III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-17802)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Las Fresas, de 10 MWp, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 31 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 148623

ser empleado como zona de reproducción, campeo y alimentación de muchas otras, por
lo que considera que la magnitud del impacto derivado de la actuación sobre la avifauna
es muy elevada. Además, la pérdida de hábitat óptimo para las especies esteparias
adquiere mayor relevancia aún si se tiene en cuenta el declive poblacional que está
sufriendo el sisón común. Por ello, SEO/BirdLife indica que el impacto sobre la avifauna
debería calificarse como crítico y, que las medidas correctoras y preventivas recogidas
en el EsIA son del todo insuficientes para minimizar esta afección. El promotor responde
a este informe indicando que los datos recopilados durante su estudio de ciclo anual de
fauna permiten garantizar la no afección a aves esteparias. Considera que no puede
considerarse impacto sobre la avifauna, dado que la ubicación no es utilizada por aves
esteparias. Por otra parte, considera que la alusión de SEO/Birdlife al sisón común en su
informe no tiene cabida, ya que no se encuentra presente en la zona. Esta afirmación
contradice la medida compensatoria propuesta por el promotor en el EsIA, donde indica
que se propone una superficie de cultivo de 15,07 ha en las que se replica el hábitat que
se ha observado como seleccionado para avutardas y sisones. Además, el EsIA señala,
literalmente que «hubo un área inaccesible que no pudo prospectarse en las mismas
condiciones que el resto, lo que ha podido influir en los resultados finales, pues no ha
podido confirmarse la presencia de un posible lek o zona de exhibición de la avutarda
común, de sisón común u otras especies esteparias, rapaces y aves de interés».
Con fecha 26 de abril de 2022, personal técnico del órgano ambiental realizó visita
de campo a la zona del proyecto, avistando al menos 3 ejemplares de avutarda dentro
del emplazamiento de la futura planta, pese a que según el EsIA no se obtuvieron
avistamientos en las prospecciones de campo dentro de este espacio. Por ello, tal y
como se indicó al promotor junto con la solicitud de información complementaria, se
considera que la metodología empleada durante el trabajo de campo es insuficiente. El
estudio de avifauna muestra diversos transectos prospectados, pero ninguno de ellos se
desarrolla sobre el área de implementación de la planta. Aunque el promotor considera
suficiente el esfuerzo de muestreo e indica que los recorridos diseñados discurren por
hábitats similares a los de la implantación y, por tanto, los resultados obtenidos serían
extrapolables, la visita realizada permitió constatar la presencia de estas especies en la
zona de actuación y la insuficiencia de la metodología empleada.
Solicitado informe a la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina,
ésta coincide con el informe del CSIC en que la zona en que se ubicaría la planta es
hábitat de un grupo de avutarda de unos 14 ejemplares, solapándose más de la mitad
con un área de máxima actividad, exhibición y reproducción de la especie, por lo que su
desarrollo podría afectar la viabilidad de este grupo poblacional. También indica su
posible uso por sisón y aguilucho cenizo.
La avutarda euroasiática se clasifica como «vulnerable» por el Catálogo Regional de
Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha. Asimismo, se encuentra recogida en el
LESRPE. Si bien los informes iniciales de los órganos competentes en biodiversidad de
las dos comunidades autónomas no identificaban impactos severos o críticos sobre las
aves esteparias, una parte de los informes y alegaciones recibidos apuntan que se
pueden producir impactos relevantes sobre las aves esteparias en el ámbito de la planta,
y más concretamente en la zona señalada en el informe del CSIC como área de
concentración de la actividad y de reproducción para la avutarda, lo que es confirmado
por la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina.
Por lo expuesto, este órgano ambiental solicita nuevo informe a la Dirección General
de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Castilla La Mancha, para que se
pronuncie sobre la nueva información que obra en el expediente. En respuesta, esta
Dirección General indica que, tras la recepción de esta nueva información, se solicitó
informe al Agente Medioambiental de la zona, que constata los avistamientos
continuados de avutarda, sisón y otras especies esteparias de interés en la zona del
Cerro Largo, tanto en época reproductiva como en otras épocas del año, lo que respalda
la existencia de la población identificada por el CSIC. Teniendo en cuenta los datos
registrados en el último año, así como la disponibilidad de hábitat, no se puede confirmar

cve: BOE-A-2022-17802
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Núm. 261