III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-17791)
Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Clear Channel España, SLU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148433
responsabilizándose del trabajo efectuado siguiendo instrucciones de sus superiores. Su
actividad puede implicar responsabilidad sobre la gestión de otras personas siguiendo
instrucciones de los responsables jerárquicos.
Grupo profesional III:
a) Identificación: Comerciales.
b) Definición: Son trabajadores/as con conocimientos en el área comercial que
realizan tareas y/o funciones que se ejecutan según instrucciones concretas, claramente
establecidas, con un método de trabajo preciso y con un alto grado de dependencia
jerárquica y/o funcional, que requieren adecuados conocimientos profesionales y/o
aptitudes prácticas, contando con cierta autonomía en el desempeño de las funciones si
bien están sujetas a la supervisión por parte de los superiores.
Grupo profesional IV:
a) Identificación: Administrativos.
b) Definición: Son trabajadores/as con conocimientos en el área administrativa que
realizan tareas y/o funciones que se ejecutan según instrucciones concretas, claramente
establecidas, con un método de trabajo preciso y con un alto grado de dependencia
jerárquica y/o funcional, que requieren adecuados conocimientos profesionales y/o
aptitudes prácticas, contando con cierta autonomía en el desempeño de las funciones si
bien están sujetas a la supervisión por parte de los superiores.
Grupo profesional V:
a) Identificación: Operarios.
b) Definición: Son trabajadores/as que realizan sus trabajos siguiendo una serie de
instrucciones concretas que les son dadas por sus superiores y que siguen unas pautas
de trabajo preestablecido para realizar tareas que fundamentalmente son de carácter
físico, teniendo iniciativa para resolver situaciones recurrentes en el ámbito de la
actividad encomendada, pero sin contar con autonomía en la realización de sus
funciones.
Oficial primera: Es la persona que, con responsabilidad y bajo la supervisión de un
Encargado, si la complejidad del trabajo lo requiere, realiza el montaje, desmontaje y
conservación de los diferentes soportes publicitarios, así como la fijación de carteles en
su caso, teniendo que conducir el vehículo de la empresa.
Oficial segunda: Es la persona que, con responsabilidad y bajo la supervisión del
Encargado u Oficial primera, si la complejidad del trabajo lo requiere, realiza el montaje,
desmontaje y conservación de los diferentes soportes publicitarios, así como la fijación
de carteles en su caso, pudiendo en ocasiones conducir el vehículo en el que se efectúa
el desplazamiento al lugar en que se lleva a cabo la actividad.
Almacenero: Es la persona que, teniendo conocimientos básicos de su oficio y bajo
la supervisión del Jefe/a de almacén o de un superior, realiza trabajos elementales de su
oficio.
En la actividad de «Smartbike» se incluyen las siguientes funciones con retribución
diferenciada:
Operario Movilidad «Smartbike»: Son aquellos trabajadores/as que realizan el
traslado de las bicicletas desde la base a las distintas estaciones así como entre las
diferentes estaciones existentes.
cve: BOE-A-2022-17791
Verificable en https://www.boe.es
Dentro del grupo profesional V se establece una diferenciación entre las distintas
áreas en las que se desempeña la actividad y las funciones realizadas, así dentro del
área de Publicidad se incluyen en el Grupo Profesional V los siguientes puestos de
trabajo con la retribución específica que se refleja en las tablas salariales:
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148433
responsabilizándose del trabajo efectuado siguiendo instrucciones de sus superiores. Su
actividad puede implicar responsabilidad sobre la gestión de otras personas siguiendo
instrucciones de los responsables jerárquicos.
Grupo profesional III:
a) Identificación: Comerciales.
b) Definición: Son trabajadores/as con conocimientos en el área comercial que
realizan tareas y/o funciones que se ejecutan según instrucciones concretas, claramente
establecidas, con un método de trabajo preciso y con un alto grado de dependencia
jerárquica y/o funcional, que requieren adecuados conocimientos profesionales y/o
aptitudes prácticas, contando con cierta autonomía en el desempeño de las funciones si
bien están sujetas a la supervisión por parte de los superiores.
Grupo profesional IV:
a) Identificación: Administrativos.
b) Definición: Son trabajadores/as con conocimientos en el área administrativa que
realizan tareas y/o funciones que se ejecutan según instrucciones concretas, claramente
establecidas, con un método de trabajo preciso y con un alto grado de dependencia
jerárquica y/o funcional, que requieren adecuados conocimientos profesionales y/o
aptitudes prácticas, contando con cierta autonomía en el desempeño de las funciones si
bien están sujetas a la supervisión por parte de los superiores.
Grupo profesional V:
a) Identificación: Operarios.
b) Definición: Son trabajadores/as que realizan sus trabajos siguiendo una serie de
instrucciones concretas que les son dadas por sus superiores y que siguen unas pautas
de trabajo preestablecido para realizar tareas que fundamentalmente son de carácter
físico, teniendo iniciativa para resolver situaciones recurrentes en el ámbito de la
actividad encomendada, pero sin contar con autonomía en la realización de sus
funciones.
Oficial primera: Es la persona que, con responsabilidad y bajo la supervisión de un
Encargado, si la complejidad del trabajo lo requiere, realiza el montaje, desmontaje y
conservación de los diferentes soportes publicitarios, así como la fijación de carteles en
su caso, teniendo que conducir el vehículo de la empresa.
Oficial segunda: Es la persona que, con responsabilidad y bajo la supervisión del
Encargado u Oficial primera, si la complejidad del trabajo lo requiere, realiza el montaje,
desmontaje y conservación de los diferentes soportes publicitarios, así como la fijación
de carteles en su caso, pudiendo en ocasiones conducir el vehículo en el que se efectúa
el desplazamiento al lugar en que se lleva a cabo la actividad.
Almacenero: Es la persona que, teniendo conocimientos básicos de su oficio y bajo
la supervisión del Jefe/a de almacén o de un superior, realiza trabajos elementales de su
oficio.
En la actividad de «Smartbike» se incluyen las siguientes funciones con retribución
diferenciada:
Operario Movilidad «Smartbike»: Son aquellos trabajadores/as que realizan el
traslado de las bicicletas desde la base a las distintas estaciones así como entre las
diferentes estaciones existentes.
cve: BOE-A-2022-17791
Verificable en https://www.boe.es
Dentro del grupo profesional V se establece una diferenciación entre las distintas
áreas en las que se desempeña la actividad y las funciones realizadas, así dentro del
área de Publicidad se incluyen en el Grupo Profesional V los siguientes puestos de
trabajo con la retribución específica que se refleja en las tablas salariales: