III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-17802)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Las Fresas, de 10 MWp, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid".
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Lunes 31 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 148628

en el sector, y disponiéndolos en el mismo orden en que se encontraban, evitando volteo
o inversión de horizontes. La capa de suelo superficial se acopiará sin mezclar con el
resto de los materiales extraídos en hileras o montones de reducida altura, y al finalizar
el relleno de la zanja se dispondrá en la misma posición superficial.
4.2.2

Hidrología.

1. Todas las actuaciones que se realicen en zona de dominio público hidráulico o
zona de policía de cualquier cauce público, y en particular los cruzamientos de la línea
de evacuación subterránea, deberán contar con autorización de la Confederación
Hidrográfica del Tajo.
2. Durante la fase de construcción se tomarán medidas para evitar el arrastre de
materiales y el aporte de sólidos a los cauces por la lluvia.
3. No se realizará ningún vertido de aguas residuales ni captación de masas de
agua, salvo que se disponga de autorización para ello de la Confederación Hidrográfica
del Tajo.
4. Para la limpieza y mantenimiento de los paneles en fase de explotación
solamente se utilizará agua, sin otros productos químicos.
5. En toda la superficie ocupada por el proyecto, se prohíbe el empleo de
fertilizantes, fitosanitarios y herbicidas.
6. Los cruzamientos con cauces dentro de espacios Red Natura 2000 se
proyectarán de manera que no puedan generar, ni a corto plazo ni a largo plazo por
erosión, un obstáculo transversal e impermeable, ni afectar a la circulación subsuperficial
de agua. Una vez finalizadas las obras, su morfología y vegetación originales serán
restablecidos.
Flora y vegetación y hábitats de interés comunitario.

1. La destrucción de ejemplares de especies de flora protegida se encuentra
prohibida. Tanto el cerramiento perimetral del parque como las superficies de ocupación
temporal necesarias para su construcción deben encontrarse íntegramente en terrenos
agrícolas, evitando cualquier alteración de superficies adyacentes cubiertas por
vegetación natural, hábitats de interés comunitario o especies protegidas, sobre las que
estos elementos deben guardar una distancia de seguridad suficiente. Para la
aprobación del proyecto constructivo, el promotor deberá haber acreditado al órgano
sustantivo el haber realizado la localización detallada, cartografía exacta de posición,
balizado y protección material de todos los ejemplares de Vella pseudocytisus, así como
de rodales de cualquier otra especie protegida (p. ej. Sisymbrium cavanillesianum)
existentes en toda la zona que puede verse afectada por las operaciones de
construcción del tendido eléctrico subterráneo. En su caso, el proyecto constructivo del
tendido eléctrico subterráneo ajustará su trazado para evitar dañar a ejemplares de estas
especies. Además del pasillo necesario para construcción del tendido eléctrico, esta
medida se extenderá a las demás zonas de obras, parque de maquinaria, acopios de
materiales o residuos y resto de superficies auxiliares.
2. El proyecto constructivo incorporará igualmente cartografía detallada de la
localización de todas las superficies auxiliares a ocupar temporalmente necesarias,
procurando localizarlas sobre terrenos agrícolas. No podrán localizarse superficies
auxiliares de obra sobre terrenos ocupados por los hábitats de interés comunitario 1510*
Estepas salinas mediterráneas (Limonietalia), 1520* Vegetación gipsícola ibérica
(Gypsophiletalia), 1410 Juncales salinos mediterráneos (Juncetalia maritimi) o 6420
Comunidades herbáceas higrófilas mediterráneas, ni sobre humedales estacionales o
permanentes.
3. El tendido eléctrico de evacuación soterrado se construirá aprovechando la
superficie actualmente ocupada por caminos y por cultivos agrícolas. Con este fin, se
adoptará el ajuste de trazado propuesto por la Dirección General de biodiversidad y
Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid en su informe (página 15). En el caso de

cve: BOE-A-2022-17802
Verificable en https://www.boe.es

4.2.3