III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-17801)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Andrea de 250 MW y de su infraestructura de evacuación asociada, en Antas (Almería)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
4.
Sec. III. Pág. 148609
Flora, vegetación y Hábitats de Interés Comunitario (HIC):
1. Antes del inicio de las obras, se realizará una prospección del terreno con objeto
de identificar la presencia de especies de flora amenazada, en caso de detectarse, se
comunicará al Agente de Medioambiente de la zona y se informará al órgano ambiental
de la Junta de Andalucía para que establezca las medidas de protección adecuadas,
incluida en su caso, la translocación de los ejemplares.
2. La distancia mínima de placa a placa en su posición cenital será como mínimo 6
m tal y como recomienda el Servicio de Gestión del Medio Natural de la Delegación
Territorial de Almería.
3. Se llevará a cabo el apantallamiento vegetal del perímetro de todos los recintos en
los que se divide la planta fotovoltaica. En aquellas zonas con mayor visibilidad la anchura
mínima de la pantalla será de 5 metros con plantación al tresbolillo y un mínimo de tres filas.
Se procurará la naturalidad empleando especies arbóreas y arbustivas autóctonas.
4. Se trasplantarán los ejemplares arbóreos de gran porte afectados por las obras
tal y como describe el promotor en el EsIA.
5. Se elaborará y desarrollará un Protocolo de erradicación y control de flora
alóctona invasora que integre actuaciones específicas y que incluya el seguimiento de
las zonas afectadas por las obras.
6. El proyecto de construcción incluirá un Plan de Restauración Vegetal e
Integración Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las
actuaciones de restauración, compensación y apantallamiento integradas por el promotor
en el proyecto, incluidas las indicadas en esta resolución, concretando y cuantificando
las superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies vegetales
autóctonas a utilizar, métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones
técnicas, así como el presupuesto y cronograma de todas las actuaciones, que deberá
ser remitido al órgano ambiental de la Junta de Andalucía para su validación. Deberá
asegurarse la viabilidad y supervivencia de todas las plantaciones, incluido el
apantallamiento vegetal, durante toda la vida útil de la instalación, contemplando la
reposición de marras y riegos de mantenimiento si fuera preciso.
7. La implantación de los paneles fotovoltaicos respetará las zonas cartografiadas
del HIC 5220* «Azufaifar», los ejemplares aislados de azufaifo y un entorno de 3 m
alrededor de ellos.
8. El control de la vegetación natural en el interior de la planta fotovoltaica durante
la fase de explotación se realizará mediante desbroce (no decapado, laboreo o
subsolado) o con ganado ovino, preferentemente, tal y como señala el promotor. La
carga ganadera máxima y la limitación espacial y temporal del pastoreo se fijarán
anualmente de acuerdo con el régimen anual de precipitaciones. Se prohíbe la utilización
de herbicidas y pesticidas para el control de la vegetación natural de la planta. En todo
caso, solo se deberá eliminar la vegetación donde sea necesario y en las épocas en las
que no interfiera con la reproducción y nidificación de la fauna, siempre en coordinación
con el órgano ambiental de la Junta de Andalucía.
Fauna:
1. Previo al inicio de los trabajos se establecerá un calendario de obras, en el que
se definirán las limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia de
especies protegidas, el cual podrá ser objeto de modificación por parte del órgano
ambiental de la Junta de Andalucía. En cualquier caso, se evitarán los desbroces,
movimientos de tierras y actividades más ruidosas en el periodo de cría de la fauna.
2. Se realizará una prospección de la zona de obras por personal técnico
especializado, de manera previa a la ejecución de las obras, con el fin de determinar la
existencia de animales, nidos o madrigueras. En caso de localizar animales, nidos o
camadas de especies protegidas se avisará al Agente de Medioambiente de la zona o al
órgano ambiental de la Junta de Andalucía que darán las indicaciones oportunas.
cve: BOE-A-2022-17801
Verificable en https://www.boe.es
5.
