III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-17801)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Andrea de 250 MW y de su infraestructura de evacuación asociada, en Antas (Almería)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Lunes 31 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 148611

2. En la medida de lo posible se disminuirá la altura de los paneles y se adaptará a
la morfología del terreno para minimizar las afecciones paisajísticas.
3. Los módulos fotovoltaicos incluirán un acabado con un tratamiento químico
antirreflectante, que minimice o evite el reflejo de la luz.
4. Inmediatamente tras finalizar la fase de explotación del proyecto se
desmantelará la totalidad de las instalaciones, gestionando cada residuo de acuerdo con
la normativa aplicable, y se realizará una completa restauración geomorfológica y
edáfica, de manera que pueda recuperarse su uso original.
7.

Población y salud humana:

1. En fase de proyecto de construcción, el promotor deberá estudiar aquellas
situaciones en las que el trazado de la línea eléctrica de evacuación contravenga la
recomendación general de situarse a más de 100 m de edificios aislados de uso sensible
(viviendas de uso residencial, sanitario, docente y cultural) con el objetivo de garantizar
el mantenimiento de unos niveles mínimos de exposición de la población a campos
electromagnéticos, así como de minimizar las molestias derivadas de los ruidos y del
impacto visual que introducen las líneas aéreas de alta tensión. Por tanto, de acuerdo
con la información aportada por el promotor, se intentará, en la medida de lo posible,
mediante el ajuste de detalle de los apoyos, aumentar la distancia de la línea eléctrica a
las viviendas más próximas: la situadas en los vanos 7-8 y 35-36 de la LAAT 132 kV, que
actualmente están aproximadamente a 25,3 y 57,8 m.
2. De acuerdo con el informe de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible
de Almería de la Junta de Andalucía, los terrenos sobre los que se pretende instalar la
planta fotovoltaica están incluidos o son colindantes con los cotos de caza por lo que se
deberá cumplir la «Instrucción relativa al tratamiento y consideración de los terrenos
incluidos en proyectos de instalaciones fotovoltaicas que afectan a terrenos cinegéticos»
de la Directora General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la
Junta de Andalucía, de 16 de julio de 2021.
8.

Patrimonio cultural y vías pecuarias:

1. Se llevarán a cabo las siguientes medidas de protección del patrimonio,
propuestas por el promotor en los informes de prospección, y que han sido informadas
favorablemente por la Delegación Territorial de Almería de la Consejería de Cultura y
Patrimonio Histórico de Andalucía: control arqueológico de los movimientos de tierra y
señalización y balizamiento de los bienes del Patrimonio Etnológico documentados
(Horno Antas Ballabona, Cortijo Antas Cortijo de Los Villares, Era Antas Cortijo de Los
Villares y Aljibe Antas Ballabona).
2. En relación con las vías pecuarias, se solicitará autorización al organismo
autonómico competente por su posible ocupación temporal durante las obras. Los
apoyos de las líneas eléctricas, así como los transformadores asociados a las mismas,
se situarán fuera de la superficie de las vías pecuarias.
Condiciones al Programa de vigilancia ambiental.

En virtud del análisis técnico realizado, el programa de vigilancia previsto en el EsIA
debe completarse con los aspectos adicionales que se incorporan mediante esta
resolución.
El objetivo del citado plan en sus distintas fases es garantizar el cumplimiento de la
totalidad de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias descritas, a través de
un seguimiento de la eficacia de dichas medidas y sus criterios de aplicación, que se
consagrará en los correspondientes informes de vigilancia.
1. Se realizará el seguimiento y documentación de la prospección de fauna y flora
previas a la ejecución de las obras.

cve: BOE-A-2022-17801
Verificable en https://www.boe.es

iii)