III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-17792)
Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Ercros, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148476
ANEXO I
Ayudas al estudio
I. Preámbulo
El presente Reglamento regula la concesión de ayudas al estudio en Ercros S.A.,
que se regirá por las siguientes
II.
Primera.
Disposiciones
Ámbito de aplicación.
Las ayudas al estudio establecidas operan exclusivamente en favor de:
Hijos de trabajadores de la Empresa cuya relación laboral con la Empresa sea mayor
de un año o que de las cláusulas de su contrato de trabajo se desprenda que la relación
laboral será superior a un año.
En ningún caso se concederán estas ayudas a escolares que estén trabajando y
perciban compensación económica, tanto en la propia Empresa o Entidad ajena a esta,
siempre que su contrato tenga una duración de seis meses o más.
Segunda.
Clases de ayudas y clasificación de estudios.
Quedan establecidas cinco clases de ayudas, dependiendo de los estudios que se
realicen.
Estas clases de ayuda al estudio son las siguientes:
a) Clase «P»: Educación Infantil. Segundo Ciclo (P3-P4-P5).
b) Clase «A»: Educación Primaria.
c) Clase «B»: Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Ciclos Formativos de
F.P. Básica, Ciclos Formativos de Grado Medio y Ciclos Formativos de Grado Superior.
d) Clase «C»: Enseñanzas Universitarias de Grado.
e) Clase «D»: Estudios de Máster.
Tercera.
Clasificación otros estudios.
La adscripción de los distintos estudios o enseñanzas que se puedan cursar o de
aquellos en los que aparezcan dudas en cuanto su encuadramiento, corresponderá a la
Dirección de Recursos Humanos, previo acuerdo con los representantes de los
trabajadores.
Cuarta.
Estudios excluidos de ayuda.
Quinta.
Requisitos para la concesión de ayudas al estudio.
Los requisitos para la concesión de las ayudas al estudio serán:
1. Los hijos, deberán cumplir los requisitos personales que en cada momento les
exijan los Centros en los que se cursen los diversos estudios.
2. Podrán aplicarse estas clases de ayuda siempre que no se tengan cumplidos
los 26 años de edad a fecha 31 de mayo.
cve: BOE-A-2022-17792
Verificable en https://www.boe.es
No se concederá la ayuda de estudios para la preparación de oposiciones o pruebas
de ingreso para la obtención de plaza o puesto de trabajo, ni tampoco para la
consecución de título de Doctorado, Especialidades o Cursos Monográficos.
En caso de duda, se deberá consultar con la Dirección de Recursos Humanos, a
efectos de utilizar criterios uniformes en todos los Centros de Trabajo.
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148476
ANEXO I
Ayudas al estudio
I. Preámbulo
El presente Reglamento regula la concesión de ayudas al estudio en Ercros S.A.,
que se regirá por las siguientes
II.
Primera.
Disposiciones
Ámbito de aplicación.
Las ayudas al estudio establecidas operan exclusivamente en favor de:
Hijos de trabajadores de la Empresa cuya relación laboral con la Empresa sea mayor
de un año o que de las cláusulas de su contrato de trabajo se desprenda que la relación
laboral será superior a un año.
En ningún caso se concederán estas ayudas a escolares que estén trabajando y
perciban compensación económica, tanto en la propia Empresa o Entidad ajena a esta,
siempre que su contrato tenga una duración de seis meses o más.
Segunda.
Clases de ayudas y clasificación de estudios.
Quedan establecidas cinco clases de ayudas, dependiendo de los estudios que se
realicen.
Estas clases de ayuda al estudio son las siguientes:
a) Clase «P»: Educación Infantil. Segundo Ciclo (P3-P4-P5).
b) Clase «A»: Educación Primaria.
c) Clase «B»: Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Ciclos Formativos de
F.P. Básica, Ciclos Formativos de Grado Medio y Ciclos Formativos de Grado Superior.
d) Clase «C»: Enseñanzas Universitarias de Grado.
e) Clase «D»: Estudios de Máster.
Tercera.
Clasificación otros estudios.
La adscripción de los distintos estudios o enseñanzas que se puedan cursar o de
aquellos en los que aparezcan dudas en cuanto su encuadramiento, corresponderá a la
Dirección de Recursos Humanos, previo acuerdo con los representantes de los
trabajadores.
Cuarta.
Estudios excluidos de ayuda.
Quinta.
Requisitos para la concesión de ayudas al estudio.
Los requisitos para la concesión de las ayudas al estudio serán:
1. Los hijos, deberán cumplir los requisitos personales que en cada momento les
exijan los Centros en los que se cursen los diversos estudios.
2. Podrán aplicarse estas clases de ayuda siempre que no se tengan cumplidos
los 26 años de edad a fecha 31 de mayo.
cve: BOE-A-2022-17792
Verificable en https://www.boe.es
No se concederá la ayuda de estudios para la preparación de oposiciones o pruebas
de ingreso para la obtención de plaza o puesto de trabajo, ni tampoco para la
consecución de título de Doctorado, Especialidades o Cursos Monográficos.
En caso de duda, se deberá consultar con la Dirección de Recursos Humanos, a
efectos de utilizar criterios uniformes en todos los Centros de Trabajo.