III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-17801)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Andrea de 250 MW y de su infraestructura de evacuación asociada, en Antas (Almería)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Lunes 31 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 148610

3. Durante toda la fase de obras, se establecerá un mecanismo de rescate para la
correcta gestión de todos aquellos ejemplares de fauna que pudieran verse afectados
por las obras. Los ejemplares rescatados serán entregados a un Centro de
Recuperación de Fauna Silvestre o al Agente de Medioambiente de la zona.
4. No se realizarán trabajos nocturnos y en caso de que fuera necesario, deberá
solicitarse autorización expresa al órgano ambiental autonómico. En cualquier caso,
estarán limitados a zonas muy concretas y siempre que no puedan suponer afección a
especies protegidas.
5. Limitación de velocidad en la zona de las obras a 30 km/h para evitar atropellos.
6. Se desarrollarán medidas para evitar que la fauna quede atrapada en el interior
de zanjas, tales como la instalación de rampas de escape, cubrir las zanjas abiertas al
finalizar cada jornada e inspeccionarlas al comienzo de la jornada para comprobar la
posible presencia de animales.
7. Se estudiará la posibilidad de soterrar las dos LAMT que conectan las 3 zonas
en las que se divide la planta y, de no ser posible, cumplir los requerimientos normativos
que se detallan en la condición siguiente, tal y como indica la Delegación Territorial de
Desarrollo Sostenible de Almería.
8. En cuanto al establecimiento de medidas para evitar la colisión y electrocución
de avifauna se atenderá a lo establecido en la normativa sectorial vigente (Real
Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la
protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta
tensión), y normativa regional de desarrollo, y se seguirán las «Recomendaciones
técnicas para la corrección de los apoyos eléctricos del riesgo de electrocución de aves»
publicada en la web del MITECO . La línea eléctrica contará, al menos, con las
medidas incluidas en el EsIA. Adicionalmente, se propone el uso de dispositivos
catadióptricos como salvapájaros.
(1)

9. El cerramiento de la planta cumplirá con lo dispuesto en la Ley 8/2003, de 28 de
octubre, de la Flora y Fauna Silvestre, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, siendo
necesario contar con la autorización expresa por parte del órgano autonómico
competente.
10. Se instalarán posaderos elevados (13), charcas (2), bebederos (14), «hoteles para
insectos» (10), acúmulos de madera y/o piedra (16), cajas nido para aves (20), refugios para
murciélagos (6), majanos (75) y comederos (35). Se realizarán batidas de prospección y
rescate de tortuga mora. La idoneidad, ubicación y número final de estas medidas deberá ser
consensuado con el órgano ambiental de la Junta de Andalucía, especialmente los relativos a
majanos y comederos debido a la superpoblación de conejos.
11. Se establecerá el «Plan de medidas compensatorias y fomento de la fauna»,
durante toda la vida útil de la planta, tanto en zonas del interior de la planta fotovoltaica
no ocupadas por paneles, como en 84 ha designadas como «áreas de reserva» tal y
como se describe en la documentación aportada por el promotor. Estas medidas se
coordinarán con el órgano ambiental de la Junta de Andalucía y se irán adaptando en
función de los resultados obtenidos en el seguimiento ambiental.
12. Por cada kilómetro de línea de evacuación proyectada, en coordinación con el
órgano ambiental de la Junta de Andalucía, se corregirán 2 apoyos de línea eléctrica
problemáticos existentes.
6.

Paisaje:

1. Las características estéticas de las construcciones serán similares a las de la
arquitectura rural tradicional de la zona. Las fachadas, cubiertas, paramentos exteriores y de
modo general, los materiales a emplear en dichas construcciones deberán minimizar el
impacto visual evitándose la utilización de colores llamativos y/o reflectantes.

cve: BOE-A-2022-17801
Verificable en https://www.boe.es

(1)
https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/conservacion-de-especies/
recomendacionesdecorrecciontendidoselectricosjunio2018_tcm30-450037.pdf.