarias públicas y
privadas, así como con otras instituciones, dirigidas a la utilización de locales, servicios y
medios tecnológicos de interés médico legal para el normal funcionamiento de los
Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses».
VI. La Consejería de Sanidad, a través de la Gerencia Regional de Salud (en
adelante SACyL), tiene entre sus funciones la prestación de la asistencia sanitaria, la
docencia e investigación, así como la obligación de aportar toda la información que le
sea requerida por las autoridades judiciales competentes o el Ministerio Fiscal, que sea
necesaria en el marco de un procedimiento judicial abierto.
SACyL recoge la información asistencial en diversas aplicaciones informáticas que
son herramientas fundamentales en la asistencia a los pacientes del servicio de salud,
pero también una fuente documental habitualmente utilizada por los juzgados y
tribunales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en los casos en los que existe
un expediente judicial abierto.
VII. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos), la consulta de historial clínico tiene la consideración de
tratamiento de categorías especiales de datos personales. Tratamiento que en lo
referente al objeto de este convenio se justifica en lo dispuesto en los apartados 9.2.a)
y 9.2.f) del Reglamento general de protección de datos en consonancia con lo dispuesto
en el artículo 479.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985.
VIII. Con fecha 25 de marzo de 2019, (BOE de 16 de abril de 2019), el Ministerio de
Justicia y SACyL firmaron un convenio cuyo objeto era »la implantación de un punto de
acceso al sistema informático MEDORA de SACyL en cada sede de los IMLCF de
Castilla y León, para la consulta del historial clínico de pacientes cuando sea necesario
en la emisión de informes solicitados por la Autoridad Judicial, Ministerio Fiscal, y en la
realización de pericias a solicitud de particulares en las reclamaciones extrajudiciales por
hechos relativos a la circulación de vehículos a motor de acuerdo con lo dispuesto en el
Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de
pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias
Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de
vehículos a motor. Dicho acceso quedará restringido a lo estrictamente necesario para la
elaboración de los informes periciales» y cuya vigencia se estableció por un periodo de
tres años.
IX. Dado que la colaboración establecida en el citado convenio está dando los
resultados previstos de forma ágil y satisfactoria, ambas partes están de acuerdo en
continuar con dicha colaboración, suscribiendo un nuevo convenio relativo al acceso a la
aplicación informática MEDORA cuya vigencia será de 4 años.
X. El tiempo invertido en la petición y remisión de la información solicitada por la
autoridad judicial a los IMLCF, proveniente de los centros sanitarios, puede ser
minimizado de forma sustancial a través del acceso desde los IMLCF de Castilla y León
a la historia clínica, ello permitiría la búsqueda de la información, y la optimización de los
recursos necesarios, con un ahorro en tiempo, gestión y papel.

cve: BOE-A-2022-17776
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Núm. 261