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
4.
Sec. III. Pág. 148609
Flora, vegetación y Hábitats de Interés Comunitario (HIC):
1. Antes del inicio de las obras, se realizará una prospección del terreno con objeto
de identificar la presencia de especies de flora amenazada, en caso de detectarse, se
comunicará al Agente de Medioambiente de la zona y se informará al órgano ambiental
de la Junta de Andalucía para que establezca las medidas de protección adecuadas,
incluida en su caso, la translocación de los ejemplares.
2. La distancia mínima de placa a placa en su posición cenital será como mínimo 6
m tal y como recomienda el Servicio de Gestión del Medio Natural de la Delegación
Territorial de Almería.
3. Se llevará a cabo el apantallamiento vegetal del perímetro de todos los recintos en
los que se divide la planta fotovoltaica. En aquellas zonas con mayor visibilidad la anchura
mínima de la pantalla será de 5 metros con plantación al tresbolillo y un mínimo de tres filas.
Se procurará la naturalidad empleando especies arbóreas y arbustivas autóctonas.
4. Se trasplantarán los ejemplares arbóreos de gran porte afectados por las obras
tal y como describe el promotor en el EsIA.
5. Se elaborará y desarrollará un Protocolo de erradicación y control de flora
alóctona invasora que integre actuaciones específicas y que incluya el seguimiento de
las zonas afectadas por las obras.
6. El proyecto de construcción incluirá un Plan de Restauración Vegetal e
Integración Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las
actuaciones de restauración, compensación y apantallamiento integradas por el promotor
en el proyecto, incluidas las indicadas en esta resolución, concretando y cuantificando
las superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies vegetales
autóctonas a utilizar, métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones
técnicas, así como el presupuesto y cronograma de todas las actuaciones, que deberá
ser remitido al órgano ambiental de la Junta de Andalucía para su validación. Deberá
asegurarse la viabilidad y supervivencia de todas las plantaciones, incluido el
apantallamiento vegetal, durante toda la vida útil de la instalación, contemplando la
reposición de marras y riegos de mantenimiento si fuera preciso.
7. La implantación de los paneles fotovoltaicos respetará las zonas cartografiadas
del HIC 5220* «Azufaifar», los ejemplares aislados de azufaifo y un entorno de 3 m
alrededor de ellos.
8. El control de la vegetación natural en el interior de la planta fotovoltaica durante
la fase de explotación se realizará mediante desbroce (no decapado, laboreo o
subsolado) o con ganado ovino, preferentemente, tal y como señala el promotor. La
carga ganadera máxima y la limitación espacial y temporal del pastoreo se fijarán
anualmente de acuerdo con el régimen anual de precipitaciones. Se prohíbe la utilización
de herbicidas y pesticidas para el control de la vegetación natural de la planta. En todo
caso, solo se deberá eliminar la vegetación donde sea necesario y en las épocas en las
que no interfiera con la reproducción y nidificación de la fauna, siempre en coordinación
con el órgano ambiental de la Junta de Andalucía.
Fauna:
1. Previo al inicio de los trabajos se establecerá un calendario de obras, en el que
se definirán las limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia de
especies protegidas, el cual podrá ser objeto de modificación por parte del órgano
ambiental de la Junta de Andalucía. En cualquier caso, se evitarán los desbroces,
movimientos de tierras y actividades más ruidosas en el periodo de cría de la fauna.
2. Se realizará una prospección de la zona de obras por personal técnico
especializado, de manera previa a la ejecución de las obras, con el fin de determinar la
existencia de animales, nidos o madrigueras. En caso de localizar animales, nidos o
camadas de especies protegidas se avisará al Agente de Medioambiente de la zona o al
órgano ambiental de la Junta de Andalucía que darán las indicaciones oportunas.
cve: BOE-A-2022-17801
Verificable en https://www.boe.es
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