III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-17774)
Resolución de 21 de octubre de 2022, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con el Consorcio Casa Mediterráneo, para la realización de actividades culturales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Cuarta.
Sec. III. Pág. 148337
Financiación y gestión económica.
Para el desarrollo de las actividades que comprende el cumplimiento del presente
convenio, las partes aportarán, como máximo, las cantidades recogidas en la siguiente
tabla:
2022
–
Euros
2023
–
Euros
2024
–
Euros
Casa Mediterráneo.
5.000 15.000 15.000
Instituto Cervantes.
5.000 15.000 15.000
Total.
10.000 30.000 30.000
En 2022, el Instituto Cervantes financiará los gastos derivados del presente convenio
con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias: 12.301.144A 227.06
y 12.301.144A 226.99, en las que cuenta con crédito suficiente.
Para el año 2022, Casa Mediterráneo realizará su aportación con cargo a la
aplicación presupuestaria –226.09, en la que cuenta con crédito suficiente.
Para los siguientes ejercicios, las cantidades que aporten el Instituto Cervantes y
Casa Mediterráneo irán con cargo a las citadas aplicaciones presupuestarias o las
equivalentes que las sustituyan.
Se hace constar expresamente que el cumplimiento de los compromisos de
naturaleza económica asumidos por las partes en el presente convenio para ejercicios
futuros se supedita a la existencia de crédito adecuado y suficiente en las aplicaciones
presupuestarias señaladas en el párrafo anterior.
Las aportaciones financieras de las partes irán destinadas a sufragar los gastos que
origine el desarrollo de las actividades que se realicen en ejecución presente convenio,
de forma que aquellas no podrán superar la cuantía de esos gastos.
Cada parte habrá de justificar a la otra parte las cantidades abonadas para sufragar
los gastos derivados de los compromisos asumidos en el presente convenio.
Si la realización de alguna de las actividades previstas en este convenio lo requiriera,
o fuera necesaria la transferencia de recursos económicos entre las partes, estas
suscribirán las adendas al presente convenio que correspondan, en las que regularán el
contenido de las actividades, la ejecución y los gastos que pudieran derivarse para las
partes. Estas adendas se tramitarán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre.
Quinta. Colaboración de otras instituciones.
Sexta.
Publicidad y logotipos.
Las partes se comprometen a incluir el nombre de Casa Mediterráneo y del Instituto
Cervantes, como coorganizadores, con sus logotipos y, en su caso, el de los posibles
colaboradores en toda la publicidad y difusión de las actividades objeto del presente
convenio, siempre de acuerdo con las indicaciones de los titulares de los derechos
correspondientes.
cve: BOE-A-2022-17774
Verificable en https://www.boe.es
Las partes podrán contar con la colaboración de cuantos departamentos,
organismos, instituciones y empresas, de carácter público o privado, estén relacionadas
con el objeto del presente convenio y cuya contribución se considere de interés para el
mismo.
Se procederá, en su caso, a la formalización de los correspondientes instrumentos
jurídicos cuando de las colaboraciones anteriormente señaladas se deriven compromisos
con efectos jurídicos vinculantes.
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Cuarta.
Sec. III. Pág. 148337
Financiación y gestión económica.
Para el desarrollo de las actividades que comprende el cumplimiento del presente
convenio, las partes aportarán, como máximo, las cantidades recogidas en la siguiente
tabla:
2022
–
Euros
2023
–
Euros
2024
–
Euros
Casa Mediterráneo.
5.000 15.000 15.000
Instituto Cervantes.
5.000 15.000 15.000
Total.
10.000 30.000 30.000
En 2022, el Instituto Cervantes financiará los gastos derivados del presente convenio
con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias: 12.301.144A 227.06
y 12.301.144A 226.99, en las que cuenta con crédito suficiente.
Para el año 2022, Casa Mediterráneo realizará su aportación con cargo a la
aplicación presupuestaria –226.09, en la que cuenta con crédito suficiente.
Para los siguientes ejercicios, las cantidades que aporten el Instituto Cervantes y
Casa Mediterráneo irán con cargo a las citadas aplicaciones presupuestarias o las
equivalentes que las sustituyan.
Se hace constar expresamente que el cumplimiento de los compromisos de
naturaleza económica asumidos por las partes en el presente convenio para ejercicios
futuros se supedita a la existencia de crédito adecuado y suficiente en las aplicaciones
presupuestarias señaladas en el párrafo anterior.
Las aportaciones financieras de las partes irán destinadas a sufragar los gastos que
origine el desarrollo de las actividades que se realicen en ejecución presente convenio,
de forma que aquellas no podrán superar la cuantía de esos gastos.
Cada parte habrá de justificar a la otra parte las cantidades abonadas para sufragar
los gastos derivados de los compromisos asumidos en el presente convenio.
Si la realización de alguna de las actividades previstas en este convenio lo requiriera,
o fuera necesaria la transferencia de recursos económicos entre las partes, estas
suscribirán las adendas al presente convenio que correspondan, en las que regularán el
contenido de las actividades, la ejecución y los gastos que pudieran derivarse para las
partes. Estas adendas se tramitarán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre.
Quinta. Colaboración de otras instituciones.
Sexta.
Publicidad y logotipos.
Las partes se comprometen a incluir el nombre de Casa Mediterráneo y del Instituto
Cervantes, como coorganizadores, con sus logotipos y, en su caso, el de los posibles
colaboradores en toda la publicidad y difusión de las actividades objeto del presente
convenio, siempre de acuerdo con las indicaciones de los titulares de los derechos
correspondientes.
cve: BOE-A-2022-17774
Verificable en https://www.boe.es
Las partes podrán contar con la colaboración de cuantos departamentos,
organismos, instituciones y empresas, de carácter público o privado, estén relacionadas
con el objeto del presente convenio y cuya contribución se considere de interés para el
mismo.
Se procederá, en su caso, a la formalización de los correspondientes instrumentos
jurídicos cuando de las colaboraciones anteriormente señaladas se deriven compromisos
con efectos jurídicos vinculantes.