III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-17802)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Las Fresas, de 10 MWp, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Lunes 31 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 148625

Mancha, y el llano de cultivo de secano que prevé ocupar tiene continuidad como hábitat
para las aves esteparias dentro de la ZEPA hacia el norte y el noreste. Entre las especies
objeto de conservación en esta ZEPA se encuentran avutarda, sisón, alcaraván y
aguilucho cenizo, especies para las que ya se ha indicado que resulta importante la zona
de implantación prevista, apreciándose que la zona de reproducción de avutarda
identificada por el CSIC se extiende tanto dentro como fuera de la ZEPA. En tal caso, la
exclusión de la planta de la superficie que el CSIC considera área de reproducción de
esta especie, ya tratada en el apartado de fauna, reducirá el riesgo de que el proyecto
provoque un deterioro sobre la población de la especie en la ZEPA.
b7.

Paisaje.

El estudio del paisaje desarrollado en el EsIA concluye que el proyecto no será
visible desde los principales núcleos de población, vías de comunicación y demás
lugares de interés, localizados a cierta distancia. Para minimizar la afección paisajística,
el promotor propone la construcción de infraestructuras con las características de la
arquitectura y los acabados tradicionales de la zona. Además, las áreas colindantes a la
planta solar y la zanja de la línea de evacuación serán revegetadas, medida incluida en
el Plan de Integración Ambiental y Paisajístico aportado por el promotor.
b8.

Población y salud humana.

Durante la fase de construcción se prevén molestias a la población de carácter
temporal y no significativas, asociadas con el movimiento de tierras, el montaje de
infraestructuras y cimentaciones y el incremento del tráfico, que podrán generar un
aumento de partículas en suspensión, humos o ruido. El promotor prevé un impacto
positivo en la economía de la zona ligado a la creación de puestos de trabajo durante la
fase de construcción. Esta valoración no se considera completa, ya que no se está
considerando la pérdida de empleo asociada al abandono de la actividad agrícola de los
terrenos ocupados por la planta. La generación de empleos directos para el
mantenimiento de las plantas es un efecto beneficioso, si bien de escasa magnitud, no
siendo seguro, por la cualificación y perfiles profesionales necesarios, que ello vaya a
contribuir a fijar población en los municipios afectados.
Durante el periodo de información pública se han recibido numerosas alegaciones de
particulares, asociaciones ecologistas y grupos municipales, todas ellas desfavorables a
la ejecución del proyecto por razón de su impacto sobre la biodiversidad.
Bienes materiales, patrimonio cultural y vías pecuarias.

La línea eléctrica soterrada de 15 kV ocupará temporalmente una superficie de 52,05
m2 de la vía pecuaria «Vereda del Vadillo de los Pastores o Puente de Valdelascasas»,
en el término municipal de Aranjuez, sobre la que realiza un cruce longitudinal.
Asimismo, el acceso a la planta se realizará a través de caminos existentes y en parte
por la «Vereda de la Senda Galiana», en el término municipal de Ontígola (Toledo), por lo
que el promotor deberá obtener las correspondientes autorizaciones.
El EsIA señala que se está tramitando la autorización para llevar a cabo una
prospección arqueológica que permita evaluar las posibles afecciones sobre el
patrimonio histórico y arqueológico por parte de un técnico especialista. En cualquier
caso, indica que la actuación se realizará en cumplimiento de la normativa vigente
sectorial y, propone una serie de medidas preventivas y correctoras de buenas prácticas
para evitar la afección al patrimonio cultural.
El Servicio de Cultura de la Delegación de Educación, Cultura y Deportes de Toledo
indica que, tras una intervención arqueológica previa del promotor, ha autorizado, en el
ámbito de sus competencias, la planta y la línea de evacuación.

cve: BOE-A-2022-17802
Verificable en https://www.boe.es

b9.