III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-17799)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Subestación Ribina 400 kV y LAT E/S 400 kV S.E. La Ribina L/Carril-Litoral", en Antas y Vera (Almería).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 31 de octubre de 2022

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nivel evolutivo las afecciones no tendrán una gran significación ya que, en muchos
casos, no será preciso abrir un acceso, sino que será posible discurrir sobre ellos. No
supone pérdida significativa de superficie de explotación de cítricos, que se limitará a la
zona de ocupación de los apoyos indicada. Existe la posibilidad de que sea necesaria
alguna modificación en las estructuras que facilitan el riego a estas explotaciones en las
zonas por las que discurra la LAT.
En cuanto a los HIC, se calcula la afección sobre 0,96 ha. La mayor parte por la SE
(0,89 ha); en concreto, 2 teselas con 6220* «Zonas subestépicas de gramíneas y
anuales del Thero-Brachypodietea» (prioritario) cuya superficie incluida dentro de la SE
asciende a 3.247,5 m2 y una tesela de 92D0 «Galerías y matorrales ribereños
termomediterráneos (NerioTamaricetea y Securinegion tinctoriae)», afectada en 5.665,41
m2. Para los apoyos se incidirá sobre 700 m2 del HIC 6220* en dos teselas y se
afectará a 36,5 m en tránsito del HIC 92D0. No habrá afección a HIC por la apertura de
calle de seguridad al no atravesar la LAT masas de arbolado y no requerirse apertura. Se
indica que no habrá afección a flora amenazada, según se ha corroborado en los
estudios de campo.
El EsIA afirma que, en el diseño, se ha priorizado la reducción de los efectos sobre la
vegetación natural, la flora amenazada y sobre los pies arbóreos, procurando la mínima
ocupación. Además, se prevé una prospección botánica intensiva anterior al inicio de las
obras en la zona de implantación de la SE y en los apoyos T2, T7, T13 y T14 de la LAT,
con objeto de delimitar las poblaciones de importancia. Los trabajos de prospección y, en
su caso, delimitación, irán del 15 de marzo al 15 de junio, para garantizar la correcta
identificación de la vegetación y de los HICs. En los casos en que fuera necesario, para
evitar el impacto, se replanteará el trazado de los caminos de accesos; también se
podrán realizar ligeros desplazamientos en apoyos de alineación sin modificar al trazado
de la LAT. En áreas con vegetación natural de interés, se valorará realizar el montaje e
izado de apoyos en una sola operación, mediante la pluma para reducir ocupación y
efectos del suelo. Se realizará, además, tras la prospección, el jalonamiento del
perímetro de todas las superficies de ocupación de los apoyos y las plataformas de
trabajo, así como los nuevos caminos a construir y caminos campo a través donde exista
presencia de HIC.
Aunque en los emplazamientos de la SE y LAT no existen formaciones arboladas, se
propone señalar los individuos de Pinus halepensis y Quercus ilex en terreno forestal
que fuera necesario proteger en su caso, por posible, aunque improbable, afección. En el
caso improbable de que durante la obra fuera afectado algún pie arbóreo de porte
relevante de estas especies en terreno forestal, se procederá a restituirlo según la
proporción 1:4.
Además, se prevé el uso de cicatrizante en podas, la retirada y gestión de restos
vegetales a través de gestor autorizado o mediante cesión a un particular y medidas de
revegetación incluidas en el plan de restauración (anexo VII de la adenda al EsIA).
También se prevé la aplicación de medidas específicas contra incendios.
En fase de explotación no se han estimado efectos sobre la vegetación, por lo que no
se han incluido medidas al respecto.
Siguiendo las recomendaciones del informe de la entonces Delegación Territorial en
Almería de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la
Junta de Andalucía, que fue consultado de forma previa a la realización del EsIA y
respondió favorablemente el 18 de junio de 2020, el promotor propone como medida
compensatoria por la pérdida de hábitat y para contribuir a la preservación de los HIC y
la fauna en el entorno de la SE lo siguiente: en el área aledaña a la SE se dispondrá de
una zona donde se garantizará la ausencia de estructuras o elementos artificiales ajenos
a la SE para proteger la circulación de la fauna y la dispersión de propágulos vegetales;
en las áreas sin vegetación, muy alteradas o con baja cobertura de vegetación dentro de
esa superficie, se aplicarán tratamientos de revegetación descritos con detalle en el Plan
de Restauración Vegetal del anexo VII del EsIA. El promotor indica que estas medidas

cve: BOE-A-2022-17799
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Núm. 261