III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-17799)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Subestación Ribina 400 kV y LAT E/S 400 kV S.E. La Ribina L/Carril-Litoral", en Antas y Vera (Almería).
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 31 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 148555

incompatible con las previsibles servidumbres aeronáuticas del aeródromo «Aeroclub
Vera» y los pasillos incluidos en el POTLA, afectan a superficies clasificadas como zonas
de reserva para actividades de interés supramunicipal en el Plano de Sistema de
Transporte y Ordenación de Usos del POTLA. Por ello, se han decidido los nuevos
emplazamientos y pasillos que, de no ser considerados ajustes del Plan, éste prevé, a
través de su artículo 6, su modificación cuando se considere necesario para el mejor
cumplimiento de sus objetivos.
La Delegación Territorial en Almería de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio envía informes tanto durante el proceso de información pública
como en aplicación del artículo 40.5 de la Ley 21/2013. En ambos casos, señala que
existe un conflicto de interpretación normativa que ha analizado el promotor, como se ha
indicado anteriormente. Concluye que corresponde a la Administración actuante
interpretar y aplicar las determinaciones del POTLA al proyecto.
Como se ha indicado en el apartado de alternativas, el ayuntamiento de Antas se
muestra en desacuerdo con la ubicación de la SE por diversos motivos, entre los que
destacan los urbanísticos y expone alternativas que estima más convenientes. El
promotor muestra su desacuerdo con esas alternativas y argumenta que la seleccionada
es la alternativa más adecuada.
b.2) Flora y vegetación. HIC.
El EsIA y la adenda posterior incluyen un anexo específico (VI) con un estudio de
flora amenazada datado en 2019. Además, se adjunta a la adenda el apéndice 2
«Estudio de Vegetación y Hábitats de Interés Comunitario», realizado en la primavera
de 2022, que comprende estudios de campo y ampliación de la información inicial. De
este modo, se subsanan las carencias del EsIA detectadas durante el periodo de
información pública por parte de la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y
Marina del MITECO.
En cuanto a impactos sobre la vegetación, el EsIA señala que principalmente tendrán
lugar en fase de obras, pues será eliminada la cubierta natural por la construcción de la
SE y por apertura y/o acondicionamiento de accesos a todos los apoyos, excepto en los
casos en los que ya existe un camino en buen estado. La superficie de afección a la
vegetación irá en función de la nueva ocupación del suelo y los efectos variarán según la
tipología del acceso, el relieve, la longitud de los caminos y las características de la
vegetación.
La mayor superficie de desbroce de vegetación natural se producirá por la
construcción de la SE; se calcula, según visitas de campo, que se
desbrozarán 13.676,25 m2. de vegetación natural. Las superficies corresponden
mayoritariamente a tomillar, matorral halonitrófilo y albardinal (8.011 m2) y unos 5.665,41
m2 de tarayal. Para la LAT, se desbrozará una superficie de 1.400 m2 y el tránsito en
accesos será de 262,33 m. En cada apoyo existe una afección variable debida a la
construcción y presencia de los accesos y, otra, de unos 350 m2 asociada a la
construcción del propio apoyo. No obstante, en casos de pendientes elevadas, esta
superficie puede llegar hasta los 450 m2. De los 14 apoyos y correspondientes
accesos, en tan sólo 4 (T-2, T-7, T-13 y T-14) hay efectos sobre vegetación natural, ya
que el resto coincide con cultivos. En concreto, será necesaria la tala de 101 árboles
frutales. La incidencia sobre la vegetación natural debida a los apoyos es reducida en
comparación con la que ocasionará la SE; no obstante, se prevén pequeños ajustes,
especialmente en los T-13 y T-14, que podrán podrían suponer reducciones significativas
de los efectos.
Se define además una calle de seguridad de 4,16 m de anchura, según valores del
Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre
condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus
instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. La LAT no sobrevuela
formaciones arboladas de vegetación natural, por lo que no existen vanos en los que
sean necesarios trabajos forestales en la calle de seguridad. En los matorrales de bajo

cve: BOE-A-2022-17799
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 261